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Societario

Reglamento Interno de Funcionamiento del Directorio

Reglamento interno para regular la convocatoria, el quórum y el funcionamiento de las sesiones del Directorio de una sociedad, conforme a la Ley General de Sociedades, Ley N.° 26887. Documento Word editable y listo para completar.

Actualizado al 26 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO DE [NOMBRE_DE_LA_EMPRESA]

En la ciudad de [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [AÑO], el Directorio de [NOMBRE_DE_LA_EMPRESA], sociedad inscrita en la Partida Electrónica N.° [NUMERO_DE_PARTIDA] del Registro de Personas Jurídicas de [CIUDAD], aprueba el presente Reglamento Interno de Funcionamiento, con el objeto de ordenar la convocatoria, instalación, deliberación y adopción de acuerdos de dicho órgano social, en el marco de lo dispuesto por la Ley General de Sociedades, Ley N.° 26887, y el Estatuto Social vigente.

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento interno del Directorio de [NOMBRE_DE_LA_EMPRESA], en todo aquello no previsto expresamente por el Estatuto Social ni por la Ley General de Sociedades.

Artículo 2°.- Composición. El Directorio está integrado por [NUMERO_DE_DIRECTORES] miembros titulares, elegidos por la Junta General de Accionistas por el plazo estatutario de [PLAZO_DE_DURACION_DEL_CARGO], pudiendo ser reelegidos.

Artículo 3°.- Órgano de dirección. El Directorio es el órgano de administración de la sociedad encargado de la gestión y representación de la misma, con las facultades que le confieren la ley, el Estatuto y los acuerdos de la Junta General.

CAPÍTULO II: DE LA CONVOCATORIA

Artículo 4°.- Convocatoria ordinaria. El Directorio se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez cada [PERIODICIDAD_DE_SESIONES], en la fecha, hora y lugar que fije el Presidente del Directorio o quien haga sus veces.

Artículo 5°.- Convocatoria extraordinaria. Cualquier director podrá solicitar al Presidente la convocatoria a sesión extraordinaria, indicando el asunto o asuntos a tratar, conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades, Ley N.° 26887, que regulan la convocatoria del Directorio.

Artículo 6°.- Forma y anticipación de la convocatoria. La convocatoria se cursará mediante [MEDIO_DE_CONVOCATORIA] con una anticipación no menor de [NUMERO_DE_DIAS_DE_ANTICIPACION] días calendario, adjuntando la agenda a tratar y la documentación de sustento pertinente.

CAPÍTULO III: DEL QUÓRUM Y LAS SESIONES

Artículo 7°.- Quórum. El quórum del Directorio se determinará conforme a lo dispuesto por la Ley General de Sociedades y el Estatuto Social, requiriéndose la concurrencia de la mitad más uno de sus miembros, salvo que el Estatuto establezca una mayoría distinta.

Artículo 8°.- Sesiones no presenciales. El Directorio podrá sesionar de manera no presencial, mediante medios escritos, electrónicos o de cualquier otra naturaleza que permitan la comunicación y garanticen la autenticidad del acuerdo, conforme lo autoriza la Ley General de Sociedades.

Artículo 9°.- Actas. De cada sesión se levantará un acta que expresará la fecha, hora y lugar de celebración, los asistentes, los asuntos tratados, las resoluciones adoptadas y el número de votos emitidos, la cual será firmada por quienes actuaron como presidente y secretario de la sesión.

CAPÍTULO IV: DE LOS ACUERDOS

Artículo 10°.- Adopción de acuerdos. Los acuerdos se adoptan por mayoría absoluta de votos de los directores participantes, salvo los casos en que el Estatuto exija una mayoría calificada.

Artículo 11°.- Voto dirimente. En caso de empate, el voto del Presidente del Directorio o de quien presida la sesión será dirimente, salvo disposición estatutaria distinta.

Artículo 12°.- Conflicto de intereses. El director que tenga en un asunto interés en conflicto con el de la sociedad deberá manifestarlo y abstenerse de participar en la deliberación y resolución concerniente a dicho asunto.

CAPÍTULO V: DISPOSICIONES FINALES

Artículo 13°.- Modificación. El presente Reglamento podrá ser modificado por acuerdo del propio Directorio, debiendo comunicarse dicha modificación a la Junta General de Accionistas en su siguiente sesión.

Artículo 14°.- Vigencia. El presente Reglamento entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por el Directorio y rige en tanto no sea modificado o dejado sin efecto.

Firmado en señal de aprobación por los miembros del Directorio de [NOMBRE_DE_LA_EMPRESA]:

_____________________________
[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE_DEL_DIRECTORIO]
Presidente del Directorio

_____________________________
[NOMBRE_DEL_SECRETARIO_DEL_DIRECTORIO]
Secretario del Directorio

Aviso: este es un formato referencial de uso general. Verifique la vigencia de las normas citadas y consulte con un abogado antes de aplicarlo a su sociedad.

Cuándo usar este modelo

Usa este modelo cuando tu empresa cuente con un Directorio como órgano de administración y necesites ordenar por escrito cómo se convoca, cómo se instala y cómo delibera este órgano, más allá de lo que ya dice el Estatuto Social. Es especialmente útil para sociedades anónimas cerradas o regulares que están profesionalizando su gobierno corporativo, para directorios con miembros independientes que exigen reglas claras de funcionamiento, o para empresas familiares que buscan separar la gestión del directorio de la gestión diaria de los gerentes. Este reglamento no reemplaza al Estatuto ni a la Ley General de Sociedades, sino que los desarrolla en el día a día del órgano.

Qué datos necesitas

Antes de completar el modelo reúne el número exacto de directores que integran el órgano según el Estatuto, el plazo de duración del cargo, el nombre de quien preside el Directorio, la periodicidad con la que normalmente sesionan (mensual, bimestral, trimestral) y el medio habitual de convocatoria que usa la empresa (esquela física, correo electrónico corporativo u otro canal). También conviene tener a la mano la partida registral de la sociedad para dejar constancia de su inscripción.

Paso a paso

Primero, completa los datos generales de la sociedad y del Directorio en el encabezado. Luego, define en el Capítulo II la anticipación mínima de la convocatoria y el medio que se usará, procurando que sea consistente con la práctica real de la empresa. En el Capítulo III precisa el quórum aplicable, recordando que no puede ser menor al exigido por la Ley General de Sociedades y el Estatuto. Revisa el Capítulo IV sobre adopción de acuerdos y voto dirimente, ajustándolo si el Estatuto exige mayorías calificadas para ciertos temas. Finalmente, hazlo aprobar en una sesión de Directorio y deja constancia de dicha aprobación en el acta correspondiente.

Errores comunes

Un error frecuente es redactar un reglamento que contradice el Estatuto Social vigente, por ejemplo fijando un quórum menor al estatutario, lo que lo vuelve inaplicable en la práctica. Otro error es no considerar la posibilidad de sesiones no presenciales, cada vez más usadas por directorios con miembros que residen en distintas ciudades o países. También es común olvidar regular el conflicto de intereses de los directores, dejando un vacío que puede generar cuestionamientos posteriores sobre la validez de un acuerdo.

Preguntas frecuentes

¿Este reglamento debe inscribirse en Registros Públicos? No es obligatorio inscribirlo, pues regula el funcionamiento interno del órgano y no modifica el Estatuto Social ni el capital de la sociedad. ¿Puede aprobarlo directamente el Directorio? Sí, salvo que el Estatuto reserve esta facultad a la Junta General de Accionistas, en cuyo caso debe elevarse para su ratificación. ¿Qué pasa si el reglamento entra en conflicto con un acuerdo posterior de la Junta? Prevalece siempre lo dispuesto por la Junta General y por el Estatuto Social, dado que el reglamento tiene un rango jerárquico inferior.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento interno de funcionamiento del directorio

¿El modelo de reglamento interno de funcionamiento del directorio es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-interno-de-funcionamiento-del-directorio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de reglamento interno de funcionamiento del directorio sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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