Solicitud de Bono de Reconocimiento ante la ONP
Solicitud del Bono de Reconocimiento por aportes al SNP de quien se trasladó a una AFP, conforme al Decreto Ley 25897 y la Ley 31729 que lo actualiza.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE EMISIÓN DEL BONO DE RECONOCIMIENTO Señor JEFE DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (ONP) Presente. SUMILLA: Solicito el reconocimiento y emisión del Bono de Reconocimiento. Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], afiliado a la AFP [NOMBRE_AFP] con CUSPP N° [CUSPP], con domicilio en [DIRECCION_SOLICITANTE] y correo [CORREO], ante usted me presento y expongo. I. PETITORIO Solicito el reconocimiento de mis aportes al Sistema Nacional de Pensiones y la emisión del Bono de Reconocimiento a favor de mi cuenta individual de capitalización en la AFP. II. FUNDAMENTOS DE HECHO PRIMERO. Aporté al Sistema Nacional de Pensiones administrado por la ONP entre el [FECHA_INICIO_APORTES] y el [FECHA_FIN_APORTES], acumulando como mínimo 48 meses de aportación dentro de los periodos de referencia que la ley establece. SEGUNDO. Posteriormente me trasladé al Sistema Privado de Pensiones (AFP), por lo que me corresponde el reconocimiento de dichos aportes mediante el Bono de Reconocimiento. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO El Decreto Ley 25897, que crea el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, regula el Bono de Reconocimiento por los aportes efectuados al SNP. La Ley 31729 actualiza el Bono de Reconocimiento a favor de los aportantes y exaportantes de la ONP. IV. ANEXOS 1. Copia de DNI vigente. 2. Documentos que acreditan los aportes al SNP (certificados de trabajo, boletas). 3. Constancia de afiliación a la AFP. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI_SOLICITANTE]
El Bono de Reconocimiento es un título de deuda que el Estado, a través de la ONP, reconoce a favor de quien aportó al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y luego se trasladó al Sistema Privado de Pensiones (las AFP). Funciona como un certificado que recoge tus aportes pasados a la ONP para que, al momento de jubilarte en tu AFP, ese valor se sume a tu Cuenta Individual de Capitalización. En la práctica, es la forma en que no pierdes lo que aportaste antes de pasarte a la AFP.
Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo
Lo presenta cualquier afiliado o exafiliado a la AFP que antes aportó a la ONP dentro de los periodos que la ley reconoce. Te conviene tramitarlo apenas confirmas que cumples los meses de aporte exigidos, sin esperar a estar cerca de la jubilación, porque la verificación de tus aportes antiguos toma tiempo. También conviene presentarlo si la ONP no te incluyó de oficio en el listado semestral de beneficiarios y crees que te corresponde, ya que en ese caso debes pedir tu reconocimiento por escrito.
Base legal peruana 2026
El Bono de Reconocimiento está regulado por el artículo 9 del Decreto Ley 25897, que crea el Sistema Privado de Pensiones, y por el TUO de la Ley del SPP, aprobado por Decreto Supremo 054-97-EF. El valor del bono se actualiza según el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana del INEI. La Ley 31729 modificó el artículo 12 del Decreto Ley 25897 para actualizar el bono a favor de aportantes y exaportantes. Existen tres modalidades según el periodo de aporte (Bono 1992, 1996 y 2001), cada una con su ventana de fechas y el requisito mínimo de 48 meses de aporte a la ONP.
Qué datos y documentos necesitas
- Tu DNI vigente y el número de tu CUSPP (código único de afiliado a la AFP).
- El nombre de tu AFP y la fecha en que te afiliaste a ella.
- Tu historial de aportes a la ONP: empleadores, periodos y meses cotizados.
- Boletas de pago, certificados de trabajo o constancias que acrediten los aportes antiguos.
- Tu correo y teléfono de contacto para recibir la resolución.
Cómo presentarlo paso a paso
- Verifica primero en tu AFP si la ONP ya te incluyó en el listado semestral de beneficiarios del bono.
- Si no apareces, reúne tus pruebas de aportes a la ONP y presenta esta solicitud por la plataforma virtual de la ONP o por mesa de partes.
- La ONP cruza tu información con sus registros y, de proceder, emite el bono y lo comunica a tu AFP.
- El trámite es gratuito y la respuesta llega por resolución a tu correo o domicilio dentro del plazo legal.
- Si te deniegan o no reconocen todos tus meses, presenta recurso de reconsideración o apelación dentro de los quince días hábiles.
Errores comunes a evitar
- Esperar hasta la jubilación para reclamar el bono, cuando la verificación de aportes antiguos es lenta.
- No adjuntar pruebas de los aportes a la ONP y confiar solo en que el sistema los tenga registrados.
- Confundir el Bono de Reconocimiento con el Bono Complementario de Pensión Mínima, que es otro beneficio.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos meses de aporte a la ONP necesito?
Necesitas un mínimo de 48 meses de aporte efectivo a la ONP dentro de la ventana de fechas de tu tipo de bono, conforme al Decreto Ley 25897 y sus normas reglamentarias.
¿El Bono de Reconocimiento se cobra en efectivo?
No. Es un título de deuda que se redime al momento de tu jubilación en la AFP y su valor se integra a tu fondo, según el TUO del Decreto Supremo 054-97-EF. No es un pago directo en efectivo.
¿Qué pasa si la ONP no me reconoce todos mis aportes?
Puedes impugnar la resolución con un recurso de reconsideración o apelación dentro de los quince días hábiles, según el procedimiento administrativo general del TUO de la Ley 27444.
Cómo presentar solicitud de bono de reconocimiento ante la onp: paso a paso
- Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
- Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
- Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
- Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de bono de reconocimiento ante la onp
¿El modelo de solicitud de bono de reconocimiento ante la onp es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-bono-de-reconocimiento-ante-la-onp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de bono de reconocimiento ante la onp sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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