Ir al contenido principal
Inmobiliario

Solicitud de Defensa Posesoria Extrajudicial (Carta de Requerimiento ante Despojo)

Carta de requerimiento del poseedor despojado para repeler la fuerza y recuperar el bien por defensa posesoria extrajudicial dentro de los quince días (Art. 920 CC).

Actualizado al 21 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

Compartir

El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.

CARTA DE REQUERIMIENTO POR DEFENSA POSESORIA EXTRAJUDICIAL ANTE DESPOJO

REQUERIMIENTO DE RESTITUCIÓN INMEDIATA DE LA POSESIÓN

[CIUDAD], [FECHA]

SEÑOR(ES):
[NOMBRE_DESPOJANTE]
DNI N° [DNI_DESPOJANTE]
Dirección: [DIRECCION_DESPOJANTE]

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_POSEEDOR], identificado con DNI N° [DNI_POSEEDOR], con domicilio en [DIRECCION_POSEEDOR], en mi condición de poseedor del bien ubicado en [DIRECCION_BIEN], me dirijo a usted para requerirle la restitución inmediata de la posesión que me ha sido arrebatada, por las razones siguientes:

PRIMERO. Vengo poseyendo de manera continua, pacífica y pública el bien ubicado en [DIRECCION_BIEN] desde [FECHA_POSESION], conforme acredito con [DOCUMENTO_POSESION].

SEGUNDO. El día [FECHA_DESPOJO], usted, sin mandato judicial ni autorización de autoridad competente, ingresó al bien y me despojó de su posesión mediante [DESCRIPCION_DESPOJO].

TERCERO. El despojo se ha producido recientemente y aún no ha transcurrido el plazo de quince días que la ley concede para ejercer la defensa posesoria extrajudicial.

CUARTO. La ley faculta al poseedor a repeler la fuerza que se emplee contra él y a recobrar el bien sin intervalo de tiempo, siempre que no se use más fuerza que la necesaria y se actúe dentro del plazo legal, absteniéndose de las vías de hecho no justificadas.

FUNDAMENTO DE DERECHO

El artículo 920 del Código Civil establece que el poseedor puede repeler la fuerza que se emplee contra él o contra el bien y recobrarlo, si fuere desposeído, dentro de los quince días siguientes a que tome conocimiento de la desposesión. En cualquier caso, debe abstenerse de las vías de hecho no justificadas por las circunstancias.

REQUERIMIENTO

En mérito a lo expuesto, le REQUIERO que en el plazo de [PLAZO_HORAS] horas restituya de manera voluntaria y pacífica la posesión del bien ubicado en [DIRECCION_BIEN], retirando a las personas y bienes que haya introducido.

De no atender este requerimiento, ejerceré la defensa posesoria que la ley me franquea y acudiré a las autoridades policiales y judiciales correspondientes, reservándome el derecho de iniciar las acciones civiles y penales a que hubiere lugar, así como el cobro de los daños y perjuicios ocasionados.

Dejo constancia de que esta comunicación se cursa de buena fe y dentro del plazo legal, a fin de lograr una solución pacífica.

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE_POSEEDOR]
DNI N° [DNI_POSEEDOR]

Este es un modelo referencial de repositorio utilitario. No constituye asesoría legal. Adapta los datos y valida tu caso con un abogado colegiado.

Usa esta carta de requerimiento cuando te despojaron de la posesión de un inmueble y quieres ejercer la defensa posesoria extrajudicial para recuperarlo por ti mismo, sin ir al juez, dentro del plazo que da la ley. La defensa posesoria extrajudicial te permite repeler la fuerza que se emplee contra tu posesión y recobrar el bien si fuiste desposeído, siempre que actúes sin demora y sin exceder la fuerza que las circunstancias justifican. La carta deja constancia formal del despojo y de tu requerimiento de devolución antes de actuar.

Cuándo conviene usarla

La usas apenas detectas el despojo, porque el plazo es corto. La ley fija quince días desde que tomaste conocimiento de la desposesión para ejercer la defensa extrajudicial. Pasado ese plazo, ya no puedes recuperar el bien por tu cuenta y debes acudir a la vía judicial, sea el interdicto de recobrar o las acciones posesorias. La carta sirve para requerir al ocupante que se retire, dejar prueba de tu reclamo dentro del plazo y respaldar tu actuación frente a la Policía, que puede prestar apoyo conforme a su rol en la defensa posesoria.

Base legal

El artículo 920 del Código Civil, modificado por la Ley 30230, regula la defensa posesoria extrajudicial: el poseedor puede repeler la fuerza que se emplee contra él o el bien y recobrarlo, debiendo abstenerse de las vías de hecho no justificadas por las circunstancias, y la acción se realiza dentro de los quince días siguientes a que tome conocimiento de la desposesión. También prevé el apoyo de la Policía Nacional. Si vence el plazo, entran el artículo 921 sobre defensa posesoria judicial y los interdictos del Código Procesal Civil.

Cómo rellenarla bien

  • Indica la fecha en que tomaste conocimiento del despojo, para acreditar que estás dentro de los quince días.
  • Describe el inmueble y cómo venías poseyéndolo antes del despojo.
  • Identifica a quien despojó el bien y los hechos concretos del despojo.
  • Requiere de forma clara la devolución inmediata y advierte que ejercerás la defensa posesoria.
  • Conserva prueba: fotos, testigos, constatación policial, para sustentar tu actuación.

Errores frecuentes

  • Dejar pasar los quince días y perder la vía extrajudicial, quedando solo la judicial.
  • Usar fuerza desproporcionada, lo que puede convertir tu defensa en un delito.
  • Recuperar el bien por mano propia sin haber sido tú el poseedor real previo.
  • No documentar el despojo ni la fecha en que te enteraste, debilitando tu posición.

Preguntas frecuentes

¿Puedo entrar a la fuerza para recuperar el inmueble? Solo dentro de los quince días y sin exceder la fuerza que las circunstancias justifican. Si te excedes o actúas fuera de plazo, puedes incurrir en usurpación u otro delito.

¿La Policía me puede ayudar? Sí. El artículo 920 prevé que la Policía Nacional preste apoyo a la defensa posesoria conforme a sus competencias. La carta y la prueba del despojo respaldan ese pedido.

Si ya venció el plazo, evalúa el interdicto de recobrar o la demanda de mejor derecho de posesión por la vía judicial.

Publicidad

Cómo presentar solicitud de defensa posesoria extrajudicial (carta de requerimiento ante despojo): paso a paso

  1. Verifica la situación registral del inmueble. Solicita la Partida Electrónica del inmueble en SUNARP (búsqueda por dirección o código de partida) para confirmar titularidad, cargas, hipotecas y gravámenes vigentes.
  2. Reúne los títulos y contratos. Junta el contrato de arrendamiento, compraventa o título de propiedad, comprobantes de pago de renta o precio, notificaciones previas y cualquier comunicación escrita entre las partes.
  3. Identifica el juzgado competente. El desalojo y la reivindicación van ante el Juzgado de Paz Letrado Civil del lugar donde está el inmueble (Art. 14 CPC, regla especial para inmuebles). El desalojo notarial (Ley 30933) tramita ante notario si el contrato tiene cláusula de allanamiento.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del inmueble (dirección, partida registral), de las partes, del incumplimiento o precariedad y de la pretensión que solicitas.
  5. Presenta con anexos. Adjunta copia de la partida electrónica de SUNARP, del contrato o título, de las notificaciones previas y del DNI. Presenta en la mesa de partes del juzgado o ante notario según la vía elegida.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de defensa posesoria extrajudicial (carta de requerimiento ante despojo)

¿El modelo de solicitud de defensa posesoria extrajudicial (carta de requerimiento ante despojo) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-defensa-posesoria-extrajudicial-carta-de-requerimiento-ante-despojo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de defensa posesoria extrajudicial (carta de requerimiento ante despojo) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Publicidad

Modelos relacionados

Ver los 81 modelos de Inmobiliario y Registral →

Calculadoras legales útiles

Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.

Ir a calculadoras