Carta Notarial de Requerimiento de Pago de Alquiler Vencido
Carta notarial por la cual el arrendador requiere al arrendatario el pago de las rentas vencidas bajo apercibimiento de resolver el contrato y demandar el desalojo, como paso previo conforme a los artículos 1697 y 1429 del Código Civil.
Actualizado al 6 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CARTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO DE PAGO DE ALQUILER VENCIDO Lima, [FECHA] Señor Notario de Lima: Sírvase cursar la presente carta notarial a: DESTINATARIO: [NOMBRE_INQUILINO] DNI N.°: [DNI] Domicilio: [DIRECCION_INMUEBLE], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de Lima. REMITENTE: [NOMBRE_ARRENDADOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_ARRENDADOR], con domicilio en [DIRECCION_ARRENDADOR]. De mi consideración: En mi calidad de arrendador(a) del inmueble que usted ocupa, en virtud del contrato de arrendamiento de fecha [FECHA_CONTRATO], me dirijo a usted por la vía notarial para requerirle formalmente lo siguiente: PRIMERO: DEUDA. A la fecha, usted adeuda las rentas correspondientes a los meses de [MESES_ADEUDADOS], que ascienden a la suma total de S/ [MONTO_DEUDA] ([MONTO_DEUDA_LETRAS] soles), pese a encontrarse vencidas y ser exigibles conforme al contrato. SEGUNDO: REQUERIMIENTO. Le REQUIERO para que, en el plazo improrrogable de [PLAZO_DIAS] días calendario contados desde la recepción de la presente, cumpla con pagar la totalidad de la deuda indicada, más los intereses moratorios que correspondan, mediante [FORMA_PAGO] (efectivo o transferencia a la cuenta N.° [NUMERO_CUENTA]). TERCERO: FUNDAMENTO Y APERCIBIMIENTO. De conformidad con el artículo 1697, inciso 1, del Código Civil, el contrato de arrendamiento puede resolverse si el arrendatario no ha pagado la renta del mes anterior y se vence otro mes y además quince días. Asimismo, en aplicación del artículo 1429 del Código Civil, requiero a usted el cumplimiento de su obligación bajo APERCIBIMIENTO de que, vencido el plazo otorgado sin que se verifique el pago, el contrato quedará RESUELTO DE PLENO DERECHO, sin necesidad de declaración judicial adicional. CUARTO: CONSECUENCIAS. Vencido el plazo sin cumplir el pago, procederé a: (i) tener por resuelto el contrato de arrendamiento; (ii) exigir la restitución inmediata del inmueble; y (iii) iniciar el proceso de desalojo por falta de pago ante el Poder Judicial, o el desalojo notarial regulado por la Ley N.° 30933 de corresponder, así como la cobranza de las rentas devengadas, intereses, costas y costos del proceso. QUINTO: RESERVA DE DERECHOS. La presente carta notarial se cursa dejando a salvo el ejercicio de todas las acciones legales que la ley me franquea en defensa de mis derechos como arrendador(a) y propietario(a). Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_ARRENDADOR] DNI N.° [DNI_ARRENDADOR] Arrendador(a)
Cuándo usar este modelo
Usa esta carta notarial cuando el inquilino dejó de pagar la renta y quieres requerirle formalmente el pago como paso previo para resolver el contrato y demandar el desalojo. El artículo 1697, inciso 1, del Código Civil permite resolver el arrendamiento cuando el inquilino no paga la renta en los plazos que la norma señala, y el artículo 1429 habilita a resolver de pleno derecho tras un requerimiento por conducto notarial. Esta carta deja fecha cierta del requerimiento y del apercibimiento, requisito clave para el proceso de desalojo por falta de pago.
Qué datos necesitas
- Datos del arrendador (remitente) y del inquilino (destinatario) con DNI.
- Dirección del inmueble y fecha del contrato.
- Meses adeudados y monto total de la deuda.
- Plazo que se otorga para pagar.
- Forma y cuenta para el pago.
- Notaría que cursará la carta.
Paso a paso
- Determina con precisión los meses y el monto adeudado.
- Redacta el requerimiento con el plazo y el apercibimiento de resolución.
- Cita los artículos 1697 y 1429 del Código Civil como base.
- Lleva la carta a una notaría para que la curse al domicilio del inquilino.
- Conserva el cargo notarial de entrega como prueba de fecha cierta.
- Vencido el plazo sin pago, inicia el desalojo judicial o notarial (Ley 30933).
Errores comunes
- Enviar el requerimiento por medios sin fecha cierta en lugar de vía notarial.
- No incluir el apercibimiento expreso de resolución de pleno derecho.
- Consignar mal los meses o el monto adeudado.
- No conservar el cargo notarial de entrega.
- Demandar el desalojo sin haber cursado antes el requerimiento.
Preguntas frecuentes
¿Por qué debe ir por vía notarial? Porque otorga fecha cierta al requerimiento y al apercibimiento, requisito para resolver de pleno derecho conforme al artículo 1429 del Código Civil y para sustentar el desalojo.
¿Cuánto debe adeudar el inquilino? El artículo 1697, inciso 1, del Código Civil habilita la resolución cuando no se paga la renta del mes anterior y se vence otro mes y además quince días, si el pago es mensual.
¿Puedo usar el desalojo notarial de la Ley 30933? Sí, si el contrato cumple los requisitos de esa ley (cláusula de allanamiento y otros). De lo contrario, la vía es el desalojo judicial por falta de pago.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de requerimiento de pago de alquiler vencido
¿El modelo de carta notarial de requerimiento de pago de alquiler vencido es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-requerimiento-de-pago-de-alquiler-vencido/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de requerimiento de pago de alquiler vencido sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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