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Digital

Solicitud de Ejercicio del Derecho al Olvido y Desindexacion en Motores de Busqueda

Solicita la desindexacion de enlaces y el cese de la difusion de informacion personal obsoleta o perjudicial en buscadores, invocando la Ley 29733, el Reglamento D.S. 016-2024-JUS y el derecho al olvido reconocido en el Exp. 03700-2010-PHD/TC.

Actualizado al 24 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE EJERCICIO DEL DERECHO AL OLVIDO Y DESINDEXACION

Lima, [FECHA]

Señores
[NOMBRE_DEL_MOTOR_DE_BUSQUEDA_O_RESPONSABLE]
Area de Privacidad / Proteccion de Datos Personales
Presente.-

Asunto: Solicitud de desindexacion y ejercicio del derecho al olvido

De mi consideracion:

Yo, [NOMBRE_DEL_TITULAR], identificado con DNI N° [DNI_DEL_TITULAR], con domicilio en [DIRECCION_DEL_TITULAR] y correo electronico [CORREO_DEL_TITULAR], en mi calidad de titular de datos personales, solicito el ejercicio de mi derecho al olvido y la desindexacion de los enlaces que se detallan, por contener informacion personal mia obsoleta, inexacta o lesiva a mi honor, intimidad y reputacion.

I. ENLACES Y CONTENIDOS OBJETO DE LA SOLICITUD

1. URL o enlace: [URL_A_DESINDEXAR].
2. Termino de busqueda asociado a mi nombre: [TERMINO_DE_BUSQUEDA].
3. Descripcion del contenido perjudicial: [DESCRIPCION_DEL_CONTENIDO].
4. Razon por la que el contenido es obsoleto, inexacto o lesivo: [MOTIVO_DEL_PERJUICIO].

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Ley 29733 reconoce los derechos del titular sobre sus datos, incluyendo la cancelacion y la oposicion al tratamiento cuando los datos resulten innecesarios, excesivos o se traten de manera ilegitima. El Reglamento aprobado por Decreto Supremo D.S. 016-2024-JUS desarrolla el ejercicio de estos derechos y fija el plazo de respuesta correspondiente.

El Tribunal Constitucional, en el Expediente N° 03700-2010-PHD/TC, ha reconocido el derecho a la autodeterminacion informativa y la posibilidad de que el titular obtenga el cese de la difusion de informacion personal que afecta sus derechos fundamentales. La Autoridad Nacional de Proteccion de Datos Personales ha ordenado en diversos casos la desindexacion de contenidos en motores de busqueda cuando la informacion resulta obsoleta o perjudicial y no existe un interes publico prevalente.

III. PETITORIO

Solicito a su organizacion:

PRIMERO: Desindexar de los resultados de busqueda asociados a mi nombre los enlaces detallados en el numeral I, de modo que dejen de aparecer al buscar mi identidad.

SEGUNDO: Cesar la difusion y el tratamiento de la informacion personal obsoleta o lesiva indicada.

TERCERO: Confirmarme por escrito, mediante [MEDIO_DE_RESPUESTA], las medidas adoptadas dentro del plazo de ley.

En caso de respuesta negativa, denegatoria injustificada o falta de respuesta, dejo constancia de que podre acudir ante la Autoridad Nacional de Proteccion de Datos Personales y, de ser el caso, interponer la accion de habeas data correspondiente.

ANEXOS:
1. Copia del DNI del titular.
2. Capturas de pantalla de los enlaces y resultados de busqueda.
3. [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_EL_PERJUICIO].

Atentamente,


__________________________________
[NOMBRE_DEL_TITULAR]
DNI N° [DNI_DEL_TITULAR]
Correo: [CORREO_DEL_TITULAR]

Esta solicitud busca que un buscador como Google deje de mostrar enlaces a información tuya cuando, al poner tu nombre, aparecen resultados antiguos, inexactos o irrelevantes que dañan tu reputación. El llamado derecho al olvido es una aplicación de los derechos de cancelación y oposición al entorno digital, lo que pides no es necesariamente que se borre la noticia o página de origen, sino que el buscador la desindexe, es decir, que deje de asociarla a tu nombre en sus resultados. Así, esa información deja de ser fácil de encontrar y de perseguirte indefinidamente.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta el titular de los datos. Conviene usarla cuando al buscar tu nombre aparecen resultados que ya no reflejan la realidad, como una denuncia archivada, una deuda pagada, un proceso ganado, una noticia desactualizada o un dato sensible expuesto sin justificación. Hay un equilibrio que valorar, no procede cuando se trata de información de interés público vigente o referida a personas con relevancia pública en el ejercicio de su función.

Base legal vigente

  • Ley 29733, Art. 20, derechos de cancelación y oposición, base del derecho al olvido en el entorno digital.
  • Ley 29733, Art. 2, principio de que el tratamiento debe respetar la finalidad y la proporcionalidad.
  • Decreto Supremo 016-2024-JUS, Reglamento vigente desde el 30 de marzo de 2025, desarrolla el ejercicio de estos derechos frente a responsables del tratamiento, incluidos los buscadores como bancos de datos.

Qué datos y documentos necesitas a la mano

  • Tus nombres completos, DNI o carné de extranjería y un medio de contacto para la respuesta.
  • Las URL exactas de los resultados que pides desindexar y el término de búsqueda (tu nombre).
  • El motivo por el que esa información es inexacta, obsoleta, excesiva o ya no relevante.
  • Pruebas de respaldo (archivo del proceso, constancia de pago, sobreseimiento, sentencia favorable).

Cómo presentarla paso a paso

  1. Identifica el formulario o canal de privacidad del motor de búsqueda y los enlaces concretos a desindexar.
  2. Presenta la solicitud detallando cada URL, el término de búsqueda y por qué procede el retiro.
  3. Adjunta las pruebas que demuestren que la información es inexacta, obsoleta o desproporcionada.
  4. Espera la evaluación del buscador, que debe ponderar tu derecho frente al interés público.
  5. Si el buscador rechaza o ignora tu pedido, denuncia ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, que puede ordenar la desindexación.

Errores comunes a evitar

  • Pedir que se borre la noticia de origen cuando lo que corresponde al buscador es desindexar.
  • No indicar las URL exactas, lo que hace inviable el retiro.
  • Reclamar sobre información de interés público vigente, donde el derecho suele ceder.
  • No adjuntar pruebas que sustenten por qué el dato ya no debe asociarse a tu nombre.

Preguntas frecuentes

¿El derecho al olvido borra la noticia original?

No necesariamente. Frente al buscador pides la desindexación, que deje de mostrar el enlace al poner tu nombre. Para retirar el contenido de origen debes dirigirte al medio o web responsable.

¿Siempre procede el retiro?

No. Se pondera tu derecho a la protección de datos frente al interés público y la libertad de información. No procede sobre información veraz, actual y de interés público, conforme a los principios de la Ley 29733.

¿Qué hago si Google se niega?

Puedes denunciar ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, que puede evaluar el caso y ordenar la desindexación si verifica la afectación a tus derechos bajo la Ley 29733.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de ejercicio del derecho al olvido y desindexacion en motores de busqueda

¿El modelo de solicitud de ejercicio del derecho al olvido y desindexacion en motores de busqueda es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-ejercicio-del-derecho-al-olvido-y-desindexacion-en-motores-de-busqueda/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de ejercicio del derecho al olvido y desindexacion en motores de busqueda sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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