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Concursal

Solicitud de Levantamiento de la Protección Patrimonial al Concluir el Concurso

Escrito para solicitar que se deje sin efecto la protección del patrimonio del deudor una vez concluido el procedimiento concursal, conforme a la Ley 27809.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE LA PROTECCIÓN PATRIMONIAL AL CONCLUIR EL CONCURSO

Señores
COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES - INDECOPI
Presente.-

Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE]
Deudor: [NOMBRE_DEUDOR]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con [TIPO_DOCUMENTO] N° [NUMERO_DOCUMENTO], en representación del deudor / en mi condición de [CONDICION_SOLICITANTE], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], ante ustedes con el debido respeto digo:

I. PETITORIO
Solicito el levantamiento de la protección del patrimonio del deudor [NOMBRE_DEUDOR], en atención a la conclusión del procedimiento concursal, disponiéndose las comunicaciones que correspondan.

II. HECHOS
1. El procedimiento concursal del deudor concluyó mediante [ACTO_CONCLUSION], de fecha [FECHA_CONCLUSION].
2. Al haber concluido el procedimiento, corresponde dejar sin efecto el marco de protección del patrimonio que operaba durante el concurso.
3. Requiero el levantamiento formal para el ejercicio ordinario de los derechos sobre el patrimonio.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Amparo la solicitud en la Ley General del Sistema Concursal, Ley 27809, que regula el marco de protección del patrimonio del deudor durante el concurso y su cese al concluir el procedimiento.

IV. ANEXOS
1-A. Documento que acredita la representación o condición.
1-B. [ANEXO_ACREDITA_CONCLUSION].

POR TANTO:
Solicito tener por presentada la solicitud y disponer el levantamiento de la protección patrimonial, con las comunicaciones que resulten necesarias.

[LUGAR], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
[TIPO_DOCUMENTO] N° [NUMERO_DOCUMENTO]

BASE LEGAL
- Ley N.° 27809, Ley General del Sistema Concursal (procedimiento concursal ante la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI).
- TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de aplicación supletoria al procedimiento concursal.
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¿Qué es y para qué sirve?

Es el escrito con el que se pide a la Comisión que deje sin efecto la protección del patrimonio del deudor una vez concluido el procedimiento concursal. Sirve para que el deudor recupere el ejercicio ordinario de sus derechos patrimoniales cuando el marco de protección del concurso ya no debe aplicarse.

¿Quién lo presenta y cuándo?

Lo presenta el deudor, su representante o un interesado, una vez que el procedimiento concursal ha concluido formalmente y corresponde el cese de la protección patrimonial.

Base legal

Se ampara en la Ley General del Sistema Concursal, Ley 27809, que regula el marco de protección del patrimonio del deudor durante el concurso y su cese al concluir el procedimiento.

¿Qué datos necesitas?

  • Nombre y documento del solicitante
  • Representación o condición en el procedimiento
  • Número de expediente y nombre del deudor
  • Acto que declaró la conclusión del concurso
  • Fecha de conclusión
  • Domicilio procesal
  • Documento que acredita la conclusión

¿Cómo presentarlo paso a paso?

  1. Verifica que el procedimiento concursal haya concluido.
  2. Identifica el acto y la fecha de conclusión.
  3. Acredita tu representación o condición.
  4. Completa el escrito con los datos del expediente.
  5. Adjunta el sustento de la conclusión.
  6. Presenta el escrito ante la mesa de partes de INDECOPI.
  7. Haz seguimiento a las comunicaciones de levantamiento.

Errores comunes

  • Solicitar el levantamiento antes de la conclusión formal del concurso.
  • No acreditar el acto de conclusión.
  • Omitir la representación del deudor.
  • Confundir el levantamiento con la suspensión temporal de la protección.

¿Cuándo procede el levantamiento?

Una vez que el procedimiento concursal ha concluido conforme a la Ley 27809.

¿Qué efecto tiene el levantamiento?

Cesa la protección patrimonial propia del concurso y el patrimonio vuelve al régimen ordinario.

¿Quién puede pedirlo?

El deudor, su representante o un interesado que acredite legitimidad.

¿Requiere acreditar la conclusión?

Sí, debe sustentarse con el acto que declaró concluido el procedimiento.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de levantamiento de la protección patrimonial al concluir el concurso

¿El modelo de solicitud de levantamiento de la protección patrimonial al concluir el concurso es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-levantamiento-de-la-proteccion-patrimonial-al-concluir-el-concurso/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de levantamiento de la protección patrimonial al concluir el concurso sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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