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Propiedad Horizontal

Acta de Junta de Propietarios de Cambio de Uso de Sección de Propiedad Exclusiva

Acta de junta de propietarios que autoriza el cambio de uso de una sección de propiedad exclusiva bajo el régimen de propiedad horizontal del D.Leg. 1568, respetando el Reglamento Interno y la zonificación.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE JUNTA DE PROPIETARIOS DE CAMBIO DE USO DE SECCIÓN DE PROPIEDAD EXCLUSIVA

EDIFICIO O CONJUNTO: [NOMBRE_EDIFICIO]
DIRECCIÓN: [DIRECCION_EDIFICIO], distrito de [DISTRITO]
PARTIDA REGISTRAL DE LA JUNTA: [PARTIDA_REGISTRAL]

En [DISTRITO], siendo las [HORA] del día [DIA] de [MES] de [ANIO], se reunieron los propietarios de las secciones de propiedad exclusiva, convocados conforme al Reglamento Interno y al Decreto Legislativo 1568, Decreto Legislativo del Régimen de la Propiedad Horizontal.

PRIMERO. QUÓRUM Y APERTURA
Se verifica la asistencia de propietarios que representan el [PORCENTAJE_QUORUM] por ciento de los porcentajes de participación. Preside [NOMBRE_PRESIDENTE] y actúa como secretario [NOMBRE_SECRETARIO].

SEGUNDO. AGENDA
1. Solicitud de cambio de uso de la sección de propiedad exclusiva.
2. Análisis del impacto en los bienes comunes y la convivencia.
3. Autorización y condiciones.

TERCERO. SOLICITUD
El propietario [NOMBRE_PROPIETARIO], titular de la sección [NUMERO_SECCION] ubicada en [UBICACION_SECCION], solicita autorización para cambiar el uso de su sección de [USO_ACTUAL] a [USO_SOLICITADO].

CUARTO. ANÁLISIS
La Junta analiza si el nuevo uso es compatible con el Reglamento Interno, la zonificación municipal aplicable y la tranquilidad del edificio. Se deja constancia de las siguientes condiciones para evitar afectación de los bienes comunes: [CONDICIONES_USO].

QUINTO. ACUERDO
Puesto a votación, la Junta de Propietarios acuerda por [PORCENTAJE_APROBACION] por ciento de los porcentajes de participación autorizar el cambio de uso de la sección [NUMERO_SECCION] a [USO_SOLICITADO], siempre que el propietario obtenga las licencias municipales correspondientes y respete las condiciones señaladas.

SEXTO. OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO
El propietario se obliga a no afectar la estructura ni los bienes comunes, a asumir los mayores gastos que genere el nuevo uso y a responder por los daños que ocasione. El incumplimiento facultará a la Junta a revocar la autorización.

No habiendo otro punto que tratar, se levanta la sesión a las [HORA_CIERRE], firmando los asistentes.

PRESIDENTE: [NOMBRE_PRESIDENTE]   DNI: [DNI_PRESIDENTE]

SECRETARIO: [NOMBRE_SECRETARIO]   DNI: [DNI_SECRETARIO]

PROPIETARIOS ASISTENTES: [LISTA_FIRMAS]

Nota: Documento referencial. El cambio de uso también requiere licencia municipal. Consulta con un abogado colegiado.

NOTA DE VIGENCIA (agosto de 2026)
El Decreto Legislativo N.° 1568, que aprueba el Régimen de la Propiedad Horizontal, se
publicó el 28 de mayo de 2023 pero AÚN NO ESTÁ VIGENTE: su aplicación quedó supeditada a un
reglamento que todavía no se publica, y entrará en vigor 180 días calendario después de esa
publicación. En julio de 2026 el Poder Judicial tuvo que ordenar al Ejecutivo que lo
reglamente.
Mientras tanto, el régimen que rige es la Ley N.° 27157 y su Reglamento (Decreto Supremo
N.° 035-2006-VIVIENDA). Este documento te sirve para dejarlo preparado, pero si lo
presentas hoy ante SUNARP o ante la junta, la base legal que corresponde invocar es la
Ley N.° 27157.
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El Acta de Junta de Propietarios de Cambio de Uso de Sección de Propiedad Exclusiva es el acuerdo por el cual la Junta autoriza que un propietario destine su departamento, local o estacionamiento a un uso distinto al originalmente aprobado en el Reglamento Interno: por ejemplo, convertir un departamento residencial en oficina, consultorio, hostal, restaurante, gimnasio o coworking. Sin este acuerdo, el cambio puede ser observado, sancionado o llevado a juicio.

Quién lo otorga y cuándo conviene usarlo

Lo otorga la Junta de Propietarios previa solicitud formal del propietario interesado. Conviene usarlo cuando se quiere abrir un consultorio médico en un edificio residencial, montar un Airbnb o alquiler corto, transformar un local comercial en restaurante, instalar una academia o cualquier actividad que altere el uso original. Muchos municipios exigen este acta o constancia para otorgar la licencia de funcionamiento.

Base legal

Se sustenta en la Ley 27157 (artículos 39 y 40 sobre Reglamento Interno y régimen de uso), el TUO del D.S. 035-2006-VIVIENDA (artículos 134 a 145 sobre uso de secciones exclusivas), el Decreto Legislativo 1568 sobre administración del régimen, y la Ley 28976 (Ley Marco de Licencia de Funcionamiento) y el TUO de la Ley de Tributación Municipal cuando interviene la municipalidad. El artículo 923 del Código Civil regula el derecho del propietario, limitado por el interés común y el Reglamento Interno.

Datos y documentos que necesitas

  • Solicitud formal del propietario detallando el nuevo uso, horarios y aforo previsto.
  • Convocatoria con agenda específica del cambio de uso solicitado.
  • Padrón de propietarios hábiles y registro de asistencia.
  • Reglamento Interno vigente, verificando el uso autorizado original y las mayorías requeridas.
  • Estudios técnicos: impacto en ruido, accesos, parqueos, servicios y carga estructural.
  • Plano de la sección con la modificación de uso, si la hubiere.
  • Compromiso del propietario de cumplir reglas de convivencia, horarios y eventual cuota diferenciada.
  • Acta firmada por Presidente y Secretario con resultado de votación.

Cómo otorgarla paso a paso

  1. El propietario interesado presenta solicitud por escrito al Presidente, explicando el cambio de uso y los impactos.
  2. El Presidente convoca a la Junta con agenda específica, anexando la solicitud para que todos puedan revisarla.
  3. En la sesión se expone el cambio, los vecinos plantean objeciones (ruidos, accesos, seguridad) y el solicitante responde.
  4. Se vota con la mayoría que exige el Reglamento Interno (a veces simple, a veces calificada si implica modificación del Reglamento).
  5. Se redacta el acta detallando condiciones: tipo de uso autorizado, horario, aforo, cuota diferenciada si aplica, sanciones por incumplimiento.
  6. Se entrega copia certificada del acta al propietario para presentarla en la municipalidad al solicitar licencia de funcionamiento.

Errores comunes a evitar

  • Aprobar el cambio de uso sin verificar si el Reglamento Interno lo permite o si exige modificación previa del Reglamento.
  • No fijar condiciones específicas (horarios, ruido, residuos, parqueos) que protejan a los vecinos.
  • Olvidar la cuota diferenciada cuando el nuevo uso genera mayor desgaste de áreas comunes (ascensores, agua, residuos).
  • No prever revocación del acta ante incumplimientos, lo que deja al edificio sin salida si el propietario abusa.
  • Aprobar usos que requieren ZRE o ZRH específicos sin verificar la zonificación municipal previa.

Preguntas frecuentes

¿Puede la Junta negar el cambio de uso arbitrariamente?

No. La Junta debe motivar la negativa en razones objetivas (afectación de bienes comunes, incompatibilidad con la convivencia, zonificación municipal). Si la negativa es arbitraria, el propietario puede impugnarla judicialmente alegando abuso de derecho (artículo II del Título Preliminar del Código Civil).

¿La autorización de la Junta reemplaza la licencia municipal?

No. Son trámites distintos. La autorización de la Junta resuelve la oposibilidad interna entre propietarios; la licencia de funcionamiento la otorga la municipalidad conforme a la Ley 28976. Necesitas las dos para operar legalmente.

¿Qué pasa con los Airbnb o alquileres cortos?

Muchos reglamentos los prohíben por defecto al no estar previstos como uso residencial. Si quieres operarlos, conviene modificar el Reglamento Interno con mayoría calificada o, al menos, obtener acta expresa que los autorice con condiciones (registro de huéspedes, depósito, horarios).

¿Se puede aplicar una cuota especial al nuevo uso?

Sí. La Junta puede aprobar una cuota diferenciada proporcional al mayor uso de bienes comunes que genera la nueva actividad, conforme al artículo 50 de la Ley 27157 y al Reglamento Interno. Conviene fijarla en el mismo acta para evitar disputas.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de junta de propietarios de cambio de uso de sección de propiedad exclusiva

¿El modelo de acta de junta de propietarios de cambio de uso de sección de propiedad exclusiva es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-junta-de-propietarios-de-cambio-de-uso-de-seccion-de-propiedad-exclusiva/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de junta de propietarios de cambio de uso de sección de propiedad exclusiva sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

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Solicitud de Autorización a la Junta de Propietarios para Obras de Remodelación en Sección de Propiedad Exclusiva

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Acta de Junta de Propietarios de Autorización para Cesión en Uso de Bien Común a Tercero

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Acta de Elección del Presidente y Directiva de la Junta de Propietarios

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Acta de Junta de Propietarios que aprueba el presupuesto anual y las cuotas de mantenimiento bajo el régimen de propiedad horizontal del Decreto Legislativo 1568, con prorrateo por porcentaje de participación.

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