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Laboral

Acta de Negociación Colectiva en Trato Directo

Modelo de acta de sesión de negociación colectiva en la etapa de trato directo entre empleador y sindicato sobre el pliego de reclamos (D.S. 010-2003-TR, Art. 57).

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN TRATO DIRECTO

En la ciudad de [CIUDAD], siendo las [HORA] del día [FECHA], en el local de [LUGAR_REUNION], se reunieron los representantes de [RAZON_SOCIAL_EMPLEADOR], con RUC N° [RUC_EMPLEADOR], y de [NOMBRE_SINDICATO], con registro sindical N° [NUMERO_REGISTRO_SINDICAL], a fin de continuar la negociación colectiva del pliego de reclamos correspondiente al periodo [PERIODO_NEGOCIACION].

I. ASISTENTES
Por la empresa: [NOMBRES_REPRESENTANTES_EMPRESA].
Por el sindicato: [NOMBRES_REPRESENTANTES_SINDICALES].

II. BASE LEGAL
La presente reunión se desarrolla en la etapa de trato directo prevista en el Art. 57 del D.S. 010-2003-TR (TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo), bajo los principios de buena fe negocial.

III. PUNTOS TRATADOS
1. Cláusula económica sobre [PUNTO_1]: la empresa propone [PROPUESTA_EMPRESA_1] y el sindicato propone [PROPUESTA_SINDICATO_1].
2. Cláusula sobre condiciones de trabajo [PUNTO_2]: [ESTADO_DE_LA_DISCUSION_2].
3. Cláusula sobre [PUNTO_3]: [ESTADO_DE_LA_DISCUSION_3].

IV. ACUERDOS PARCIALES
Las partes acuerdan lo siguiente: [ACUERDOS_LOGRADOS]. Los puntos pendientes quedan para la siguiente reunión.

V. PUNTOS PENDIENTES Y PRÓXIMA REUNIÓN
Quedan pendientes [PUNTOS_PENDIENTES]. Se cita a nueva reunión para el día [FECHA_PROXIMA_REUNION] a las [HORA_PROXIMA_REUNION].

Sin otro punto que tratar, se levanta la sesión, firmando los asistentes en señal de conformidad.

_______________________________
[REPRESENTANTE_EMPRESA_1]
LA EMPRESA

_______________________________
[REPRESENTANTE_SINDICATO_1]
EL SINDICATO

Cuándo usar este modelo

Usa esta acta para documentar cada sesión de negociación colectiva en la etapa de trato directo, es decir, la fase en que empleador y sindicato negocian el pliego de reclamos sin intervención del Ministerio de Trabajo. El Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (D.S. 010-2003-TR) regula esta etapa en su artículo 57, y el acta es la prueba formal de los acuerdos alcanzados y de los puntos que quedan pendientes.

Registrar bien cada reunión evita discusiones posteriores sobre qué se acordó. Si el trato directo fracasa, el acta también sirve para acreditar que se agotó esta vía antes de pasar a la conciliación o al arbitraje ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.

Qué datos necesitas

  • Razón social y RUC del empleador, y nombre y número de registro del sindicato.
  • Lugar, fecha y hora de la reunión, así como el periodo del pliego negociado.
  • Nombres y cargos de los representantes acreditados de ambas partes.
  • Los puntos del pliego tratados y la posición de cada parte sobre ellos.
  • Los acuerdos parciales, los puntos en desacuerdo y la fecha de la próxima sesión.

Paso a paso

  1. Verifica que ambos representantes cuenten con credenciales vigentes para negociar.
  2. Consigna el encabezado con ciudad, fecha, hora y local de la reunión.
  3. Detalla, punto por punto, los reclamos discutidos y las propuestas de cada parte.
  4. Registra los acuerdos alcanzados con redacción clara y sin ambigüedades.
  5. Anota los puntos que quedan en desacuerdo para continuar en una próxima sesión.
  6. Cierra el acta con la firma de todos los representantes y entrega copia a cada parte.

Errores comunes

  • Redactar acuerdos vagos que luego generan interpretaciones opuestas.
  • No dejar constancia de los puntos en desacuerdo, esenciales si se pasa a conciliación.
  • Omitir la acreditación de los representantes, lo que puede invalidar lo acordado.
  • No fijar fecha de continuación, retrasando la negociación innecesariamente.

Preguntas frecuentes

¿El acta de trato directo tiene fuerza vinculante? Los puntos acordados y firmados obligan a las partes; forman parte de la convención colectiva que se construye.

¿Qué pasa si no hay acuerdo? Cualquiera de las partes puede solicitar el inicio de la conciliación ante la Autoridad de Trabajo, y el acta prueba que se agotó el trato directo.

¿Los beneficios pueden ser inferiores a la RMV? No. Toda mejora se calcula sobre pisos legales; la remuneración mínima vital vigente en 2026 es de S/ 1,130.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de negociación colectiva en trato directo

¿El modelo de acta de negociación colectiva en trato directo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-negociacion-colectiva-en-trato-directo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de negociación colectiva en trato directo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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