Laboral

Descargos ante SUNAFIL por Acta de Infracción Laboral

Escrito de descargos ante SUNAFIL en procedimiento administrativo sancionador por infracción laboral. Plazo de 15 días hábiles desde la notificación del acta. D.S. 019-2006-TR y reglamento de fiscalización D.S. 008-2020-TR.

Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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Expediente N°: [N_EXPEDIENTE]
Acta de Infracción N°: [N_ACTA]
Sumilla: PRESENTA DESCARGOS A ACTA DE INFRACCIÓN

SEÑOR INSPECTOR AUXILIAR DE LA INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA DE LA SUNAFIL:

[RAZON_SOCIAL_EMPLEADOR], con RUC N° [RUC], debidamente representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], en su calidad de [CARGO: Gerente General / Apoderado], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL] y casilla electrónica SINOE N° [SINOE], a usted respetuosamente decimos:

I. PETITORIO

Que, dentro del plazo legal de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, presentamos DESCARGOS contra el Acta de Infracción N° [N_ACTA] notificada el [FECHA_NOTIFICACION], solicitando que la autoridad disponga el ARCHIVAMIENTO del procedimiento o, en su defecto, la GRADUACIÓN ATENUADA de la sanción, en mérito a los argumentos expuestos a continuación.

II. ANTECEDENTES

El acta de infracción imputa a nuestra representada las siguientes infracciones:
1) [TIPIFICACION_INFRACCION_1]: clasificada como [LEVE/GRAVE/MUY_GRAVE] (Art. [N_ART] D.S. 019-2006-TR).
2) [TIPIFICACION_INFRACCION_2] (si aplica).

La inspección se realizó el [FECHA_INSPECCION] por el inspector [NOMBRE_INSPECTOR], identificado con DNI N° [DNI_INSPECTOR].

III. FUNDAMENTOS DE DESCARGO

PRIMERO.- INEXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN. [DESARROLLO_ARGUMENTO_1: explicar por qué los hechos no constituyen infracción, qué documentos lo prueban, normas aplicables].

SEGUNDO.- DEFECTO EN EL ACTA DE INFRACCIÓN. El acta carece de los requisitos del Art. 17 D.S. 019-2006-TR y Art. 41 D.S. 008-2020-TR:
a) [SI_APLICA: no describe con precisión los hechos imputados].
b) [SI_APLICA: no señala la norma específica infringida].
c) [SI_APLICA: no individualiza al trabajador afectado].
d) [SI_APLICA: no se ha notificado dentro del plazo de 5 días hábiles tras la inspección].

TERCERO.- SUBSANACIÓN VOLUNTARIA. Inmediatamente conocidos los hechos, nuestra representada ha procedido a:
- [ACCION_SUBSANATORIA_1: ej. regularizar la planilla del trabajador]
- [ACCION_SUBSANATORIA_2: ej. depositar la CTS pendiente con intereses]
- [ACCION_SUBSANATORIA_3: ej. emitir boletas de pago observadas]
Conforme al Art. 39 D.S. 008-2020-TR (Régimen Sancionador), la subsanación voluntaria configura un eximente o atenuante.

CUARTO.- AUSENCIA DE DOLO O CULPA GRAVE. Los hechos imputados [SI_APLICA: derivan de error material involuntario / fueron causados por circunstancias ajenas a nuestra voluntad / no han causado perjuicio efectivo al trabajador].

QUINTO.- PROPORCIONALIDAD Y RAZONABILIDAD. La sanción propuesta es desproporcionada considerando:
a) Tamaño de la empresa: [MICROEMPRESA/PEQUEÑA/MEDIANA/GRANDE], conforme acreditamos con la constancia REMYPE.
b) Reiterancia: nuestra representada NO TIENE antecedentes sancionatorios en los últimos [N] años.
c) Ausencia de daño grave: no se ha causado perjuicio económico significativo al trabajador.
d) Buena fe: hemos cooperado con la fiscalización proporcionando toda la información solicitada.

IV. ATENUANTES APLICABLES (Art. 39 D.S. 008-2020-TR)

a) Subsanación voluntaria antes del inicio del procedimiento: reducción hasta el 90% de la multa.
b) Reconocimiento de responsabilidad antes de la resolución: reducción del 35% al 50%.
c) Pago oportuno de la multa antes de impugnar: reducción del 50%.

Nos acogemos a [LITERAL_QUE_CORRESPONDA] solicitando la aplicación del beneficio.

V. MEDIOS PROBATORIOS

1) Copia del acta de infracción N° [N_ACTA].
2) Documentos que acreditan la inexistencia de la infracción imputada: [ENUMERAR].
3) Constancia REMYPE de la empresa (si aplica).
4) Boletas de pago, planilla electrónica del periodo cuestionado.
5) Constancia de cumplimiento de obligaciones laborales del último año.
6) [OTROS_DOCUMENTOS_PERTINENTES].

VI. ANEXOS

1-A. Vigencia de poder del representante.
1-B. Copia del acta de infracción.
1-C. Documentación sustentatoria de los descargos.
1-D. Constancia REMYPE.
1-E. Planilla electrónica completa del trabajador afectado.

POR TANTO:

Solicitamos al señor inspector tener por presentados los descargos dentro del plazo de ley y, valoradas las pruebas y atenuantes, disponer:
- PRIMERO: archivar el procedimiento por inexistencia de la infracción.
- SEGUNDO o, en su defecto, graduar la sanción aplicando los atenuantes invocados.

OTROSÍ DIGO: Ofrecemos los datos de contacto adicionales [TELEFONO_REPRESENTANTE] y [CORREO_REPRESENTANTE] para coordinación con la autoridad fiscalizadora.

[CIUDAD], [FECHA].

_____________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
[CARGO]
[RAZON_SOCIAL] - RUC [RUC]

Firma del abogado: [NOMBRE_ABOGADO], CAL N° [CAL]

Sobre este modelo de descargos ante sunafil por acta de infracción laboral

Este modelo pertenece al área de Derecho Laboral. Demandas laborales, liquidaciones, despido arbitrario y nulo, CTS, beneficios sociales (NLPT Ley 29497, D.S. 003-97-TR).

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