Acuerdo de Pago de Deuda Mediante Cesión de Crédito a Favor del Acreedor
Acuerdo por el cual el deudor cede a su acreedor un crédito que ostenta frente a un tercero, con el fin de extinguir total o parcialmente su deuda, conforme al Código Civil peruano.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACUERDO DE PAGO DE DEUDA MEDIANTE CESIÓN DE CRÉDITO A FAVOR DEL ACREEDOR Conste por el presente documento el Acuerdo que celebran: De una parte, [NOMBRE_DEUDOR], identificado(a) con DNI N° [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DIRECCION_DEUDOR], a quien se denominará EL DEUDOR CEDENTE. De otra parte, [NOMBRE_ACREEDOR], identificado(a) con DNI N° [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DIRECCION_ACREEDOR], a quien se denominará EL ACREEDOR CESIONARIO. PRIMERA: ANTECEDENTES EL DEUDOR CEDENTE mantiene frente a EL ACREEDOR CESIONARIO una deuda por la suma de [MONTO_DEUDA] ([MONTO_LETRAS]), originada en [ORIGEN_DEUDA]. SEGUNDA: CRÉDITO OBJETO DE CESIÓN EL DEUDOR CEDENTE es titular de un crédito por [MONTO_CREDITO] ([MONTO_CREDITO_LETRAS]) frente a [NOMBRE_DEUDOR_CEDIDO], originado en [ORIGEN_CREDITO]. TERCERA: CESIÓN EN PAGO EL DEUDOR CEDENTE cede a EL ACREEDOR CESIONARIO el crédito descrito, con el fin de extinguir [ALCANCE_EXTINCION: total / parcialmente] su deuda. EL ACREEDOR CESIONARIO acepta la cesión en los términos indicados. CUARTA: COMUNICACIÓN AL DEUDOR CEDIDO Las partes se obligan a comunicar la cesión a [NOMBRE_DEUDOR_CEDIDO] para que el pago se efectúe a EL ACREEDOR CESIONARIO. QUINTA: SALDO De extinguirse parcialmente la deuda, el saldo pendiente será de [MONTO_SALDO], que se pagará conforme a [FORMA_SALDO]. SEXTA: BASE LEGAL El presente acuerdo se rige por las normas de la cesión de derechos del Código Civil peruano. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en [LUGAR], a los [FECHA]. _______________________ _______________________ DEUDOR CEDENTE ACREEDOR CESIONARIO DNI N° [DNI_DEUDOR] DNI N° [DNI_ACREEDOR]
¿Qué es y para qué sirve?
Es un acuerdo mediante el cual el deudor, en lugar de pagar en dinero, cede a su acreedor un crédito que él mismo tiene frente a un tercero, para extinguir total o parcialmente su deuda. Sirve para cancelar obligaciones cuando el deudor no cuenta con liquidez pero sí con créditos por cobrar.
¿Quién lo presenta y cuándo?
Lo suscriben el deudor cedente y el acreedor cesionario cuando acuerdan usar un crédito frente a un tercero como medio de pago. Es habitual entre empresas y particulares con cuentas por cobrar.
Base legal
Se ampara en las normas sobre cesión de derechos del Código Civil peruano, que permiten transferir créditos y regulan la comunicación de la cesión al deudor cedido.
¿Qué datos necesitas?
- Datos y DNI del deudor cedente y del acreedor cesionario
- Monto y origen de la deuda a extinguir
- Monto y origen del crédito cedido
- Datos del deudor cedido
- Alcance de la extinción (total o parcial)
- Saldo pendiente, si lo hubiera
- Forma de pago del saldo
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Identifica la deuda que se quiere extinguir
- Verifica la existencia y validez del crédito cedido
- Acuerda si la extinción es total o parcial
- Redacta y revisa el acuerdo
- Ambas partes firman el documento
- Comunica la cesión al deudor cedido
- Conserva copias del acuerdo y de la comunicación
Errores comunes
- No verificar la existencia real del crédito cedido
- Omitir la comunicación al deudor cedido
- No precisar si la extinción es total o parcial
- No documentar el saldo pendiente
¿Se debe avisar al deudor cedido?
Sí. Para que el pago se realice válidamente al nuevo acreedor, conviene comunicar la cesión al deudor cedido.
¿El cedente garantiza el cobro del crédito?
Por regla general responde de la existencia del crédito, pero no de la solvencia del deudor cedido, salvo pacto expreso en contrario.
¿Se extingue toda la deuda con la cesión?
Depende de lo acordado; puede extinguirse totalmente o solo en parte, quedando un saldo por pagar según lo pactado.
¿En qué se diferencia de la dación en pago?
En este acuerdo lo que se entrega es un crédito frente a un tercero; en la dación en pago suele entregarse un bien distinto al originalmente debido.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acuerdo de pago de deuda mediante cesión de crédito a favor del acreedor
¿El modelo de acuerdo de pago de deuda mediante cesión de crédito a favor del acreedor es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acuerdo-de-pago-de-deuda-mediante-cesion-de-credito-a-favor-del-acreedor/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acuerdo de pago de deuda mediante cesión de crédito a favor del acreedor sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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