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Derecho Laboral

Prácticas preprofesionales en Perú: convenio y tus derechos 2026

Publicado el 2026-06-07 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaLey 28518
RMV 2026S/ 1,130
Subvención mínimaNo menor a 1 RMV (jornada completa)
Subvención extraMedia subvención cada 6 meses
Prácticas preprofesionales en Perú: convenio y tus derechos 2026 — guía legal laboral Perú 2026

¿Qué derechos tiene un practicante en 2026?

Aunque las prácticas no son un contrato laboral, el practicante sí tiene derechos: una subvención económica mensual no menor a una RMV (S/ 1,130 en 2026) si la jornada es completa, jornada limitada y compatible con los estudios, seguro que cubra riesgos, descanso semanal y feriados, y media subvención cada seis meses de duración continua. Todo debe constar en un convenio escrito y registrado. La norma que regula esto es la Ley 28518 de modalidades formativas laborales.

Estos derechos son un piso mínimo: la empresa puede darte más (por ejemplo, mayor subvención o beneficios adicionales), pero nunca menos de lo que fija la ley.

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Las prácticas no son un contrato laboral

Las modalidades formativas (prácticas preprofesionales para estudiantes y profesionales para egresados dentro de los plazos legales) se rigen por la Ley 28518, no por el régimen laboral común. Por eso el practicante no acumula CTS ni gratificaciones ni utilidades como un trabajador dependiente.

Pero que no sea un vínculo laboral no significa que sea trabajo gratis ni sin reglas. La finalidad es formativa: la práctica debe enseñarte y complementar tu formación, con un plan y bajo la guía de la empresa y el centro de estudios. Cuando eso no ocurre, la modalidad puede desnaturalizarse.

Tabla: derechos del practicante 2026

DerechoContenido
Subvención mensualNo menor a 1 RMV (S/ 1,130) en jornada completa; proporcional si es parcial
Subvención extraMedia subvención cada 6 meses de duración continua
JornadaLimitada y compatible con los estudios
SeguroCobertura de riesgos de enfermedad y accidentes (o EsSalud según el caso)
DescansosDescanso semanal y feriados
ConvenioEscrito y registrado, con plan formativo

La subvención económica en detalle

El practicante recibe una subvención económica mensual, no un sueldo. Si la jornada es completa, no puede ser menor a una Remuneración Mínima Vital (S/ 1,130 en 2026). Si la jornada es parcial, la subvención se reduce proporcionalmente a las horas.

Además, por cada seis meses de duración continua de la práctica, corresponde una media subvención adicional, que funciona de forma parecida a una gratificación reducida. La subvención está inafecta al impuesto a la renta hasta cierto tope y no está sujeta a las contribuciones de una remuneración ordinaria, lo que la distingue de un sueldo.

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El convenio y la desnaturalización

Toda práctica debe constar en un convenio escrito y registrarse ante la autoridad correspondiente. El convenio identifica al practicante, el centro de estudios, la duración, el plan formativo, la jornada y la subvención. Formaliza tu práctica con un convenio de prácticas preprofesionales o, si ya egresaste, con el convenio de prácticas profesionales. Para jóvenes hay también el convenio de capacitación laboral juvenil.

Si la empresa usa la práctica para encubrir una relación laboral real (jornada de trabajador, sin formación, excediendo los plazos legales, o superando el porcentaje de practicantes permitido), la modalidad se desnaturaliza y se considera un contrato de trabajo con todos los beneficios. Al terminar, pide siempre tu constancia de la práctica. Conoce cuánto es el piso salarial en la guía del sueldo mínimo 2026.

Señales de que tu práctica se desnaturalizó

La desnaturalización convierte tu práctica en un contrato de trabajo con todos los beneficios (CTS, gratificaciones, vacaciones, indemnización). Ocurre cuando la empresa usa la figura formativa para tener mano de obra barata sin fin de aprendizaje. Estas son las señales de alerta:

  • Cumples la misma jornada y funciones que un trabajador estable del área, sin plan formativo real.
  • No hay tutor ni seguimiento académico: nadie te enseña, solo produces.
  • La práctica excede los plazos máximos que fija la Ley 28518 para tu modalidad.
  • Te renuevan el convenio una y otra vez para evitar contratarte formalmente.
  • La empresa tiene más practicantes de los permitidos según su número de trabajadores.
  • No registró tu convenio o no te paga la subvención mínima ni la media subvención semestral.

Si reconoces varias de estas señales, reúne pruebas: tu convenio, tus horarios, correos y cualquier evidencia de que hacías trabajo ordinario. Con eso puedes solicitar el reconocimiento del vínculo laboral y el pago de los beneficios que te correspondían como trabajador. La práctica es para formarte, no para reemplazar un puesto de planilla; cuando se cruza esa línea, la ley te protege como empleado pleno.

Diferencia entre práctica preprofesional y profesional

La Ley 28518 distingue dos modalidades que a veces se confunden, y de esa diferencia dependen los plazos y algunos derechos:

  • Práctica preprofesional: es para estudiantes que aún cursan su carrera. Complementa su formación mientras estudian, tiene topes de jornada menores y su duración se vincula a la etapa de estudios.
  • Práctica profesional: es para egresados que ya terminaron su formación, dentro del plazo que fija la ley tras egresar. Busca aplicar y consolidar lo aprendido antes de obtener el título o insertarse plenamente al mercado.

En ambos casos rigen los derechos mínimos: subvención, media subvención semestral, seguro, descansos y convenio registrado. Pero el plazo máximo y algunos límites de jornada varían, y superarlos puede desnaturalizar la modalidad. Antes de firmar, verifica en tu convenio qué modalidad estás asumiendo, porque de ello depende cuánto tiempo puedes practicar legalmente en esa empresa. Si egresaste hace tiempo y aún te tienen como practicante, es una señal de alerta: probablemente el plazo ya venció y correspondería un contrato laboral formal.

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Preguntas frecuentes

¿Un practicante gana sueldo mínimo?

Recibe una subvención que, en jornada completa, no puede ser menor a 1 RMV (S/ 1,130 en 2026). En jornada parcial se reduce proporcionalmente.

¿Las prácticas dan CTS y gratificaciones?

No, porque no son un contrato laboral. Pero sí dan subvención, media subvención semestral, descansos y seguro de riesgos.

¿Cuánto puede durar una práctica?

La Ley 28518 fija plazos según la modalidad. Excederlos o usar la práctica como trabajo encubierto la desnaturaliza.

¿El practicante tiene seguro?

Sí. La empresa debe asegurar la cobertura de riesgos de enfermedad y accidentes del practicante según la modalidad.

¿Qué pasa si me hacen trabajar como empleado?

Si la práctica encubre una relación laboral real, se desnaturaliza y pasa a ser un contrato de trabajo con todos los beneficios.

¿Un practicante tiene derecho a vacaciones?

No en el sentido laboral de 30 días. Pero si la práctica dura más de 12 meses, tiene derecho a un descanso de 15 días con subvención, además del descanso semanal y feriados.

¿La empresa puede tener practicantes sin límite?

No. La Ley 28518 fija un porcentaje máximo de practicantes respecto del total de trabajadores de la empresa. Superarlo es una infracción que puede desnaturalizar los convenios.

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