Laboral

Convenio de Capacitación Laboral Juvenil

Modalidad formativa de capacitación laboral juvenil para jóvenes que no han culminado estudios, con subvención y media jornada formativa, regulada por la Ley 28518 sobre modalidades formativas laborales.

Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONVENIO DE CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL

Conste por el presente documento el Convenio de Capacitación Laboral Juvenil que celebran:

LA EMPRESA: [RAZON_SOCIAL_EMPRESA], con RUC N° [RUC_EMPRESA], domiciliada en [DOMICILIO_EMPRESA], representada por [REPRESENTANTE_EMPRESA], con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE].

EL BENEFICIARIO: [NOMBRE_BENEFICIARIO], identificado con DNI N° [DNI_BENEFICIARIO], de [EDAD] años de edad, domiciliado en [DOMICILIO_BENEFICIARIO].

PRIMERA: BASE LEGAL.
El presente convenio se celebra al amparo de la Ley 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, que regula la capacitación laboral juvenil dirigida a jóvenes entre 16 y 23 años que no hayan culminado o que hayan interrumpido la educación básica, a fin de adquirir conocimientos teóricos y prácticos en el trabajo.

SEGUNDA: OBJETO.
La empresa se obliga a brindar al beneficiario formación en la ocupación de [OCUPACION_FORMATIVA], desarrollando el programa específico que le permita ejercer una actividad ocupacional.

TERCERA: PLAZO Y JORNADA.
El convenio tiene una duración de [DURACION_MESES] meses, computada desde el [FECHA_INICIO] hasta el [FECHA_FIN]. La jornada formativa no excederá de ocho (8) horas diarias ni de cuarenta y ocho (48) horas semanales.

CUARTA: SUBVENCIÓN ECONÓMICA.
La empresa abonará al beneficiario una subvención económica mensual de S/ [MONTO_SUBVENCION], no menor a la Remuneración Mínima Vital cuando la jornada sea completa. La subvención no tiene carácter remunerativo.

QUINTA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA.
La empresa otorgará un seguro que cubra los riesgos de enfermedad y accidentes, o asumirá directamente el costo de las contingencias, y entregará al término un certificado de capacitación laboral juvenil.

SEXTA: NATURALEZA NO LABORAL.
La modalidad formativa no genera vínculo laboral conforme a la Ley 28518, sin perjuicio de la fiscalización de la Autoridad Administrativa de Trabajo y la SUNAFIL.

Las partes firman en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].


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LA EMPRESA


_______________________________
EL BENEFICIARIO

Sobre este modelo de convenio de capacitación laboral juvenil

Este modelo pertenece al área de Derecho Laboral. Demandas laborales, liquidaciones, despido arbitrario y nulo, CTS, beneficios sociales (NLPT Ley 29497, D.S. 003-97-TR).

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de convenio de capacitación laboral juvenil

¿Ante qué juzgado presento una demanda laboral en Perú?

Ante el Juzgado de Paz Letrado Laboral si tu pretensión no supera 70 URP, o ante el Juzgado Especializado de Trabajo por encima (Art. 1 NLPT, Ley 29497). El juez competente es el del lugar de la última prestación de servicios o el del domicilio principal del demandado, a elección del trabajador.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar después de un despido?

El plazo de caducidad para impugnar el despido es 30 días naturales desde la notificación o desde que conociste el despido (Art. 36 LPCL, D.S. 003-97-TR). Para reclamar beneficios sociales adeudados (CTS, gratificaciones, vacaciones) tienes 4 años desde el cese (Ley 27321).

¿El modelo de convenio de capacitación laboral juvenil es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/convenio-de-capacitacion-laboral-juvenil/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de convenio de capacitación laboral juvenil sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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