Convenio de Confidencialidad y No Divulgación Laboral
Convenio que obliga al trabajador a guardar reserva sobre información confidencial y secretos empresariales, sustentado en el deber de buena fe laboral y en el D. Leg. 1044 sobre competencia desleal.
Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN LABORAL Conste por el presente documento el Convenio de Confidencialidad que celebran: EL EMPLEADOR: [RAZON_SOCIAL_EMPLEADOR], con RUC N° [RUC_EMPLEADOR], domiciliado en [DOMICILIO_EMPLEADOR], representado por [REPRESENTANTE_EMPLEADOR], con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE]. EL TRABAJADOR: [NOMBRE_TRABAJADOR], con DNI N° [DNI_TRABAJADOR], domiciliado en [DOMICILIO_TRABAJADOR], quien ocupa el cargo de [CARGO_TRABAJADOR]. PRIMERA: OBJETO. El presente convenio tiene por objeto establecer las obligaciones de confidencialidad del trabajador respecto de la información reservada a la que acceda con ocasión de la relación laboral, en concordancia con el deber de buena fe laboral y con el Decreto Legislativo 1044 que reprime la competencia desleal por violación de secretos empresariales. SEGUNDA: INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. Se considera información confidencial, sin carácter limitativo: bases de datos de clientes y proveedores, estrategias comerciales, listas de precios, fórmulas, métodos, software, planes de negocio, información financiera y todo conocimiento técnico o comercial no divulgado que represente una ventaja competitiva para el empleador. TERCERA: OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR. El trabajador se obliga a: a) mantener absoluta reserva sobre la información confidencial, b) no divulgarla ni utilizarla en provecho propio o de terceros, c) emplearla únicamente para el cumplimiento de sus funciones, y d) devolver todo soporte físico o digital al cese del vínculo. CUARTA: VIGENCIA. Las obligaciones de confidencialidad rigen durante toda la relación laboral y se mantienen vigentes por un plazo de [PLAZO_POST_CESE] años posteriores al cese, respecto de información que conserve su carácter reservado. QUINTA: INCUMPLIMIENTO. El incumplimiento constituye falta grave conforme al Artículo 25 del D.S. 003-97-TR, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que corresponda y de la indemnización por los daños ocasionados. Las partes firman en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO]. _______________________________ EL EMPLEADOR _______________________________ EL TRABAJADOR
Sobre este modelo de convenio de confidencialidad y no divulgación laboral
Este modelo pertenece al área de Derecho Laboral. Demandas laborales, liquidaciones, despido arbitrario y nulo, CTS, beneficios sociales (NLPT Ley 29497, D.S. 003-97-TR).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de convenio de confidencialidad y no divulgación laboral
¿Ante qué juzgado presento una demanda laboral en Perú?
Ante el Juzgado de Paz Letrado Laboral si tu pretensión no supera 70 URP, o ante el Juzgado Especializado de Trabajo por encima (Art. 1 NLPT, Ley 29497). El juez competente es el del lugar de la última prestación de servicios o el del domicilio principal del demandado, a elección del trabajador.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar después de un despido?
El plazo de caducidad para impugnar el despido es 30 días naturales desde la notificación o desde que conociste el despido (Art. 36 LPCL, D.S. 003-97-TR). Para reclamar beneficios sociales adeudados (CTS, gratificaciones, vacaciones) tienes 4 años desde el cese (Ley 27321).
¿El modelo de convenio de confidencialidad y no divulgación laboral es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/convenio-de-confidencialidad-y-no-divulgacion-laboral/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de convenio de confidencialidad y no divulgación laboral sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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