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Derecho Laboral

¿Te pueden obligar a trabajar un feriado? Pago triple y negativa

Publicado el 2026-07-09 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaDecreto Legislativo 713, art. 9
Feriado trabajado sin descansoPago triple (3 jornadas)
Con descanso sustitutorioSolo tu sueldo normal, sin sobretasa
Sobretasa100% del valor del día
Ejemplo con sueldo S/ 1,500El día vale S/ 150 (3 × S/ 50)
¿Puedo negarme?Sí, salvo labor indispensable o pacto
Descanso semanal trabajadoTambién sobretasa 100%
ReclamoSUNAFIL o demanda (NLPT)

¿Te pueden obligar a trabajar un feriado?

Respuesta directa: en principio, no están obligado a trabajar un feriado. Los feriados son días de descanso remunerado. El empleador puede pedirte que trabajes, pero necesita tu acuerdo, salvo que tu labor sea indispensable por la naturaleza del servicio (salud, seguridad, turnos continuos) o que ya lo hayas pactado.

Y si trabajas, tiene que pagarte bien. Aquí está la clave que casi nadie calcula correctamente: el feriado trabajado sin descanso se paga triple. Para saber qué días caen en 2026 revisa el calendario completo de feriados 2026.

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Cómo se paga el feriado trabajado: la regla del pago triple

El Decreto Legislativo 713 establece que quien trabaja un feriado sin descanso sustitutorio recibe tres conceptos por ese solo día:

  1. La remuneración del feriado, que ya está incluida en tu sueldo mensual.
  2. La remuneración por el trabajo realizado ese día.
  3. Una sobretasa del 100% sobre el valor del día.

Sumados, equivalen a tres jornadas por un día. No lo confundas con las horas extra, que se pagan con 25% y 35%: mira cómo funcionan las horas extra en Perú.

Cálculo paso a paso (con ejemplo en soles)

Tomemos un sueldo de S/ 1,500 mensuales. El valor del día es 1500 ÷ 30 = S/ 50. Así se compone el pago del feriado trabajado sin descanso:

ConceptoMonto
Remuneración del feriado (ya en tu sueldo)S/ 50
Pago por el día trabajadoS/ 50
Sobretasa 100%S/ 50
Valor total del díaS/ 150 (3 jornadas)

Como la remuneración del feriado ya viene en tu sueldo mensual, en la boleta suelen aparecer S/ 100 adicionales por ese día (el pago del día trabajado más la sobretasa). El resultado es el mismo: el día vale tres veces.

Feriado con descanso sustitutorio: cuándo NO hay sobretasa

Hay una excepción importante. Si el empleador te da un descanso sustitutorio (otro día libre a cambio) dentro de esa semana o la siguiente, entonces no corresponde la sobretasa del 100%: solo cobras tu remuneración normal, porque compensaste el feriado con otro día de descanso.

Por eso, cuando te pidan trabajar un feriado, pregunta desde el inicio: ¿me pagan triple o me dan otro día libre? Ambas alternativas son legales; lo ilegal es hacerte trabajar el feriado, no darte descanso y pagarte como un día común. Si prefieres canjear tiempo, puedes usar un convenio de compensación por descanso.

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Feriado vs. domingo vs. hora extra: no confundas

Son tres cosas distintas y cada una se paga diferente:

SituaciónRecargo
Feriado trabajado sin descansoPago triple (sobretasa 100%)
Descanso semanal (domingo) trabajado sin sustitutorioSobretasa 100%
Horas extra en día común25% (primeras 2 h) y 35% (siguientes)

El descanso semanal obligatorio (normalmente el domingo) sigue la misma lógica del feriado: si lo trabajas sin descanso sustitutorio, hay sobretasa. Todo debe reflejarse claramente en tu boleta de pago.

Feriados nacionales, regionales y media jornada

No todos los feriados son iguales, y eso cambia el cálculo. Los feriados nacionales (Año Nuevo, Fiestas Patrias, Navidad y demás fijados por ley) aplican a todo el país y dan derecho al pago triple si los trabajas sin descanso. Los días no laborables del sector público que a veces decreta el Gobierno no son feriados propiamente: en el sector privado se trabajan salvo que el empleador se acoja, y luego se compensan.

Otro punto práctico: si trabajas solo unas horas del feriado, la sobretasa del 100% se calcula de forma proporcional a las horas efectivamente laboradas, no por el día completo. Y si el feriado cae en tu día de descanso semanal, prima la regla más beneficiosa para ti. Ante la duda, revisa cuántas horas marcaste y contrástalo con tu boleta.

  • Feriado nacional trabajado sin descanso: pago triple.
  • Feriado con descanso sustitutorio: solo sueldo normal.
  • Día no laborable compensable: se recupera después, sin sobretasa.

Qué hacer si no te pagan el feriado correctamente

Si trabajaste un feriado y te lo pagaron como día común, reclama:

  1. Revisa tu boleta. Verifica si aparece la sobretasa o el pago adicional del día.
  2. Reclama por escrito. Pide la corrección y el reintegro de la sobretasa impaga.
  3. Denuncia ante SUNAFIL. Presenta una denuncia administrativa ante SUNAFIL si no corrigen.
  4. Demanda si es necesario. Usa la demanda de pago de feriados y descanso semanal para exigirlo judicialmente.

Recuerda que también puedes exigir las horas extra impagas en el mismo proceso. Guarda tus marcaciones y boletas: son la prueba de que trabajaste ese día.

Un detalle que marca la diferencia: el plazo para reclamar estos pagos es de cuatro años desde el cese, así que no dejes pasar el tiempo. Conserva las capturas de tu marcación, los correos donde te pidieron ir a trabajar el feriado y tus boletas. Con esa evidencia, tanto SUNAFIL como el juez laboral pueden ordenar el pago de la sobretasa impaga más los intereses legales que corren desde la fecha en que debió pagarse.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga por trabajar un feriado en Perú?

Si trabajas un feriado sin descanso sustitutorio, se paga triple: la remuneración del feriado (ya incluida en tu sueldo), el pago del día trabajado y una sobretasa del 100%. Con sueldo de S/ 1,500, ese día vale S/ 150.

¿Me pueden obligar a trabajar un feriado?

En principio no, salvo que tu labor sea indispensable por la naturaleza del servicio o que lo hayas pactado. Los feriados son descanso remunerado; el empleador puede pedirlo, pero debe pagarlo triple o darte descanso sustitutorio.

¿Si me dan otro día libre, igual me pagan la sobretasa?

No. Si el empleador te otorga un descanso sustitutorio a cambio del feriado trabajado, solo cobras tu remuneración normal, sin la sobretasa del 100%. La sobretasa aplica cuando trabajas el feriado y no recibes otro día libre.

¿Qué hago si me pagaron el feriado como día común?

Reclama por escrito la corrección y el reintegro de la sobretasa. Si el empleador no cumple, denuncia ante SUNAFIL y, de ser necesario, interpón una demanda de pago de feriados y descanso semanal no pagados.

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