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Centrales de Riesgo

Carta de Reclamo por Reporte Crediticio del Avalista o Fiador tras Pago del Deudor Principal

Reclamo del fiador o avalista para que se levante su reporte negativo cuando el deudor principal ya pagó la obligación, conforme a la Ley 27489 de CEPIRS, la Ley 32327 y el artículo 1889 del Código Civil sobre subrogación del fiador.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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RECLAMO POR REPORTE CREDITICIO DEL AVALISTA O FIADOR TRAS PAGO DEL DEUDOR PRINCIPAL

Lima, [FECHA]

Señores
[NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA]
Atención: Libro de Reclamaciones y Área de Reportes a Centrales de Riesgo
Dirección: [DIRECCION_ENTIDAD]
Presente.-

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_FIADOR], identificado con DNI N° [DNI_FIADOR], con domicilio en [DIRECCION_FIADOR], en mi calidad de fiador o avalista del crédito N° [NUMERO_CREDITO], presento reclamo por mi reporte indebido en la central de riesgo.

PRIMERO: Mi calidad de garante.
Garanticé en condición de fiador o avalista la obligación que [NOMBRE_DEUDOR_PRINCIPAL], identificado con DNI N° [DNI_DEUDOR_PRINCIPAL], asumió frente a su entidad mediante el crédito N° [NUMERO_CREDITO].

SEGUNDO: Pago de la obligación.
Con fecha [FECHA_PAGO] el deudor principal canceló la totalidad de la obligación garantizada, según consta en [REFERENCIA_CONSTANCIA_PAGO]. En consecuencia, la deuda quedó extinguida y mi garantía dejó de tener objeto.

TERCERO: Reporte indebido.
No obstante, su entidad mantiene mi reporte en la central [NOMBRE_CENTRAL] con la calificación [CALIFICACION_REPORTADA], como si subsistiera la obligación, lo que afecta indebidamente mi historial crediticio.

CUARTO: Base legal.
El artículo 1889 del Código Civil establece que el fiador que paga la deuda queda subrogado en los derechos del acreedor, lo que confirma que la responsabilidad del garante es accesoria y se extingue al extinguirse la obligación principal.
Pagada la deuda por el deudor principal, no existe sustento para reportar al fiador. La Ley 27489 de CEPIRS exige que la información de riesgos sea exacta.
La Ley 32327, vigente desde el 8 de agosto de 2025, obliga a regularizar y corregir el reporte y a comunicarlo a la SBS en siete días hábiles.

QUINTO: Petitorio.
Solicito que en el plazo de siete días hábiles su entidad:
1. Levante mi reporte como fiador o avalista respecto del crédito N° [NUMERO_CREDITO] por extinción de la obligación.
2. Comunique el levantamiento a la central [NOMBRE_CENTRAL] y a la SBS.
3. Me entregue constancia escrita de la rectificación.

SEXTO: Reserva.
De no atenderse, recurriré al INDECOPI, a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales y a la vía judicial.

Adjunto copia de mi DNI, de la constancia de pago del deudor principal y del reporte observado.

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE_FIADOR]
DNI N° [DNI_FIADOR]
Correo: [CORREO_FIADOR]
Teléfono: [TELEFONO_FIADOR]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta carta cuando garantizaste una deuda como fiador o avalista, el deudor principal ya pagó la obligación y, aun así, la entidad financiera te mantiene reportado como deudor moroso en las centrales de riesgo. Extinguida la deuda principal, la fianza también se extingue y tu reporte debe levantarse. El artículo 1889 del Código Civil establece que la fianza se acaba al extinguirse la obligación principal; la Ley 27489, que regula las Centrales Privadas de Información de Riesgos, y la Ley 32327 respaldan la corrección del reporte.

Aplica cuando afianzaste un crédito de un tercero, la deuda quedó cancelada y el banco no ha actualizado tu condición de garante liberado.

Qué datos necesitas

  • Nombres completos, DNI y domicilio del fiador o avalista.
  • Nombre de la entidad financiera que mantiene el reporte.
  • Identificación del crédito garantizado y del deudor principal.
  • Prueba del pago o de la cancelación de la deuda principal.
  • Reporte de la central de riesgo donde figuras como deudor.

Paso a paso

  1. Confirma que la deuda principal está efectivamente pagada y reúne el sustento.
  2. Completa la carta invocando el artículo 1889 del Código Civil y solicitando el levantamiento del reporte.
  3. Preséntala ante la entidad financiera por el Libro de Reclamaciones y el área de reportes.
  4. Conserva el cargo de recepción y el número de reclamo.
  5. Si no rectifican, acude a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, a la SBS o a Indecopi.

Errores comunes

  • No obtener del deudor principal el comprobante que acredita el pago total.
  • Reclamar solo a la central de riesgo, en lugar de a la entidad acreedora que reporta.
  • Asumir que el reporte se levanta solo, sin presentar reclamo formal.
  • No conservar el cargo que fija la fecha de tu reclamo.

Preguntas frecuentes

¿Sigo respondiendo si el deudor ya pagó? No. El artículo 1889 del Código Civil dispone que la fianza se extingue al extinguirse la obligación principal.

¿Qué prueba necesito? El comprobante de cancelación de la deuda principal o una constancia de la entidad de que la operación quedó saldada.

¿Quién debe levantar mi reporte? La entidad financiera que informó el dato; la central de riesgo lo difunde a partir de esa fuente.

¿Adónde acudo si me ignoran? A la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, y a la SBS o Indecopi según corresponda.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de reclamo por reporte crediticio del avalista o fiador tras pago del deudor principal

¿El modelo de carta de reclamo por reporte crediticio del avalista o fiador tras pago del deudor principal es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-reclamo-por-reporte-crediticio-del-avalista-o-fiador-tras-pago-del-deudor-principal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta de reclamo por reporte crediticio del avalista o fiador tras pago del deudor principal sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

Solicitud de Constancia de Regularización y Actualización del Reporte Crediticio en 7 Días tras Pago

Solicitud a la entidad financiera para que emita la constancia de regularización en 7 días hábiles tras el pago e informe a la SBS, según la Ley 32327 que modifica el Art. 42 de la Ley 29571.

Carta de Rectificación de Reporte Crediticio Negativo por Deuda Refinanciada o en Cronograma de Pago

Carta para que la entidad financiera y la central de riesgo rectifiquen el reporte de una deuda refinanciada o en cronograma, conforme a la Ley 27489 de CEPIRS, la Ley 32327 y la Ley 29733 de Protección de Datos Personales.

Carta al Banco para Cese del Reporte Negativo tras Acuerdo de Pago en Cuotas Cumplido

Carta al banco para que retire el reporte negativo cuando el deudor viene cumpliendo puntualmente un acuerdo de pago en cuotas, conforme a la Ley 27489 y la Ley 28587.

Carta de Reclamo por Reporte de Deuda Generada durante Suspensión Perfecta o Convenio de Pago

Carta al banco por el reporte negativo de cuotas cuyo pago estaba suspendido o diferido por convenio expreso con la entidad, conforme a la Ley 27489 y la Ley 28587.

Solicitud de Eliminación de Reporte tras el Pago de la Deuda

Solicitud a la entidad financiera para que, tras el pago, emita la constancia de regularización e informe a la SBS y a las centrales de riesgo en 7 días hábiles, según la Ley 32327 (Ley Infocorp).

Reclamo a la Entidad Financiera por No Levantar el Reporte tras la Compra de Deuda (Cesión de Crédito)

Reclamo a la entidad cedente para que levante el reporte negativo luego de haber cedido el crédito a un tercero, conforme a la Ley 27489 de CEPIRS, la Ley 32327 y los artículos 1206 y siguientes del Código Civil.

Ver los 51 modelos de Centrales de Riesgo →

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