Carta de Reclamo por Reporte Crediticio del Avalista o Fiador tras Pago del Deudor Principal
Reclamo del fiador o avalista para que se levante su reporte negativo cuando el deudor principal ya pagó la obligación, conforme a la Ley 27489 de CEPIRS, la Ley 32327 y el artículo 1889 del Código Civil sobre subrogación del fiador.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECLAMO POR REPORTE CREDITICIO DEL AVALISTA O FIADOR TRAS PAGO DEL DEUDOR PRINCIPAL Lima, [FECHA] Señores [NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA] Atención: Libro de Reclamaciones y Área de Reportes a Centrales de Riesgo Dirección: [DIRECCION_ENTIDAD] Presente.- De mi consideración: Yo, [NOMBRE_FIADOR], identificado con DNI N° [DNI_FIADOR], con domicilio en [DIRECCION_FIADOR], en mi calidad de fiador o avalista del crédito N° [NUMERO_CREDITO], presento reclamo por mi reporte indebido en la central de riesgo. PRIMERO: Mi calidad de garante. Garanticé en condición de fiador o avalista la obligación que [NOMBRE_DEUDOR_PRINCIPAL], identificado con DNI N° [DNI_DEUDOR_PRINCIPAL], asumió frente a su entidad mediante el crédito N° [NUMERO_CREDITO]. SEGUNDO: Pago de la obligación. Con fecha [FECHA_PAGO] el deudor principal canceló la totalidad de la obligación garantizada, según consta en [REFERENCIA_CONSTANCIA_PAGO]. En consecuencia, la deuda quedó extinguida y mi garantía dejó de tener objeto. TERCERO: Reporte indebido. No obstante, su entidad mantiene mi reporte en la central [NOMBRE_CENTRAL] con la calificación [CALIFICACION_REPORTADA], como si subsistiera la obligación, lo que afecta indebidamente mi historial crediticio. CUARTO: Base legal. El artículo 1889 del Código Civil establece que el fiador que paga la deuda queda subrogado en los derechos del acreedor, lo que confirma que la responsabilidad del garante es accesoria y se extingue al extinguirse la obligación principal. Pagada la deuda por el deudor principal, no existe sustento para reportar al fiador. La Ley 27489 de CEPIRS exige que la información de riesgos sea exacta. La Ley 32327, vigente desde el 8 de agosto de 2025, obliga a regularizar y corregir el reporte y a comunicarlo a la SBS en siete días hábiles. QUINTO: Petitorio. Solicito que en el plazo de siete días hábiles su entidad: 1. Levante mi reporte como fiador o avalista respecto del crédito N° [NUMERO_CREDITO] por extinción de la obligación. 2. Comunique el levantamiento a la central [NOMBRE_CENTRAL] y a la SBS. 3. Me entregue constancia escrita de la rectificación. SEXTO: Reserva. De no atenderse, recurriré al INDECOPI, a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales y a la vía judicial. Adjunto copia de mi DNI, de la constancia de pago del deudor principal y del reporte observado. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_FIADOR] DNI N° [DNI_FIADOR] Correo: [CORREO_FIADOR] Teléfono: [TELEFONO_FIADOR]
Cuándo usar este modelo
Usa esta carta cuando garantizaste una deuda como fiador o avalista, el deudor principal ya pagó la obligación y, aun así, la entidad financiera te mantiene reportado como deudor moroso en las centrales de riesgo. Extinguida la deuda principal, la fianza también se extingue y tu reporte debe levantarse. El artículo 1889 del Código Civil establece que la fianza se acaba al extinguirse la obligación principal; la Ley 27489, que regula las Centrales Privadas de Información de Riesgos, y la Ley 32327 respaldan la corrección del reporte.
Aplica cuando afianzaste un crédito de un tercero, la deuda quedó cancelada y el banco no ha actualizado tu condición de garante liberado.
Qué datos necesitas
- Nombres completos, DNI y domicilio del fiador o avalista.
- Nombre de la entidad financiera que mantiene el reporte.
- Identificación del crédito garantizado y del deudor principal.
- Prueba del pago o de la cancelación de la deuda principal.
- Reporte de la central de riesgo donde figuras como deudor.
Paso a paso
- Confirma que la deuda principal está efectivamente pagada y reúne el sustento.
- Completa la carta invocando el artículo 1889 del Código Civil y solicitando el levantamiento del reporte.
- Preséntala ante la entidad financiera por el Libro de Reclamaciones y el área de reportes.
- Conserva el cargo de recepción y el número de reclamo.
- Si no rectifican, acude a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, a la SBS o a Indecopi.
Errores comunes
- No obtener del deudor principal el comprobante que acredita el pago total.
- Reclamar solo a la central de riesgo, en lugar de a la entidad acreedora que reporta.
- Asumir que el reporte se levanta solo, sin presentar reclamo formal.
- No conservar el cargo que fija la fecha de tu reclamo.
Preguntas frecuentes
¿Sigo respondiendo si el deudor ya pagó? No. El artículo 1889 del Código Civil dispone que la fianza se extingue al extinguirse la obligación principal.
¿Qué prueba necesito? El comprobante de cancelación de la deuda principal o una constancia de la entidad de que la operación quedó saldada.
¿Quién debe levantar mi reporte? La entidad financiera que informó el dato; la central de riesgo lo difunde a partir de esa fuente.
¿Adónde acudo si me ignoran? A la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, y a la SBS o Indecopi según corresponda.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de reclamo por reporte crediticio del avalista o fiador tras pago del deudor principal
¿El modelo de carta de reclamo por reporte crediticio del avalista o fiador tras pago del deudor principal es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-reclamo-por-reporte-crediticio-del-avalista-o-fiador-tras-pago-del-deudor-principal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de carta de reclamo por reporte crediticio del avalista o fiador tras pago del deudor principal sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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