Contrato de Dación en Pago de Bien Inmueble por Deuda Dineraria
Contrato por el cual el deudor entrega en propiedad un bien inmueble para extinguir una deuda dineraria, con aceptación del acreedor, conforme al Código Civil peruano.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE DACIÓN EN PAGO DE BIEN INMUEBLE POR DEUDA DINERARIA
Conste por el presente documento el Contrato de Dación en Pago que celebran:
De una parte, [NOMBRE_DEUDOR], identificado(a) con DNI N° [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DIRECCION_DEUDOR], a quien se denominará EL DEUDOR.
De otra parte, [NOMBRE_ACREEDOR], identificado(a) con DNI N° [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DIRECCION_ACREEDOR], a quien se denominará EL ACREEDOR.
PRIMERA: ANTECEDENTES
EL DEUDOR mantiene a favor de EL ACREEDOR una deuda por la suma de [MONTO_DEUDA] ([MONTO_LETRAS]), originada en [ORIGEN_DEUDA] y actualmente vencida.
SEGUNDA: BIEN OBJETO DE DACIÓN
EL DEUDOR es propietario del inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], inscrito en la Partida N° [PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de Predios, cuyas características se detallan en [DESCRIPCION_INMUEBLE].
TERCERA: DACIÓN EN PAGO
EL DEUDOR transfiere en propiedad a EL ACREEDOR el inmueble descrito, en calidad de dación en pago, para extinguir la deuda indicada. EL ACREEDOR acepta recibir el inmueble como pago de dicha obligación.
CUARTA: VALOR Y SALDO
Las partes valorizan el inmueble en [VALOR_INMUEBLE]. De existir diferencia con la deuda, [TRATAMIENTO_SALDO].
QUINTA: ENTREGA Y SANEAMIENTO
EL DEUDOR entrega el inmueble libre de cargas y gravámenes, obligándose al saneamiento conforme a ley.
SEXTA: BASE LEGAL
El presente contrato se rige por las normas de la dación en pago del Código Civil peruano.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en [LUGAR], a los [FECHA].
_______________________ _______________________
EL DEUDOR EL ACREEDOR
DNI N° [DNI_DEUDOR] DNI N° [DNI_ACREEDOR]
¿Qué es y para qué sirve?
La dación en pago de un inmueble permite al deudor extinguir una deuda de dinero entregando en propiedad un bien inmueble, en lugar de pagar en efectivo, siempre que el acreedor acepte recibirlo. Sirve para cancelar obligaciones cuando el deudor carece de liquidez pero dispone de un predio.
¿Quién lo presenta y cuándo?
Lo suscriben el deudor propietario del inmueble y el acreedor que acepta recibirlo como pago. Se usa cuando ambos prefieren saldar la deuda con un bien en vez de dinero.
Base legal
Se ampara en las normas sobre dación en pago del Código Civil peruano, que permiten extinguir la obligación entregando una prestación distinta a la debida, con aceptación del acreedor.
¿Qué datos necesitas?
- Datos y DNI del deudor y del acreedor
- Monto y origen de la deuda
- Ubicación y partida registral del inmueble
- Descripción de las características del bien
- Valorización del inmueble
- Tratamiento de la diferencia con la deuda
- Constancia de que el bien está libre de cargas
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Verifica la titularidad y situación registral del inmueble
- Determina el monto de la deuda a extinguir
- Valoriza el inmueble de común acuerdo
- Define el tratamiento de cualquier diferencia
- Redacta el contrato y elévalo a escritura pública
- Inscribe la transferencia en registros
- Conserva copias y la constancia de inscripción
Errores comunes
- No verificar la situación registral del inmueble
- Transferir un bien con cargas ocultas
- No valorizar el inmueble ni tratar la diferencia
- Omitir la escritura pública y la inscripción
¿Qué es la dación en pago?
Es la entrega de una prestación distinta a la debida para extinguir una obligación, siempre que el acreedor acepte recibirla como pago.
¿Debe elevarse a escritura pública?
Al tratarse de la transferencia de un inmueble, es necesaria la escritura pública y su inscripción en registros para dar seguridad a la operación.
¿Qué pasa si el inmueble vale más que la deuda?
Depende de lo pactado; las partes pueden acordar un reembolso a favor del deudor o aplicar la diferencia a otra obligación.
¿El deudor responde por defectos del inmueble?
Sí. El deudor está obligado al saneamiento del bien entregado, respondiendo por evicción y por los vicios ocultos conforme a ley.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de dación en pago de bien inmueble por deuda dineraria
¿El modelo de contrato de dación en pago de bien inmueble por deuda dineraria es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-dacion-en-pago-de-bien-inmueble-por-deuda-dineraria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de dación en pago de bien inmueble por deuda dineraria sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Acuerdo de Dación en Pago de Bien Mueble por Deuda Dineraria
Acuerdo por el cual el deudor entrega un bien mueble en lugar del dinero adeudado y el acreedor lo acepta como cancelación, conforme a los artículos 1265 y 1266 del Código Civil. Word editable.
Reconocimiento de Deuda con Compromiso de Pago
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Demanda de Devolución de Bien Arrendado por Vencimiento de Contrato
Demanda para exigir la devolución del bien arrendado y el cobro de la penalidad o renta por el periodo de ocupación tras el vencimiento, conforme al Art. 1704 del Código Civil.
Demanda de Cumplimiento de Contrato de Compraventa y Entrega de Bien
Demanda para exigir al vendedor el perfeccionamiento de la transferencia y la entrega del bien vendido, conforme a los Arts. 1549 y 1553 del Código Civil (D.Leg. 295).
Demanda de Resolución de Contrato de Compraventa por Falta de Pago del Precio
Demanda para resolver la compraventa cuando el comprador deja de pagar tres armadas del precio, conforme a los Arts. 1561 y 1428 del Código Civil (D.Leg. 295).
Demanda de Pago de Legado de Bien Determinado contra los Herederos
Demanda del legatario para exigir a los herederos la entrega o pago del legado de bien determinado, conforme a los Arts. 756, 757 y 766 del Código Civil. Modelo editable.
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