Contrato de Desarrollo de Página Web o Software con Cesión de Derechos Patrimoniales
Contrato de desarrollo de página web o software que combina la locación de servicios del Código Civil con la cesión de los derechos patrimoniales de autor al cliente, conforme al Decreto Legislativo 822, para que el código y el diseño le pertenezcan una vez pagado el precio.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE DESARROLLO DE PÁGINA WEB Y SOFTWARE CON CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES Conste por el presente documento el contrato que celebran: De una parte, [NOMBRE_CLIENTE], identificado con [DNI_RUC] N.° [NUMERO_CLIENTE], con domicilio en [DIRECCION_CLIENTE], a quien se denominará EL CLIENTE; y de la otra, [NOMBRE_DESARROLLADOR], con RUC N.° [RUC_DESARROLLADOR], con domicilio en [DIRECCION_DESARROLLADOR], a quien se denominará EL DESARROLLADOR, en los términos siguientes: PRIMERA: OBJETO EL DESARROLLADOR se obliga a diseñar y desarrollar a favor de EL CLIENTE el siguiente producto digital: [DESCRIPCION_PRODUCTO] (página web, aplicación o software), conforme a las especificaciones del anexo técnico. El contrato combina la locación de servicios de los artículos 1764 y siguientes del Código Civil con la cesión de derechos regulada por el Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor. SEGUNDA: ENTREGABLES Y PLAZO Los entregables son: [LISTA_ENTREGABLES] (código fuente, archivos de diseño, documentación y accesos). El desarrollo se ejecutará entre el [FECHA_INICIO] y el [FECHA_FIN], con los hitos indicados en el anexo. TERCERA: PRECIO Y FORMA DE PAGO EL CLIENTE pagará la suma de S/ [MONTO_TOTAL] ([MONTO_LETRAS]), del modo siguiente: [FORMA_PAGO]. Cada pago se realiza contra recibo por honorarios o factura, según corresponda. CUARTA: CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES EL DESARROLLADOR CEDE a EL CLIENTE, en forma exclusiva, ilimitada y para todo el territorio, la totalidad de los DERECHOS PATRIMONIALES de autor sobre la obra desarrollada (código fuente, código objeto, diseño, interfaz y documentación), conforme al Decreto Legislativo N.° 822. La cesión comprende, sin limitarse, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, transformación, adaptación y puesta a disposición en redes. La cesión surte plenos efectos una vez pagado el íntegro del precio. Los derechos morales, irrenunciables e inalienables, permanecen en EL DESARROLLADOR. QUINTA: ENTREGA DEL CÓDIGO FUENTE Al pago final, EL DESARROLLADOR entregará el código fuente completo, las credenciales y todo elemento necesario para que EL CLIENTE use, modifique y mantenga el producto de forma autónoma. SEXTA: GARANTÍA EL DESARROLLADOR garantiza el correcto funcionamiento por [NUMERO] días desde la entrega, corrigiendo sin costo los defectos imputables a su trabajo. SÉPTIMA: CONFIDENCIALIDAD Y NO VÍNCULO LABORAL EL DESARROLLADOR guardará confidencialidad y presta el servicio de forma autónoma, sin relación laboral con EL CLIENTE. OCTAVA: RESOLUCIÓN Y JURISDICCIÓN El incumplimiento faculta a resolver el contrato conforme al artículo 1428 del Código Civil. Las controversias se someten a los jueces de [CIUDAD]. En señal de conformidad, las partes firman en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ _______________________ EL CLIENTE EL DESARROLLADOR [NUMERO_CLIENTE] RUC N.° [RUC_DESARROLLADOR]
Cuándo usar este modelo
Usa este contrato cuando encargas o desarrollas una página web, una aplicación o un software y quieres que el código y el diseño le pertenezcan al cliente al terminar el proyecto. Combina la locación de servicios del Código Civil con la cesión de derechos patrimoniales de autor del Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor. Sin una cláusula de cesión, la obra sigue perteneciendo a quien la creó, y el cliente que pagó puede quedar impedido de modificarla o explotarla libremente.
Qué datos necesitas
- Datos del cliente y del desarrollador, con DNI o RUC.
- La descripción del producto digital y el anexo técnico.
- La lista de entregables: código fuente, diseño, documentación y accesos.
- El precio, la forma de pago y el momento en que surte efecto la cesión.
- El plazo de garantía por defectos del trabajo.
Paso a paso
- Describan el producto y anexen las especificaciones técnicas.
- Redacten la cláusula de cesión de derechos patrimoniales de forma exclusiva e ilimitada.
- Condicionen la plena eficacia de la cesión al pago total del precio.
- Pacten la entrega del código fuente y las credenciales al pago final.
- Fijen la garantía y firmen ambos ejemplares.
Errores comunes
- Contratar el desarrollo sin cláusula de cesión y quedar sin derechos sobre lo que se pagó.
- Confundir la cesión de derechos patrimoniales con los derechos morales, que son irrenunciables del autor.
- No exigir la entrega del código fuente, quedando atado al desarrollador para todo cambio.
- Olvidar el pacto de garantía por defectos posteriores a la entrega.
Preguntas frecuentes
¿Por qué necesito la cesión si ya pagué? Porque el Decreto Legislativo 822 protege la obra a favor de su autor; el pago del servicio no transfiere por sí solo los derechos patrimoniales sobre el código y el diseño, para eso se requiere una cesión expresa.
¿El desarrollador pierde todo derecho? Cede los derechos patrimoniales (explotación), pero conserva los derechos morales, como el de paternidad de la obra, que son irrenunciables e inalienables.
¿La cesión aplica al software a medida? Sí. El software está protegido como obra por el Decreto Legislativo 822, y la cesión permite que el cliente lo use, modifique y explote una vez pagado el precio.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de desarrollo de página web o software con cesión de derechos patrimoniales
¿El modelo de contrato de desarrollo de página web o software con cesión de derechos patrimoniales es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-desarrollo-de-pagina-web-o-software-con-cesion-de-derechos-patrimoniales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de desarrollo de página web o software con cesión de derechos patrimoniales sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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