Contrato de Trabajo del Régimen Laboral Agrario (Ley 31110)
Contrato bajo el régimen laboral agrario, agroexportador y agroindustrial, con remuneración diaria incrementada, BTA y derechos especiales (Ley 31110 y su reglamento).
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE TRABAJO DEL RÉGIMEN LABORAL AGRARIO Conste por el presente documento el contrato de trabajo del régimen laboral agrario que celebran, de una parte, [NOMBRE_EMPLEADOR], con RUC [RUC_EMPLEADOR], domicilio en [DOMICILIO_EMPLEADOR], representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], DNI [DNI_REPRESENTANTE], denominada EL EMPLEADOR. Y de la otra, [NOMBRE_TRABAJADOR], DNI [DNI_TRABAJADOR], domicilio en [DOMICILIO_TRABAJADOR], denominado EL TRABAJADOR. PRIMERA. RÉGIMEN APLICABLE El presente contrato se sujeta al régimen laboral agrario regulado por la Ley 31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, y su reglamento. SEGUNDA. OBJETO EL TRABAJADOR se obliga a realizar labores de [DESCRIPCION_LABORES_AGRICOLAS] en el predio o unidad productiva ubicada en [UBICACION_PREDIO]. TERCERA. MODALIDAD Y DURACIÓN El contrato es a plazo [DETERMINADO_O_INDETERMINADO]. En caso de plazo determinado regirá del [FECHA_INICIO] al [FECHA_FIN], pudiendo renovarse según la actividad. CUARTA. REMUNERACIÓN EL EMPLEADOR pagará una remuneración diaria (RD) de S/ [REMUNERACION_DIARIA], la cual incluye de modo desagregado la remuneración básica y la Bonificación por Trabajo Agrario (BTA) conforme a la Ley 31110, sin perjuicio de la opción del trabajador de percibir los conceptos separadamente. QUINTA. JORNADA Y SOBRETIEMPO La jornada es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales. El sobretiempo se abona con un recargo no menor al 25% por hora sobre la remuneración básica para las dos primeras horas. SEXTA. DESCANSO Y VACACIONES EL TRABAJADOR tiene derecho a treinta días de descanso vacacional por año de servicios, abonándose vacaciones truncas según los días trabajados. SÉTIMA. SEGURIDAD SOCIAL E INDEMNIZACIÓN EL TRABAJADOR está afiliado a EsSalud y al sistema pensionario. En caso de despido arbitrario, la indemnización es de 45 RD por año completo, con tope de 360 RD. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ _______________________ EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
Qué regula la Ley 31110
La Ley 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, regula la relación de trabajo de quienes laboran en actividades de cultivo, crianza, agroindustria y agroexportación. Reemplazó al antiguo régimen de la Ley 27360 y mejoró los derechos del trabajador del campo. Usa este contrato cuando contratas personal para fundos, packing, plantas agroindustriales o labores de riego comprendidas en la norma.
Derechos del trabajador agrario
El régimen agrario otorga una remuneración que incorpora de forma proporcional la CTS y las gratificaciones dentro del cálculo, salvo que el trabajador opte por percibirlas por separado. Reconoce vacaciones de 30 días por año completo de servicios, jornada máxima de 8 horas diarias o 48 semanales, descanso semanal, indemnización por despido arbitrario y afiliación a EsSalud y al sistema de pensiones. La norma fue elevando de forma progresiva los beneficios para acercarlos al régimen general.
Datos que debe contener el contrato
- Identificación del empleador agrario y del trabajador con DNI.
- Labor agraria específica y lugar de prestación (fundo, planta, packing).
- Remuneración diaria o mensual y la forma en que se incorporan CTS y gratificaciones.
- Jornada y horario de trabajo.
- Plazo: indeterminado o sujeto a la temporada o campaña agrícola.
Indemnización por despido
La Ley 31110 fijó una indemnización por despido arbitrario más alta que la del régimen general para el sector agrario, calculada en remuneraciones por cada año de servicios con un tope. Verifica el monto vigente porque la norma estableció escalas. Si despides sin causa justa, deberás esa indemnización además de los beneficios truncos pendientes.
Base legal
- Ley 31110: régimen laboral agrario, agroexportador y agroindustrial.
- D.S. 005-2021-MIDAGRI: reglamento de la Ley 31110.
- D.S. 003-97-TR: aplicación supletoria del régimen laboral común en lo no previsto.
Errores frecuentes
- Pagar la remuneración mínima del régimen general olvidando los componentes agrarios de CTS y gratificación.
- Encadenar contratos por temporada para evadir la estabilidad cuando la labor es permanente.
- No registrar al trabajador en planilla electrónica ni afiliarlo a EsSalud.
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Para personal estable revisa el contrato a plazo indeterminado. Al término de la relación entrega la liquidación de beneficios sociales y la constancia de trabajo.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de trabajo del régimen laboral agrario (ley 31110)
¿El modelo de contrato de trabajo del régimen laboral agrario (ley 31110) es gratis?
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¿Puedo presentar este modelo de contrato de trabajo del régimen laboral agrario (ley 31110) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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