Demanda Colectiva de Consumidores
Demanda en defensa de intereses colectivos o difusos de consumidores, conforme al Art. 128 de la Ley 29571 (Código de Protección y Defensa del Consumidor).
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DEMANDA EN DEFENSA DE INTERESES COLECTIVOS DE LOS CONSUMIDORES SUMILLA: Interpongo demanda en defensa de intereses colectivos de consumidores. SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]: [NOMBRE_ASOCIACION_O_INDECOPI], debidamente representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], ante usted respetuosamente digo: I. DEMANDADO [RAZON_SOCIAL_PROVEEDOR], con RUC N° [RUC_PROVEEDOR], domiciliado en [DOMICILIO_PROVEEDOR]. II. PETITORIO Solicito se ordene al demandado el cese de la conducta lesiva [DESCRIPCION_CONDUCTA] y el pago de la indemnización a favor del grupo de consumidores afectados ascendente a S/ [MONTO_INDEMNIZACION], más intereses y costas. III. LEGITIMIDAD Conforme al Art. 128 de la Ley 29571, el interés colectivo comprende a un conjunto determinable de consumidores afectados por el mismo proveedor, y el interés difuso a un conjunto indeterminado de consumidores. IV. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El proveedor incurrió en la conducta [DESCRIPCION_CONDUCTA] desde el [FECHA_INICIO_CONDUCTA]. 2. Dicha conducta afectó a un grupo de aproximadamente [NUMERO_AFECTADOS] consumidores. 3. El daño común consistió en [DESCRIPCION_DANO]. V. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Art. 128 de la Ley 29571: definición de intereses colectivos y difusos. - Art. 129 de la Ley 29571: legitimidad de las asociaciones de consumidores e INDECOPI. - Art. 130 de la Ley 29571: efectos de la sentencia respecto del grupo afectado. VI. MEDIOS PROBATORIOS a) Documentación que acredita la conducta lesiva. b) Padrón referencial de consumidores afectados. VII. ANEXOS 1-A Poder de representación. 1-B Pruebas de la conducta infractora. POR TANTO: Pido admitir la demanda y declararla fundada en su oportunidad. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_REPRESENTANTE]
Cuándo usar este modelo
Usa esta demanda cuando una conducta de un proveedor afecta a un grupo determinado o determinable de consumidores (intereses colectivos) o a un conjunto indeterminado de personas (intereses difusos), por ejemplo cobros indebidos masivos, cláusulas abusivas o publicidad engañosa que perjudica a muchos usuarios. Se sustenta en el artículo 128 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, que legitima al INDECOPI y a las asociaciones de consumidores para actuar en defensa de estos intereses.
La vía colectiva permite obtener una sentencia que beneficie a todos los consumidores afectados, evitando la multiplicidad de procesos individuales por un mismo hecho.
Qué datos necesitas
- Identificación del legitimado: asociación de consumidores o INDECOPI y su representante.
- Razón social y RUC del proveedor demandado y su domicilio.
- Descripción de la conducta lesiva y del grupo de consumidores afectados.
- Pretensiones: cese de la conducta, indemnización y devoluciones a favor del grupo.
- Medios probatorios que acreditan el carácter colectivo o difuso de la afectación.
Paso a paso
- Verifica la legitimidad para obrar del INDECOPI o de la asociación de consumidores.
- Documenta la conducta del proveedor y el universo de consumidores afectados.
- Redacta la demanda invocando el artículo 128 de la Ley 29571 y las normas procesales aplicables.
- Preséntala ante el Juez Especializado en lo Civil del distrito judicial competente.
- Impulsa el proceso y solicita medidas para la difusión de la sentencia entre los afectados.
Errores comunes
- Presentar la demanda sin legitimidad para obrar en defensa de intereses colectivos o difusos.
- Confundir un reclamo individual de consumo con una afectación de alcance colectivo.
- No delimitar el grupo de consumidores ni acreditar la magnitud del daño.
- Omitir la vía administrativa ante el INDECOPI cuando resulta más eficaz para el caso.
Preguntas frecuentes
Quién puede demandar? El INDECOPI y las asociaciones de consumidores reconocidas, conforme al artículo 128 de la Ley 29571; el consumidor individual defiende su interés propio por otras vías.
La sentencia beneficia a todos los afectados? Sí, la resolución en defensa de intereses colectivos o difusos extiende sus efectos al grupo de consumidores perjudicados.
Puedo también denunciar ante el INDECOPI? Sí. La vía administrativa ante el INDECOPI puede imponer multas de hasta 450 UIT, equivalentes a S/ 2,475,000 con la UIT 2026 de S/ 5,500.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda colectiva de consumidores
¿El modelo de demanda colectiva de consumidores es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-colectiva-de-consumidores/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda colectiva de consumidores sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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