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Salud

Denuncia por Negativa de Atención de Emergencia

Denuncia ante SUSALUD por negativa de atención de emergencia en un establecimiento de salud, invocando el Art. 3 y Art. 39 de la Ley 26842, la Ley 29414 y el Art. 67 de la Ley 29571.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DENUNCIA POR NEGATIVA DE ATENCIÓN DE EMERGENCIA

Señor(a)
Superintendente Nacional de Salud
Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD
Presente.-

Asunto: Denuncia por negativa de atención de emergencia.

Yo, [NOMBRE_DENUNCIANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_DENUNCIANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DENUNCIANTE], correo [CORREO_DENUNCIANTE] y teléfono [TELEFONO_DENUNCIANTE], ante su despacho expongo:

I. ESTABLECIMIENTO DENUNCIADO
Nombre: [NOMBRE_ESTABLECIMIENTO]
Dirección: [DIRECCION_ESTABLECIMIENTO]

II. HECHOS
1. El día [FECHA_HECHO], siendo aproximadamente las [HORA_HECHO], el(la) paciente [NOMBRE_PACIENTE], DNI [DNI_PACIENTE], se presentó en estado de emergencia por [DESCRIPCION_EMERGENCIA].
2. El personal del establecimiento se NEGÓ a brindar la atención de emergencia, alegando lo siguiente: [MOTIVO_NEGATIVA] (por ejemplo: falta de seguro, exigencia de pago previo, falta de cupo).
3. Como consecuencia de la negativa se produjo: [CONSECUENCIA].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El Art. 3 de la Ley 26842 (Ley General de Salud) establece que toda persona tiene derecho a recibir atención médico-quirúrgica de emergencia cuando la necesite, mientras subsista el estado de grave riesgo para su vida o salud.
2. El Art. 39 de la Ley 26842 obliga a los establecimientos de salud, sin excepción, a prestar atención inmediata a toda persona en situación de emergencia.
3. La Ley 29414 reconoce el derecho a la atención de emergencia sin condicionarla a pago o documentación previa.
4. El Art. 67 de la Ley 29571 (Código de Protección y Defensa del Consumidor) refuerza el deber de atención de emergencia en los servicios de salud.

IV. PETITORIO
SOLICITO a SUSALUD:
a) Admitir la presente denuncia.
b) Disponer la investigación de los hechos y requerir el informe del establecimiento.
c) Iniciar el procedimiento administrativo sancionador que corresponda.
d) Notificarme las actuaciones del procedimiento.

ANEXOS
- Copia de DNI.
- Documentos médicos y testimoniales que acrediten los hechos.

[CIUDAD], [FECHA]


_______________________________
[NOMBRE_DENUNCIANTE]
DNI: [DNI_DENUNCIANTE]
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Cuándo usar este modelo

Esta denuncia se presenta ante SUSALUD cuando un establecimiento de salud, público o privado, niega o condiciona la atención de una emergencia. La atención de emergencia es un derecho reconocido por el Art. 3 y el Art. 39 de la Ley 26842, Ley General de Salud, que obligan a todo establecimiento a prestar atención inmediata a quien se encuentre en grave riesgo, sin exigir pago previo ni garantías.

Se usa cuando una clínica rechazó a un paciente en riesgo vital, exigió un depósito antes de atender o lo derivó indebidamente sin estabilizarlo. También se apoya en el Art. 67 de la Ley 29571 sobre servicios de salud.

Qué datos necesitas

  • Datos del denunciante: DNI, domicilio, correo y teléfono.
  • Nombre y dirección del establecimiento que negó la atención.
  • Fecha, hora y descripción de lo ocurrido.
  • Estado del paciente y tipo de emergencia.
  • Nombre del personal que atendió o rechazó, si se conoce.
  • Pruebas: testigos, grabaciones, informes de otro establecimiento.

Paso a paso

  1. Anota de inmediato la hora, el lugar y las personas involucradas.
  2. Reúne pruebas: la atención posterior en otro centro es un respaldo clave.
  3. Redacta la denuncia invocando los Arts. 3 y 39 de la Ley 26842.
  4. Detalla la negativa o el condicionamiento del servicio.
  5. Presenta la denuncia ante SUSALUD por su plataforma o mesa de partes.
  6. Registra el expediente y colabora con la investigación.

Errores comunes

  • No documentar la hora exacta ni recabar testigos del hecho.
  • Confundir una consulta ordinaria con una verdadera emergencia.
  • No conservar los informes del establecimiento que sí atendió.
  • Demorar la denuncia hasta que se pierden las pruebas.

Preguntas frecuentes

¿Pueden exigir un depósito antes de atender una emergencia? No; la Ley 26842 prohíbe condicionar la atención de emergencia a un pago o garantía previa.

¿La denuncia procede contra establecimientos privados? Sí; la obligación alcanza a todos los establecimientos, sean públicos o privados.

¿Puedo denunciar y además demandar? Sí; la denuncia ante SUSALUD no impide reclamar la indemnización civil ni acudir a la vía penal si hubo daño.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia por negativa de atención de emergencia

¿El modelo de denuncia por negativa de atención de emergencia es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-por-negativa-de-atencion-de-emergencia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de denuncia por negativa de atención de emergencia sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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