Escritura Pública de Ratificación de Documento Privado
Escritura pública mediante la cual el otorgante ratifica el contenido íntegro de un documento privado, conforme al artículo 141 del Código Civil, sin modificarlo.
Actualizado al 26 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ESCRITURA PÚBLICA DE RATIFICACIÓN DE DOCUMENTO PRIVADO SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una en la que conste la RATIFICACIÓN que otorga [NOMBRE_DEL_OTORGANTE], identificado con [TIPO_DOCUMENTO] N.° [NUMERO_DOCUMENTO], con domicilio en [DIRECCION_DEL_OTORGANTE], en los términos siguientes: PRIMERO.- ANTECEDENTES Con fecha [FECHA_DEL_DOCUMENTO_PRIVADO], el otorgante suscribió el documento privado denominado [DENOMINACION_DEL_DOCUMENTO_PRIVADO], mediante el cual [RESUMEN_DEL_CONTENIDO_DEL_DOCUMENTO_PRIVADO], documento que se inserta y forma parte integrante de la presente escritura como Anexo N.° 1. SEGUNDO.- MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD El otorgante declara que, conforme al artículo 141 del Código Civil, su manifestación de voluntad expresada en el documento privado referido fue libre, consciente y sin vicio alguno, y que la suscripción de la presente escritura pública tiene por único objeto RATIFICAR el contenido íntegro de dicho documento, confirmando su validez y vigencia, sin introducir modificación, adición ni supresión alguna a sus términos originales. TERCERO.- ALCANCES DE LA RATIFICACIÓN El otorgante deja expresa constancia de que la presente ratificación: a) No constituye una aclaración ni rectificación del contenido del documento privado, pues no varía ni corrige dato alguno consignado en él. b) Tiene como única finalidad dotar de fecha cierta y mayor formalidad al acto jurídico ya perfeccionado mediante el documento privado. c) No afecta los derechos que terceros hubieran adquirido de buena fe con anterioridad a la presente escritura. CUARTO.- DECLARACIÓN DE VIGENCIA El otorgante declara bajo responsabilidad que, a la fecha de la presente escritura, el documento privado ratificado se encuentra plenamente vigente y no ha sido objeto de resolución, rescisión, nulidad o modificación alguna. Agregue usted, señor Notario, las demás cláusulas de estilo, inserte el documento privado referido como anexo y sírvase cursar los partes correspondientes para su inscripción registral, de ser pertinente. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO] _______________________________ [NOMBRE_DEL_OTORGANTE] [TIPO_DOCUMENTO] N.° [NUMERO_DOCUMENTO]
Cuándo usar este modelo
Se usa cuando existe un documento privado válidamente celebrado —un contrato, una declaración, un acuerdo— y las partes desean elevarlo a escritura pública únicamente para confirmar su contenido y otorgarle mayor formalidad y fecha cierta, sin modificar ni corregir ninguno de sus términos. A diferencia de la escritura de aclaración o rectificación, que corrige datos o subsana errores, la ratificación se limita a reafirmar la validez de lo ya pactado, conforme a la manifestación de voluntad regulada en el artículo 141 del Código Civil.
Qué datos necesitas
- El documento privado original que se desea ratificar, completo y legible.
- Datos del otorgante u otorgantes que suscribieron dicho documento.
- Fecha y denominación exacta del documento privado.
- Confirmación de que no existe intención de modificar el contenido, solo de ratificarlo.
Paso a paso
- Reúne el documento privado que será ratificado y verifica que esté completo.
- Redacta la minuta de ratificación insertando el documento privado como anexo.
- Acude a la notaría para la firma y elevación a escritura pública.
- Si el acto lo requiere, tramita la inscripción registral de la escritura resultante.
Errores comunes
- Aprovechar la ratificación para introducir cambios de fondo, lo que la desnaturaliza y puede generar nulidad del acto.
- Confundir la ratificación con la rectificación, que sí corrige datos o errores materiales.
- No adjuntar el documento privado original como anexo de la escritura.
- Omitir la declaración de vigencia del documento privado a la fecha de la ratificación.
Preguntas frecuentes
¿La ratificación cambia la fecha del acto original? No, el acto jurídico original mantiene su fecha; la escritura solo certifica y confirma su contenido en la fecha de la ratificación.
¿Se puede ratificar un documento firmado por varias personas? Sí, siempre que todas las partes originales concurran a ratificar o se acredite la representación correspondiente.
¿Qué pasa si el documento privado tenía un error? En ese caso corresponde una escritura de aclaración o rectificación, no de ratificación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura pública de ratificación de documento privado
¿El modelo de escritura pública de ratificación de documento privado es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-publica-de-ratificacion-de-documento-privado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de escritura pública de ratificación de documento privado sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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