Queja ante SUSALUD por Falta de Respuesta al Reclamo de la Clínica o Seguro
Queja presentada ante SUSALUD cuando la IPRESS (clínica) o la IAFAS (seguro) no responde el reclamo en el plazo de 30 días hábiles o lo responde de forma insatisfactoria, al amparo del Reglamento aprobado por D.S. 002-2019-SA.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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QUEJA ANTE SUSALUD POR FALTA DE RESPUESTA AL RECLAMO [LUGAR], [FECHA] Señores Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD Presente.- Asunto: Queja contra [NOMBRE_CLINICA_O_SEGURO] por no atender mi reclamo Yo, [NOMBRE_QUEJOSO], identificado(a) con DNI N.° [DNI_QUEJOSO], con domicilio en [DOMICILIO], correo [CORREO] y teléfono [TELEFONO], ante SUSALUD expongo: PRIMERO.- ANTECEDENTES Con fecha [FECHA_RECLAMO] presenté ante [NOMBRE_CLINICA_O_SEGURO] (IPRESS/IAFAS) el reclamo N.° [NUMERO_RECLAMO], registrado en su libro de reclamaciones, por el siguiente motivo: [MOTIVO_RECLAMO]. Adjunto copia del cargo o de la hoja de reclamación. SEGUNDO.- HECHO QUE MOTIVA LA QUEJA A la fecha han transcurrido [DIAS_TRANSCURRIDOS] días hábiles y la entidad: (marque) ( ) no ha respondido mi reclamo; ( ) respondió fuera de plazo; ( ) respondió de manera evasiva o sin resolver el fondo. Esta conducta vulnera mi derecho como usuario de los servicios de salud. TERCERO.- FUNDAMENTO LEGAL El Reglamento para la gestión de reclamos y denuncias de los usuarios de las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS, aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2019-SA, establece que la entidad debe resolver el reclamo dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles. Vencido dicho plazo sin respuesta o ante una respuesta que no resuelve el fondo, el usuario puede acudir a SUSALUD, entidad competente para supervisar y sancionar el incumplimiento de las obligaciones en materia de aseguramiento y prestación de servicios de salud. CUARTO.- PETITORIO Solicito a SUSALUD: (i) admitir a trámite la presente queja; (ii) requerir a [NOMBRE_CLINICA_O_SEGURO] que responda de inmediato y por el fondo mi reclamo; (iii) supervisar el caso y, de corresponder, iniciar el procedimiento sancionador; y (iv) disponer las medidas que protejan mi derecho a la salud. Adjunto: copia de mi DNI; copia del reclamo N.° [NUMERO_RECLAMO] con su cargo; y todo documento que sustente el reclamo original. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_QUEJOSO] DNI N.° [DNI_QUEJOSO]
Cuándo usar este modelo
Usa esta queja cuando ya presentaste un reclamo a una clínica (IPRESS) o a tu seguro (IAFAS) y no te respondieron en los 30 días hábiles que manda la ley, o te respondieron sin resolver el fondo. El Reglamento aprobado por D.S. 002-2019-SA fija ese plazo y habilita acudir a SUSALUD, que supervisa y puede sancionar a la entidad. Es el paso siguiente al reclamo inicial: no repite el reclamo, lo escala. Casi nadie sabe que esta segunda instancia existe, y por eso muchos abandonan sin resolver.
Qué datos necesitas
- Tus datos completos y de contacto.
- Nombre de la clínica o seguro reclamado.
- Número y fecha del reclamo original y copia de su cargo.
- Cuántos días hábiles han pasado sin respuesta.
- Motivo del reclamo y documentos que lo sustentan.
Paso a paso
- Confirma que ya vencieron los 30 días hábiles desde tu reclamo original.
- Completa esta queja indicando el número de reclamo y qué falló (silencio o respuesta evasiva).
- Preséntala ante SUSALUD por mesa de partes, su plataforma virtual o la línea de orientación.
- Adjunta la copia del reclamo con su cargo y los documentos de sustento.
- Guarda el cargo de la queja y haz seguimiento del número de expediente.
Errores comunes
- Ir a SUSALUD antes de reclamar a la entidad: primero debe existir el reclamo previo.
- No conservar el cargo del reclamo original, que es la prueba clave de la fecha.
- Confundir la queja por falta de respuesta con un reclamo por mala atención: aquí el problema es el silencio.
- Contar días calendario en lugar de días hábiles al calcular el plazo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene la clínica o el seguro para responder? El D.S. 002-2019-SA fija un máximo de 30 días hábiles. Vencido ese plazo sin respuesta, ya puedes quejarte ante SUSALUD.
¿SUSALUD resuelve mi problema de fondo? SUSALUD supervisa y puede requerir y sancionar a la entidad para que cumpla. No reemplaza una demanda judicial, pero suele destrabar el reclamo con rapidez.
¿Necesito abogado para presentarla? No es obligatorio. La queja es un trámite administrativo que puedes presentar tú mismo con tus documentos.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de queja ante susalud por falta de respuesta al reclamo de la clínica o seguro
¿El modelo de queja ante susalud por falta de respuesta al reclamo de la clínica o seguro es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/queja-ante-susalud-por-falta-de-respuesta-al-reclamo-de-la-clinica-o-seguro/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de queja ante susalud por falta de respuesta al reclamo de la clínica o seguro sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Reclamo ante Clínica por Presunta Negligencia Médica
Carta de reclamo formal dirigida a una clínica o IPRESS por presunta negligencia médica, invocando la Ley 26842, la Ley 29414 y el Reglamento de reclamos D.S. 002-2019-SA. Exige respuesta e historia clínica.
Reclamo ante SUSALUD por Mala Atención
Escrito de reclamo o denuncia ante la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) por mala atención en una IPRESS o IAFAS, conforme a la Ley 29414 y el Reglamento D.S. 002-2019-SA. Plazo de respuesta de 30 días.
Carta de Reclamo a EPS o Seguro de Salud
Carta de reclamo dirigida a una EPS o aseguradora de salud (IAFAS) por negativa de cobertura, demora o cobro indebido, invocando la Ley 29414, el D.S. 002-2019-SA y el Art. 24 de la Ley 29571.
Reclamo por Cobro Indebido de Clínica u Hospital
Carta de reclamo a una clínica u hospital por cobro indebido o excesivo de servicios de salud, con devolución de lo pagado, conforme al Art. 24 y Art. 65 de la Ley 29571 y la Ley 29414.
Reclamo ante SUSALUD por Negativa de Cobertura de EPS
Reclamo contra una EPS o aseguradora ante SUSALUD por negativa indebida de cobertura, invocando la Ley 26842, la Ley 29344 y los derechos del usuario de salud (Ley 29414).
Reclamo ante SUSALUD por Demora en Cita o Cirugía Programada
Reclamo formal ante la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) por la demora injustificada en el otorgamiento de una cita, procedimiento o cirugía programada, invocando la Ley 29344, la Ley 29414 y el Decreto Legislativo 1158 para exigir la atención oportuna.
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