Recibo de Depósito de Garantía de Alquiler con Condiciones de Devolución
Recibo firmado por el arrendador que deja constancia del monto del depósito de garantía, su finalidad y las condiciones de devolución al inquilino. El depósito no está regulado por el Código Civil y vale lo pactado según el artículo 1354.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECIBO DE DEPÓSITO DE GARANTÍA DE ALQUILER Yo, [NOMBRE_ARRENDADOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_ARRENDADOR], en mi calidad de arrendador del inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], distrito de [DISTRITO], DECLARO HABER RECIBIDO de [NOMBRE_INQUILINO], identificado(a) con DNI N.° [DNI_INQUILINO], la suma que se detalla en el presente recibo, en calidad de depósito de garantía del contrato de arrendamiento de fecha [FECHA_CONTRATO]. PRIMERO: MONTO Y FORMA DE ENTREGA Recibo la suma de S/ [MONTO_GARANTIA] ([MONTO_EN_LETRAS]), entregada mediante [MEDIO_PAGO] con fecha [FECHA_ENTREGA]. Esta suma equivale a [NUMERO_MESES] mes(es) de renta. SEGUNDO: NATURALEZA Y FINALIDAD El presente depósito constituye una garantía en respaldo del cumplimiento de las obligaciones del inquilino. Su finalidad es cubrir eventuales daños al inmueble distintos del desgaste normal, deudas de servicios impagas y penalidades pactadas en el contrato. El depósito no constituye adelanto de renta ni podrá imputarse al pago de mensualidades, salvo pacto escrito distinto, conforme a la libertad contractual del artículo 1354 del Código Civil. TERCERO: CONSERVACIÓN El arrendador conservará el depósito durante toda la vigencia del contrato y sus prórrogas, sin obligación de pagar intereses, salvo pacto expreso. CUARTO: CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN El depósito se devolverá al inquilino dentro de los [DIAS_DEVOLUCION] días calendario siguientes a la desocupación y entrega del inmueble, previa inspección conjunta que verifique: (i) la entrega del inmueble en las condiciones en que fue recibido, salvo el desgaste normal; (ii) el pago íntegro de la renta y de los servicios a cargo del inquilino; y (iii) la inexistencia de daños o penalidades pendientes. De existir deudas o daños, su importe se deducirá del depósito y se devolverá el saldo, entregando al inquilino la liquidación detallada. QUINTO: ACTA DE ENTREGA Al inicio del arrendamiento las partes suscriben un acta con el estado del inmueble y su inventario, que servirá de referencia para la inspección de salida. En señal de conformidad, se firma el presente recibo por duplicado en [LUGAR], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO]. ______________________ ______________________ [NOMBRE_ARRENDADOR] [NOMBRE_INQUILINO] DNI [DNI_ARRENDADOR] DNI [DNI_INQUILINO] Arrendador (recibí conforme) Inquilino
Cuándo usar este modelo
Usa este recibo al momento de firmar el alquiler y entregar el depósito de garantía. Es el documento que todo inquilino debería exigir y que todo arrendador debería dar, porque deja constancia de cuánto se entregó, para qué sirve y en qué condiciones se devuelve. El depósito de garantía no está regulado por el Código Civil: vale lo que las partes pacten, dentro de la libertad contractual del artículo 1354. Sin este recibo, al final del contrato se discute si el depósito existió, si era adelanto de renta o cuánto corresponde devolver.
Qué datos necesitas
- Nombres y DNI del arrendador y del inquilino.
- La dirección del inmueble y la fecha del contrato de arrendamiento.
- El monto exacto del depósito, en números y letras, y el medio de entrega.
- La finalidad del depósito y la aclaración de que no es adelanto de renta.
- El plazo y las condiciones de devolución, incluida la inspección de salida.
Paso a paso
- Verifica el monto y el medio de entrega del depósito (transferencia, depósito o efectivo).
- Deja escrito que el depósito garantiza daños y deudas, y que no se imputa a la renta salvo pacto distinto.
- Fija el plazo de devolución en días calendario después de entregar el inmueble.
- Levanta al inicio un acta con el estado del inmueble e inventario, para comparar en la salida.
- Firma el recibo por duplicado; el arrendador entrega el original al inquilino.
Errores comunes
- Entregar el depósito sin ningún recibo, confiando solo en el contrato.
- No aclarar si el depósito cubre servicios impagos además de daños.
- No hacer el acta de estado inicial, que es la referencia para la inspección de salida.
- No fijar un plazo de devolución, lo que permite al arrendador retenerlo indefinidamente.
Preguntas frecuentes
¿El depósito puede usarse como último mes de renta? Solo si se pacta por escrito. Por defecto cubre daños y deudas; si quieres aplicarlo a la última mensualidad, usa un convenio específico para ello.
¿En cuánto tiempo deben devolverme el depósito? En el plazo que hayan pactado. Por eso conviene fijarlo en el recibo (por ejemplo, un número de días después de entregar el inmueble y verificar que no haya daños ni deudas).
¿El arrendador debe pagarme intereses por el depósito? No, salvo que se haya pactado expresamente. Sin pacto, el depósito se conserva sin generar intereses.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recibo de depósito de garantía de alquiler con condiciones de devolución
¿El modelo de recibo de depósito de garantía de alquiler con condiciones de devolución es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recibo-de-deposito-de-garantia-de-alquiler-con-condiciones-de-devolucion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recibo de depósito de garantía de alquiler con condiciones de devolución sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
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Contrato de Alquiler de Vivienda entre Familiares
Contrato de arrendamiento de vivienda celebrado entre parientes, útil para sustentar la renta ante SUNAT y evitar conflictos, con renta, plazo y obligaciones. Base legal: art. 1666 del Código Civil.
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