Reclamo al Banco por Cobro de Intereses por Encima de la Tasa Máxima del BCRP
Reclamo dirigido a la entidad financiera por haber cobrado intereses compensatorios o moratorios superiores a las tasas máximas fijadas semestralmente por el BCRP, en aplicación de la Ley 31143 contra la usura, con exigencia de recálculo y devolución.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECLAMO POR COBRO DE INTERESES SUPERIORES A LA TASA MÁXIMA FIJADA POR EL BCRP Lima, [FECHA] Señores [NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA] Área de Atención al Usuario / Libro de Reclamaciones Presente.- Asunto: Reclamo por aplicación de intereses por encima del tope máximo (Ley 31143) Código de reclamo: [CODIGO_RECLAMO] De mi consideración: Yo, [NOMBRE_USUARIO], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio en [DOMICILIO], titular del [PRODUCTO: crédito de consumo, tarjeta de crédito, préstamo] N.° [NUMERO_PRODUCTO], me dirijo a ustedes para presentar formal reclamo por lo siguiente: PRIMERO.- En mi estado de cuenta de fecha [FECHA_ESTADO_CUENTA] se me ha aplicado una tasa de interés [COMPENSATORIO_O_MORATORIO] de [TASA_APLICADA]% efectiva anual, la cual supera la tasa máxima de interés convencional vigente para el periodo, fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. SEGUNDO.- La Ley 31143, Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros, que modificó la Ley 28587, dispone que el BCRP fija semestralmente las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones del sistema financiero. El cobro de intereses por encima de dichos topes constituye usura y es nulo de pleno derecho. TERCERO.- Para el periodo comprendido entre [FECHA_INICIO] y [FECHA_FIN], la tasa máxima publicada por el BCRP fue de [TASA_MAXIMA_BCRP]% anual, por lo que el exceso cobrado asciende a S/ [MONTO_EXCESO], sin perjuicio de los intereses adicionales generados sobre dicho exceso. CUARTO.- El cobro de intereses sobre el tope legal vulnera además el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), que prohíbe los métodos abusivos y el cobro de conceptos no ajustados a ley. PETITORIO.- Solicito a su entidad: (i) recalcular los intereses de mi producto respetando la tasa máxima del BCRP vigente en cada periodo; (ii) devolver o abonar en mi cuenta el exceso cobrado de S/ [MONTO_EXCESO], más los intereses correspondientes; y (iii) emitir un nuevo cronograma o estado de cuenta corregido. De conformidad con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, su entidad debe darme respuesta en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario. De no atenderse mi reclamo, acudiré ante el INDECOPI y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Adjunto: estado de cuenta cuestionado, copia de mi DNI y [OTROS_DOCUMENTOS]. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_USUARIO] DNI N.° [NUMERO_DNI] Teléfono: [TELEFONO] — Correo: [CORREO]
Cuándo usar este modelo
Usa este reclamo cuando tu entidad financiera te aplicó una tasa de interés compensatorio o moratorio por encima del tope máximo que fija el BCRP. La Ley 31143, que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros y modificó la Ley 28587, ordena que el Banco Central de Reserva del Perú publique semestralmente las tasas máximas de interés convencional. Cobrar por encima de esos topes constituye usura y es nulo. No lo confundas con el reclamo por modificación unilateral de la tasa ni con la duplicidad de intereses: aquí el problema es la superación del límite legal.
Qué datos necesitas
- Tus datos y el número del crédito, tarjeta o préstamo afectado.
- El estado de cuenta donde figura la tasa aplicada.
- La tasa máxima del BCRP vigente en el periodo cuestionado.
- El cálculo del exceso cobrado.
- Tus canales de contacto para la respuesta.
Paso a paso
- Ubica en tu estado de cuenta la tasa efectiva anual aplicada.
- Consulta la tasa máxima publicada por el BCRP para el semestre correspondiente.
- Calcula el exceso entre lo cobrado y el tope legal.
- Presenta el reclamo por el Libro de Reclamaciones o el canal de atención al usuario.
- Si no te responden en 30 días o rechazan el reclamo, acude al INDECOPI y a la SBS.
Errores comunes
- Comparar la tasa con un tope de un semestre distinto al del cobro.
- Confundir la tasa compensatoria con la moratoria: cada una tiene su propio tope.
- No adjuntar el estado de cuenta que evidencia la tasa aplicada.
- Dejar pasar el plazo sin escalar el caso ante el INDECOPI o la SBS.
Preguntas frecuentes
¿Quién fija la tasa máxima? El Banco Central de Reserva del Perú, que conforme a la Ley 31143 publica semestralmente las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio del sistema financiero.
¿Qué pasa con el interés cobrado en exceso? El cobro por encima del tope es usurario y nulo; corresponde recalcular la deuda y devolver o abonar lo cobrado de más.
¿En cuánto tiempo deben responderme? El Código de Protección y Defensa del Consumidor fija un plazo máximo de treinta días calendario para responder los reclamos.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reclamo al banco por cobro de intereses por encima de la tasa máxima del bcrp
¿El modelo de reclamo al banco por cobro de intereses por encima de la tasa máxima del bcrp es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reclamo-al-banco-por-cobro-de-intereses-por-encima-de-la-tasa-maxima-del-bcrp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reclamo al banco por cobro de intereses por encima de la tasa máxima del bcrp sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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