Reclamo por Modificación de Comisiones o Tarifas sin el Aviso Previo de Cuarenta y Cinco Días
Reclamo dirigido al banco por haber modificado comisiones, tarifas o gastos sin comunicarlo con la anticipación mínima de 45 días calendario que exige el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado (Res. SBS N° 3274-2017), con exigencia de inaplicar el nuevo cobro.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECLAMO POR MODIFICACIÓN DE COMISIONES O TARIFAS SIN EL AVISO PREVIO DE CUARENTA Y CINCO DÍAS Lima, [FECHA] Señores [NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA] Área de Atención al Usuario / Libro de Reclamaciones Presente.- Asunto: Inaplicación de comisiones modificadas sin preaviso de 45 días Código de reclamo: [CODIGO_RECLAMO] De mi consideración: Yo, [NOMBRE_USUARIO], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio en [DOMICILIO], titular del producto [PRODUCTO: cuenta de ahorros, tarjeta de crédito, préstamo] N.° [NUMERO_PRODUCTO], presento formal reclamo por lo siguiente: PRIMERO.- En mi estado de cuenta de fecha [FECHA_ESTADO_CUENTA] se me ha aplicado un incremento en la comisión o tarifa por concepto de [CONCEPTO: mantenimiento, membresía, uso de canales u otro], que pasó de S/ [MONTO_ANTERIOR] a S/ [MONTO_NUEVO]. SEGUNDO.- Su entidad NO me comunicó dicha modificación con la anticipación mínima exigida por la normativa. No recibí aviso alguno por los medios pactados dentro del plazo legal, tomando conocimiento del incremento recién al recibir el estado de cuenta. TERCERO.- El Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N° 3274-2017, exige que las modificaciones de tasas de interés, comisiones y gastos que resulten perjudiciales para el usuario se comuniquen con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días calendario. Al no haberse cumplido este preaviso, el nuevo cobro es inaplicable. CUARTO.- El incumplimiento del deber de información oportuna vulnera además el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), que reconoce mi derecho a información previa, clara y adecuada sobre las condiciones de los productos financieros. PETITORIO.- Solicito a su entidad: (i) inaplicar la comisión o tarifa modificada sin el preaviso de 45 días y mantener la condición anterior; (ii) devolver o extornar los montos cobrados en exceso por S/ [MONTO_EXCESO]; y (iii) informarme por escrito la fecha y el medio de la supuesta comunicación previa. De conformidad con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, espero respuesta en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario. De no ser atendido, acudiré ante el INDECOPI y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Adjunto: estado de cuenta con el nuevo cobro, tarifario anterior si lo tuviera y copia de mi DNI. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_USUARIO] DNI N.° [NUMERO_DNI] Teléfono: [TELEFONO] — Correo: [CORREO]
Cuándo usar este modelo
Usa este reclamo cuando tu banco te subió una comisión, tarifa o gasto sin avisarte con la debida anticipación. El Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N° 3274-2017, exige que las modificaciones perjudiciales de tasas, comisiones y gastos se comuniquen con una anticipación no menor de cuarenta y cinco días calendario. A diferencia del reclamo por modificación unilateral de la tasa de interés, aquí el eje es el incumplimiento del preaviso de 45 días respecto de comisiones y tarifas, lo que torna inaplicable el nuevo cobro.
Qué datos necesitas
- El producto afectado y su número.
- El concepto modificado (mantenimiento, membresía, uso de canales, etc.).
- El monto anterior y el nuevo monto cobrado.
- La fecha del estado de cuenta donde apareció el incremento.
- Cualquier comunicación previa recibida (o la ausencia de ella).
Paso a paso
- Compara el tarifario anterior con el nuevo cobro en tu estado de cuenta.
- Verifica si recibiste aviso con al menos 45 días calendario de anticipación.
- Redacta el reclamo invocando la Resolución SBS N° 3274-2017.
- Pide inaplicar la comisión y devolver lo cobrado en exceso.
- Si el banco no responde en 30 días o rechaza el reclamo, escala al INDECOPI y a la SBS.
Errores comunes
- Confundir el aviso de 45 días de comisiones con la regla propia de las tasas de interés.
- No conservar el tarifario anterior para demostrar el incremento.
- Asumir que un aviso genérico basta: debe llegar por los medios pactados y con la anticipación legal.
- No reclamar la devolución de lo ya cobrado indebidamente.
Preguntas frecuentes
¿Con cuánta anticipación deben avisarme? No menos de cuarenta y cinco días calendario para las modificaciones perjudiciales de comisiones, tarifas y gastos, según la Resolución SBS N° 3274-2017.
¿Puedo negarme a pagar el nuevo cobro? Si no hubo preaviso válido de 45 días, el nuevo cobro es inaplicable y puedes exigir que se mantenga la condición anterior y se te devuelva lo cobrado de más.
¿Qué hago si el banco dice que sí avisó? Pídele por escrito la fecha y el medio del supuesto aviso; si no acredita el preaviso legal, lleva tu reclamo al INDECOPI y a la SBS.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reclamo por modificación de comisiones o tarifas sin el aviso previo de cuarenta y cinco días
¿El modelo de reclamo por modificación de comisiones o tarifas sin el aviso previo de cuarenta y cinco días es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reclamo-por-modificacion-de-comisiones-o-tarifas-sin-el-aviso-previo-de-cuarenta-y-cinco-dias/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reclamo por modificación de comisiones o tarifas sin el aviso previo de cuarenta y cinco días sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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