Recurso de Queja ante la JARU de OSINERGMIN por Defectos de Tramitación del Reclamo
Escrito para denunciar ante la JARU que la empresa eléctrica o de gas no admitió tu reclamo, no elevó tu apelación o incumplió los plazos del procedimiento.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE QUEJA POR DEFECTOS DE TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMO SUMILLA: Interpone queja contra [NOMBRE_DE_LA_EMPRESA_CONCESIONARIA] por defectos de tramitación. SEÑORES JUNTA DE APELACIONES DE RECLAMOS DE USUARIOS (JARU) ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA - OSINERGMIN Presente.- [NOMBRE_COMPLETO_DEL_USUARIO], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], titular del suministro N.° [NUMERO_DE_SUMINISTRO] ubicado en [DIRECCION_DEL_SUMINISTRO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], con correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], ante ustedes digo: I. PETITORIO Interpongo RECURSO DE QUEJA contra [NOMBRE_DE_LA_EMPRESA_CONCESIONARIA] por los defectos de tramitación incurridos en el procedimiento de reclamo N.° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE], a fin de que se ordene a la concesionaria [CONDUCTA_QUE_SE_EXIGE_ADMITIR_O_ELEVAR_EL_EXPEDIENTE] y se disponga la corrección del vicio dentro del plazo que su despacho fije. II. HECHOS 2.1. El [FECHA_DEL_RECLAMO] presenté ante la concesionaria un reclamo por [MATERIA_DEL_RECLAMO], conforme al cargo de recepción que adjunto. 2.2. La concesionaria ha incurrido en el siguiente defecto de tramitación: [DESCRIPCION_DEL_DEFECTO], consistente en no admitir a trámite mi reclamo, no entregarme el número de expediente, exigirme requisitos no previstos en la norma, condicionar la atención al pago previo del monto reclamado o no elevar mi recurso de apelación. 2.3. Pese a haber transcurrido [NUMERO_DE_DIAS_TRANSCURRIDOS] días hábiles desde la presentación, no he recibido pronunciamiento alguno ni constancia de elevación del expediente. 2.4. La conducta descrita me coloca en indefensión y prolonga indebidamente el cobro observado de S/ [MONTO_RECLAMADO]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 3.1. Directiva "Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural", aprobada por Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN N.° 269-2014-OS/CD, que habilita la queja frente a los defectos de tramitación de la concesionaria y prohíbe condicionar la atención del reclamo al pago previo del monto reclamado. 3.2. Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en cuanto reconoce el derecho al debido procedimiento y la obligación de resolver dentro de los plazos legales. 3.3. Decreto Ley N.° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, que somete al concesionario a la supervisión de OSINERGMIN en la prestación del servicio público. IV. MEDIOS PROBATORIOS 1. Cargo de recepción del reclamo de fecha [FECHA_DEL_RECLAMO]. 2. Copia del recibo observado del periodo [PERIODO_FACTURADO]. 3. Impresión de las comunicaciones remitidas a la concesionaria. 4. Copia del DNI del recurrente. POR TANTO: Solicito declarar FUNDADA la queja, ordenar a la concesionaria subsanar el defecto y disponer que el expediente continúe su trámite, dejando a salvo las acciones de supervisión y sanción que correspondan. [CIUDAD], [FECHA_DE_PRESENTACION] _______________________________ [NOMBRE_COMPLETO_DEL_USUARIO] DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]
Cuándo usar este modelo
La queja no discute el fondo de tu reclamo: ataca cómo la empresa está tramitando el expediente. Se usa cuando la concesionaria de luz o de gas natural se niega a recibir tu reclamo, no te entrega número de expediente, te exige requisitos que la norma no contempla, te condiciona la atención al pago previo del monto observado, deja vencer los plazos sin resolver o no eleva tu recurso de apelación a OSINERGMIN.
Es el remedio típico frente a la respuesta de ventanilla que dice que "eso no se reclama" o que "primero pague y luego vemos". Presentada la queja, la JARU puede ordenar a la empresa admitir el reclamo, elevar el expediente o corregir el vicio en un plazo determinado.
Marco legal en el Perú
La Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN N.° 269-2014-OS/CD aprobó la Directiva "Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural", que contempla la queja frente a los defectos de tramitación de la concesionaria y prohíbe condicionar la atención del reclamo al pago previo del importe reclamado. La Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios (JARU) es el órgano de OSINERGMIN que resuelve en segunda y última instancia administrativa.
El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444 respalda el derecho al debido procedimiento y la obligación de resolver dentro del plazo. El Decreto Ley N.° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, somete al concesionario a la supervisión del regulador en la prestación del servicio público.
Cómo completar la plantilla
La queja se presenta ante OSINERGMIN, no ante la empresa. Puedes hacerlo en cualquiera de sus oficinas regionales, por mesa de partes virtual o a través de la línea de orientación. Lo decisivo es probar el defecto, no describirlo.
- Identifica el defecto con precisión: negativa a recibir, falta de número de expediente, exigencia de pago previo, vencimiento del plazo o no elevación de la apelación.
- Adjunta el cargo del reclamo; si te lo negaron, deja constancia de la fecha, la hora, la oficina y el nombre del asesor que te atendió.
- Cuenta y consigna los días hábiles transcurridos desde tu presentación.
- Conserva capturas de pantalla de la plataforma virtual o de los correos enviados a la empresa.
- Señala un correo electrónico válido: la JARU notifica por esa vía y así ganas tiempo.
- Si además te cortaron el servicio, menciónalo, porque agrava el defecto y acelera la intervención del regulador.
Preguntas frecuentes
¿La queja resuelve mi reclamo de fondo?
No. La queja corrige el trámite. Si se declara fundada, la empresa deberá admitir tu reclamo o elevar el expediente, y el fondo se resolverá después en el procedimiento correspondiente.
¿Cuánto cuesta presentar una queja ante OSINERGMIN?
Nada. El procedimiento de reclamos y quejas de usuarios de energía es gratuito para el usuario y no requiere firma de abogado.
¿Sirve también para gas natural domiciliario?
Sí. La directiva de reclamos alcanza tanto al servicio público de electricidad como al de gas natural por red de ductos, de modo que la queja procede frente a la concesionaria de gas en los mismos supuestos.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de queja ante la jaru de osinergmin por defectos de tramitación del reclamo
¿El modelo de recurso de queja ante la jaru de osinergmin por defectos de tramitación del reclamo es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-queja-ante-la-jaru-de-osinergmin-por-defectos-de-tramitacion-del-reclamo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de queja ante la jaru de osinergmin por defectos de tramitación del reclamo sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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