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Inmobiliario

Solicitud de Devolución del Alcabala Pagado en la Primera Venta del Constructor

Pide a la municipalidad distrital la devolución del Impuesto de Alcabala que pagaste de más al comprar tu departamento nuevo a la constructora, porque la primera venta está afecta solo por el valor del terreno.

Edición registrada el 25 de septiembre de 2026 · Licencia CC-BY-4.0 · Cómo revisamos los modelos

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SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO DE ALCABALA PAGADO EN LA PRIMERA VENTA DE INMUEBLE REALIZADA POR EMPRESA CONSTRUCTORA

[CIUDAD], [FECHA]

SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE [DISTRITO]
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA O [AREA_DE_RENTAS]
Presente.-

Yo, [NOMBRE_COMPLETO], identificado con DNI N.° [DNI], con domicilio real en [DOMICILIO] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], teléfono [TELEFONO] y correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], ante usted digo:

I. PETITORIO

Solicito la devolución del pago indebido o en exceso del Impuesto de Alcabala que efectué según la declaración jurada y el recibo N.° [NUMERO_DE_PAGO], de fecha [FECHA_DE_PAGO], por el monto de S/ [MONTO_PAGADO].

El monto cuya devolución solicito asciende a S/ [MONTO_A_DEVOLVER], que corresponde al exceso pagado respecto del valor del terreno.

II. HECHOS

1. Con fecha [FECHA_DE_COMPRA] adquirí de la empresa constructora [NOMBRE_DEL_CONSTRUCTOR] el inmueble ubicado en [DIRECCION_DEL_INMUEBLE], inscrito en la Partida Registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL] de la Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL].

2. En la escritura pública de fecha [FECHA_DE_ESCRITURA] se consignó como valor del terreno S/ [VALOR_DEL_TERRENO] y como valor de la edificación S/ [VALOR_DE_LA_EDIFICACION].

3. En la determinación del Impuesto de Alcabala se tomó como base el valor total del inmueble, sin descontar la parte correspondiente a la edificación, pese a tratarse de la primera venta realizada por la empresa constructora.

4. El pago se efectuó por el total, conforme al recibo N.° [NUMERO_DE_PAGO]. Solicito que se devuelva la diferencia.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

- Artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N.° 156-2004-EF: la primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno.
- Artículo 162 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF: las solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria se resuelven y notifican en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles.
- Artículo 6 del Decreto Supremo N.° 156-2004-EF: el Impuesto de Alcabala figura entre los impuestos municipales.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

Ofrezco como prueba la copia del DNI, la escritura pública de compraventa, la declaración jurada del Impuesto de Alcabala, el recibo de pago N.° [NUMERO_DE_PAGO], el documento que consigna el valor del terreno y de la edificación, y la copia literal de la Partida Registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL].

V. ANEXOS

1. Copia simple del DNI.
2. Copia de la escritura pública de compraventa.
3. Copia del recibo de pago N.° [NUMERO_DE_PAGO] y de la declaración jurada del impuesto.
4. Documento que acredita el valor del terreno y el valor de la edificación.
5. Copia literal de la Partida Registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL].

Adjunto: los documentos del rubro V.

POR LO EXPUESTO, pido a usted acceder a lo solicitado y disponer lo necesario para la devolución del monto indicado.

_______________________
[NOMBRE_COMPLETO]
DNI N.° [DNI]
¿Encontraste algo mal en este modelo?

Para qué sirve

Compraste tu departamento nuevo directo a la constructora y el alcabala se calculó sobre el valor total del inmueble, cuando la edificación no debía entrar en ese cálculo. Esta solicitud de devolución del alcabala pagado en la primera venta del constructor te sirve para pedirle a la municipalidad distrital que te devuelva el dinero cobrado en exceso. No tienes que discutir el precio ni la escritura, solo pedir que se aplique la inafectación que ya está en la ley.

El trámite se presenta en mesa de partes de la municipalidad distrital donde se ubica el predio, dirigido al área de rentas o de administración tributaria. Si el impuesto lo recauda la SAT de Lima u otra entidad, cambia el destinatario del modelo. La respuesta llega por escrito, y si te la niegan, ese pronunciamiento abre la vía de reclamación ante la propia administración.

Cuándo conviene usarlo

  • Compraste un inmueble nuevo a una empresa constructora y el alcabala se pagó sobre el valor total, terreno más edificación.
  • Ya tienes la escritura pública o la minuta elevada, la partida registral y el recibo del impuesto.
  • El pago se hizo hace poco y no has iniciado otro procedimiento de devolución por el mismo tributo.
  • Quieres dejar constancia escrita de tu pedido antes de acudir a otra instancia.

Cómo llenarlo

  1. Descarga en Word la plantilla y completa tus datos de identificación, domicilio y teléfono. Revisa que el número de recibo, la fecha de pago y el monto coincidan con el documento que te entregó la municipalidad.
  2. Coloca los valores de terreno y edificación tal como aparecen en la escritura. El exceso se calcula comparando el impuesto que pagaste con el que correspondía solo al terreno.
  3. Adjunta al formato la escritura pública, la declaración jurada y el recibo. El error más común es presentar la solicitud sin el documento que acredita el pago del alcabala.
  4. Presenta el original en mesa de partes y pide el sello de recepción en tu copia. Guarda ese cargo, lo vas a necesitar si luego reclamas.
  5. Anota la fecha de ingreso para controlar cuándo vence el plazo de respuesta de la municipalidad.
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Base legal

El artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, dice que la primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno. Ese es el punto que sostiene tu pedido, porque la edificación no paga alcabala en esa primera venta. El artículo 6 del mismo decreto confirma que el alcabala figura entre los impuestos municipales.

El artículo 162 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, fija que las solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria se resuelvan y notifiquen en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles. Con esa fecha en mano sabes cuándo reclamar si la respuesta no llega.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene la municipalidad para responder el pedido?

El artículo 162 del Código Tributario fija cuarenta y cinco (45) días hábiles para resolver y notificar las solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria. Si el pedido no se resuelve dentro de ese plazo, puedes dar por denegada la solicitud y pasar a la reclamación. Guarda la copia sellada de mesa de partes, porque esa fecha marca el inicio del cómputo.

¿Necesito abogado para presentar la solicitud?

No. Puedes presentarla tú mismo con tu DNI y los documentos del inmueble. Si otra persona la presenta en tu nombre, debe llevar un poder con firma legalizada y la municipalidad puede pedir que se subsane cualquier defecto durante el trámite.

¿Puedo pedir la devolución de todo el alcabala pagado?

No. La primera venta de la constructora está inafecta solo por la parte de la edificación, porque el terreno sí paga el impuesto. La devolución cubre el exceso que pagaste, no el íntegro del recibo.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de devolución del alcabala pagado en la primera venta del constructor

¿El modelo de solicitud de devolución del alcabala pagado en la primera venta del constructor es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-devolucion-del-alcabala-pagado-en-la-primera-venta-del-constructor/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de devolución del alcabala pagado en la primera venta del constructor sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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