Ir al contenido principal
Propiedad Horizontal

Solicitud de Inscripción de la Junta de Propietarios en SUNARP

Solicitud de inscripción de la Junta de Propietarios y su Reglamento Interno en el Registro de Predios de SUNARP, conforme a la Ley 27157 y la Resolución 340-2008-SUNARP/SN.

Actualizado al 23 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

Publicidad
Compartir

El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS EN SUNARP

[CIUDAD], [FECHA]

Señor Registrador Público
Zona Registral N° [NUMERO_ZONA] - SUNARP
Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL]
Presente.

Asunto: Solicitud de inscripción de la Junta de Propietarios y Reglamento Interno.

[NOMBRE_PRESIDENTE], identificado con DNI [DNI_PRESIDENTE], en mi calidad de Presidente de la Junta de Propietarios del [NOMBRE_EDIFICIO], ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], inscrito en la Partida N° [PARTIDA_SUNARP] del Registro de Predios, me dirijo a usted para solicitar la inscripción de la Junta de Propietarios y de su Reglamento Interno.

FUNDAMENTO
La inscripción se sustenta en la Ley 27157, en el D.S. 035-2006-VIVIENDA (Texto Único Ordenado del Reglamento) y en la Directiva 009-2008-SUNARP/SN aprobada por Resolución 340-2008-SUNARP/SN, sobre el régimen de propiedad exclusiva y común.

ACTO ROGADO
Solicito inscribir:
1. El Reglamento Interno del edificio aprobado por los propietarios.
2. La constitución de la Junta de Propietarios y la elección de su Presidente y Directiva, contenida en el acta de fecha [FECHA_ACTA].

DOCUMENTOS QUE ADJUNTO
1. Formulario de solicitud de inscripción de título y pago de derechos registrales por S/ [MONTO_DERECHOS].
2. Reglamento Interno y plano de independización, de corresponder.
3. Copia certificada del acta de elección extendida del Libro de Actas legalizado, conforme al Art. 149 del D.S. 035-2006-VIVIENDA.
4. Copia de mi DNI y de la legalización del Libro de Actas.

Solicito calificar e inscribir el título conforme a ley.

Atentamente,

[NOMBRE_PRESIDENTE]
Presidente de la Junta de Propietarios
DNI [DNI_PRESIDENTE]

La Solicitud de Inscripción de la Junta de Propietarios en SUNARP es el trámite registral por el cual la Junta adquiere personería para actuar frente a terceros. Sin esta inscripción, la Junta existe de hecho pero no puede abrir cuentas bancarias a su nombre, contratar servicios formalmente, demandar el cobro ejecutivo de cuotas ni inscribir acuerdos posteriores. Es el primer paso registral después de aprobar el Reglamento Interno.

Quién la presenta y cuándo es obligatoria

La presenta el Presidente de la Junta, con autorización expresa en acta, ante la oficina registral de SUNARP de la zona donde está ubicado el inmueble. Es obligatoria desde la primera elección de directiva. Edificios que llevan años sin inscribir su Junta operan en informalidad y su Presidente carece de representación oponible a bancos, SUNAT o juzgados.

Base legal vigente 2026

El sustento normativo está en la Ley 27157, artículo 47, que reconoce a la Junta y a su Presidente como representantes. El procedimiento se rige por el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, Resolución 038-2013-SUNARP/SN, y por la Directiva 009-2008-SUNARP/SN, que regula específicamente la inscripción de la Junta de Propietarios, su Reglamento Interno y la elección de su Presidente. El D.S. 035-2006-VIVIENDA, artículo 153, complementa la regulación. La Ley 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos, fija las reglas generales del procedimiento registral.

Qué datos y documentos necesitas

  • Partida registral del inmueble matriz y de cada sección independizada.
  • Reglamento Interno aprobado e inscrito (o el modelo del Anexo 2 del D.S. 035-2006-VIVIENDA si aún no hay uno propio).
  • Acta de Asamblea de elección del Presidente y de la directiva, transcrita al Libro de Actas legalizado.
  • Copia certificada notarialmente del acta.
  • Aceptación expresa del cargo por parte de cada elegido.
  • Formulario registral correspondiente y pago de derechos registrales (alrededor del uno por ciento de una UIT como tasa básica).
  • DNI vigente del Presidente.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Verifica que el Reglamento Interno esté inscrito en la partida matriz; si no lo está, inscríbelo primero o presenta simultáneamente.
  2. Solicita al notario la copia certificada del acta de elección del Libro de Actas legalizado.
  3. Llena el formulario de inscripción de la Junta de Propietarios disponible en la web de SUNARP (sid.sunarp.gob.pe).
  4. Paga los derechos registrales en el Banco de la Nación o en plataformas autorizadas.
  5. Presenta el expediente en mesa de partes de la oficina registral de la zona del inmueble.
  6. Haz seguimiento del título: si hay observación, subsana en el plazo y conserva la copia con sello de inscripción una vez aprobado.

Errores comunes a evitar

  • Presentar el acta sin copia certificada notarial, una de las causas más frecuentes de observación.
  • Omitir la aceptación expresa del cargo del Presidente y demás miembros.
  • Presentar acta de asamblea sin la mayoría exigida o sin verificar quórum hábil.
  • Intentar inscribir al Presidente sin antes haber inscrito el Reglamento Interno (no hay personería jurídica que respaldar).
  • No pagar los derechos registrales correctos, lo que genera observación inmediata.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta inscribir la Junta de Propietarios?

Los derechos registrales se calculan según el TUPA vigente de SUNARP. La tasa básica de calificación e inscripción ronda entre el 1% y el 2% de una UIT, más derechos notariales por la certificación del acta. El costo total suele estar entre 200 y 500 soles, según la complejidad del expediente.

¿Cuánto demora la inscripción?

El plazo regular de calificación es siete días hábiles desde la presentación del título. Si hay observación, el plazo para subsanar es de hasta treinta y cinco días hábiles, prorrogables. Conviene revisar previamente el expediente con un abogado o gestor registral para evitar tachas.

¿Qué pasa si no inscribimos la Junta?

El Presidente carece de representación oponible a terceros. No se podrá abrir cuenta bancaria a nombre de la Junta, contratar servicios formales (vigilancia, mantenimiento), demandar el cobro ejecutivo de cuotas conforme al artículo 50 de la Ley 27157 ni firmar contratos válidos con proveedores. El edificio queda en informalidad.

¿Se inscribe cada vez que cambia el Presidente?

Sí. Cada elección de directiva debe inscribirse para que el nuevo Presidente cuente con representación oponible. El acta de la nueva elección y la aceptación del cargo se presentan ante SUNARP con el mismo procedimiento. Mientras no se inscriba el nuevo, registralmente el Presidente sigue siendo el anterior.

Publicidad

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de inscripción de la junta de propietarios en sunarp

¿El modelo de solicitud de inscripción de la junta de propietarios en sunarp es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-inscripcion-de-la-junta-de-propietarios-en-sunarp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de inscripción de la junta de propietarios en sunarp sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Publicidad

Modelos relacionados

Ver los 45 modelos de Propiedad Horizontal →

Calculadoras legales útiles

Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.

Ir a calculadoras