Solicitud de Pago de Subsidios Devengados a Herederos del Asegurado Fallecido
Modelo para que los herederos cobren ante EsSalud los subsidios devengados y no pagados al asegurado fallecido, acreditando la sucesión intestada o el testamento.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE PAGO DE SUBSIDIOS DEVENGADOS A HEREDEROS DEL ASEGURADO FALLECIDO SUMILLA: Solicito pago de prestaciones económicas devengadas a favor de la sucesión. SEÑORES SEGURO SOCIAL DE SALUD – ESSALUD Oficina de Prestaciones Económicas de la Red [RED_ASISTENCIAL] Presente.- Yo, [NOMBRE_DEL_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO], distrito de [DISTRITO], en mi condición de heredero(a) del asegurado fallecido y actuando en representación de la sucesión conforme al poder que adjunto, ante ustedes respetuosamente expongo: I. PETITORIO Solicito el PAGO de los subsidios devengados y no cobrados que correspondían al (a la) asegurado(a) [NOMBRE_DEL_ASEGURADO_FALLECIDO], identificado(a) en vida con DNI N.° [DNI_DEL_ASEGURADO], por concepto de [TIPO_DE_SUBSIDIO] (incapacidad temporal, maternidad o lactancia), correspondientes al período [PERIODO_DEVENGADO], a favor de sus herederos declarados. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El (la) asegurado(a) generó el derecho al subsidio indicado, sustentado en [DOCUMENTO_SUSTENTO] (CITT emitidos, acta de nacimiento del hijo u otro), sin que llegara a cobrarlo. 2. Con fecha [FECHA_DE_FALLECIMIENTO] el (la) asegurado(a) falleció, conforme al acta de defunción que se acompaña. 3. La condición de herederos consta en [DOCUMENTO_SUCESORIO] (acta notarial de sucesión intestada o testamento), inscrito en la partida N.° [PARTIDA_REGISTRAL_SUCESION] del Registro de Sucesiones de la SUNARP, siendo los herederos: [RELACION_DE_HEREDEROS]. 4. Los subsidios devengados constituyen un derecho patrimonial ya incorporado al patrimonio del causante, por lo que se transmite a sus herederos. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO Amparo la presente en el artículo 660 del Código Civil, según el cual desde la muerte de una persona los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se trasmiten a sus sucesores; en la Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 009-97-SA, que regulan las prestaciones económicas; en el Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas de EsSalud; y en el TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. IV. ANEXOS 1-A: Copia de mi DNI y de los DNI de los demás herederos. 1-B: Acta de defunción del asegurado. 1-C: Copia literal de la partida registral de la sucesión. 1-D: Poder otorgado por los coherederos a favor del solicitante: [TIPO_DE_PODER]. 1-E: Documentos que sustentan el subsidio devengado: [DOCUMENTOS_DEL_SUBSIDIO]. POR LO EXPUESTO: Pido a ustedes admitir la solicitud, liquidar los subsidios devengados y disponer su pago a la sucesión en la cuenta N.° [NUMERO_DE_CUENTA] del banco [BANCO], comunicando toda observación al correo [CORREO_ELECTRONICO] o al teléfono [TELEFONO]. [CIUDAD], [FECHA] _________________________________ [NOMBRE_DEL_SOLICITANTE] DNI N.° [DNI_DEL_SOLICITANTE]
Cuándo usar este modelo
Cuando un asegurado fallece dejando subsidios ya generados pero no cobrados, por ejemplo, el subsidio de incapacidad temporal de sus últimos descansos médicos, o el de maternidad o lactancia pendiente de pago, , ese dinero no se pierde: integra la herencia y corresponde a sus herederos. Este modelo sirve para que la sucesión reclame el pago ante la oficina de prestaciones económicas de EsSalud, acreditando la condición de herederos con la sucesión intestada notarial o el testamento inscritos en la SUNARP.
Marco legal en el Perú
El artículo 660 del Código Civil dispone que desde la muerte de una persona sus bienes, derechos y obligaciones se trasmiten a los sucesores, lo que alcanza a los subsidios devengados. Las prestaciones económicas se rigen por la Ley N.° 26790 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 009-97-SA, y por el Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas de EsSalud, que contempla el pago a herederos previa acreditación. La sucesión intestada puede tramitarse ante notario conforme a la Ley N.° 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, y debe inscribirse en el registro correspondiente para su plena oponibilidad.
Cómo completar la plantilla
El orden correcto es: primero la sucesión intestada o el testamento inscritos, después la solicitud ante EsSalud. Sin la partida registral, el pedido será observado.
- Identifica el tipo de subsidio y el período devengado con los CITT u otros sustentos del derecho.
- Consigna el número de la partida registral de la sucesión y adjunta la copia literal actualizada.
- Enumera a todos los herederos con sus DNI; ninguno puede quedar fuera de la liquidación.
- Si un heredero gestiona por los demás, acompaña el poder con firmas legalizadas de los coherederos.
- Señala una cuenta para el abono y verifica con la oficina si exigen formularios institucionales adicionales.
- Guarda el cargo de presentación para computar el plazo de respuesta.
Preguntas frecuentes
¿Esto incluye el subsidio de sepelio?
No necesariamente. El subsidio de sepelio corresponde a quien acredita haber pagado los gastos del entierro, sea o no heredero, y se tramita como prestación propia. Esta solicitud cubre los subsidios que el asegurado ya había devengado en vida y no llegó a cobrar, que son los que pasan a la masa hereditaria.
¿Hay plazo para reclamar los subsidios devengados?
Los derechos frente a EsSalud están sujetos a plazos de prescripción, por lo que conviene no dilatar el trámite sucesorio ni la presentación de la solicitud. Si la entidad observa el expediente, subsana dentro del plazo que te otorgue y conserva todos los cargos: la fecha de la primera presentación es la que protege el derecho de la sucesión.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de pago de subsidios devengados a herederos del asegurado fallecido
¿El modelo de solicitud de pago de subsidios devengados a herederos del asegurado fallecido es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-pago-de-subsidios-devengados-a-herederos-del-asegurado-fallecido/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de pago de subsidios devengados a herederos del asegurado fallecido sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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