Tacha y Descargo del Trabajador en el Procedimiento de Despido por Falta Grave
Escrito de descargo y tacha que presenta el trabajador frente a la carta de imputación de falta grave, ejerciendo su defensa según el Art. 31 del D.S. 003-97-TR y el D.S. 001-96-TR.
Actualizado al 22 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DESCARGO Y TACHA ANTE LA IMPUTACIÓN DE FALTA GRAVE [CIUDAD], [FECHA] Señores [NOMBRE_EMPLEADOR] Att.: Área de Recursos Humanos [DIRECCION_EMPLEADOR] Ref.: Carta de preaviso de despido de fecha [FECHA_CARTA_IMPUTACION] De mi consideración: Yo, [NOMBRE_TRABAJADOR], identificado con DNI [DNI_TRABAJADOR], con el cargo de [CARGO] y registro en planilla desde el [FECHA_INGRESO], dentro del plazo de seis días naturales que la ley me otorga para mi defensa, formulo mi descargo y tacha respecto de los cargos imputados en la carta de la referencia. I. DE LOS CARGOS IMPUTADOS La empleadora me atribuye la presunta falta grave consistente en [DESCRIPCION_FALTA_IMPUTADA], que habría ocurrido el [FECHA_HECHO_IMPUTADO]. Rechazo los cargos por ser inexactos e insuficientes para configurar una falta grave. II. DESCARGO SOBRE LOS HECHOS PRIMERO: Los hechos no ocurrieron como se describen. La verdad es que [VERSION_TRABAJADOR_HECHOS], según acredito con los medios probatorios que adjunto. SEGUNDO: La conducta imputada no reviste la gravedad exigida por la ley para justificar la extinción del vínculo, pues no se ha producido [ELEMENTO_FALTANTE: dolo, perjuicio económico, reiterancia], ni se ha respetado el principio de proporcionalidad entre la falta y la sanción. TERCERO: La imputación es genérica y no precisa con claridad las circunstancias de tiempo, lugar y modo, lo que vulnera mi derecho de defensa. III. TACHA DE LOS MEDIOS PROBATORIOS DE LA EMPLEADORA Formulo tacha contra [DOCUMENTO_O_TESTIGO_TACHADO] ofrecido por la empleadora, por cuanto [FUNDAMENTO_TACHA: el documento carece de autenticidad / el testigo tiene interés directo en el resultado], lo que resta todo valor probatorio a dicho medio. IV. MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO 1. [DOCUMENTO_DESCARGO_1]. 2. [DOCUMENTO_DESCARGO_2]. 3. Declaración de [NOMBRE_TESTIGO_DESCARGO]. V. FUNDAMENTO LEGAL Ejerzo mi derecho de defensa al amparo del artículo 31 del D.S. 003-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, que obliga al empleador a otorgar al trabajador un plazo razonable no menor de seis días naturales para descargar los cargos antes del despido. Invoco también el D.S. 001-96-TR, Reglamento de dicha ley, que precisa el procedimiento previo al despido y la observancia del principio de inmediatez. Por lo expuesto, solicito que se archive el procedimiento de despido por no haberse configurado falta grave, dejando a salvo las acciones legales que me corresponden. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_TRABAJADOR] DNI [DNI_TRABAJADOR]
Este documento es tu defensa escrita cuando el empleador te imputa una falta grave y te entrega una carta de preaviso de despido. Con él presentas tus descargos (tu versión de los hechos y tus pruebas) y, de ser el caso, tachas las pruebas o testimonios en que la empresa sustenta la imputación. Es el momento clave para ejercer tu derecho de defensa: lo que respondas aquí, por escrito y dentro del plazo, será determinante si luego impugnas el despido. Un buen descargo puede frenar el despido o, si igual te despiden, dejar sentadas las bases para que el juez lo declare arbitrario.
Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo
Lo presenta el trabajador del régimen laboral privado que recibió una carta de preaviso imputándole una falta grave. Debes usarlo siempre que recibas esa carta, sin excepción, porque guardar silencio puede interpretarse como aceptación de los hechos. Conviene presentarlo apenas recibes el preaviso, dentro del plazo otorgado (no menor de seis días naturales), negando o explicando cada hecho y aportando todas las pruebas que tengas a la mano. No respondas de palabra: solo lo que conste por escrito y con cargo de recepción podrás invocar después.
Base legal vigente
El procedimiento previo al despido está en el artículo 31 del Decreto Supremo 003-97-TR (LPCL), que obliga al empleador a otorgarte un plazo no menor de seis días naturales para presentar tus descargos antes del despido por falta grave (y de treinta días para que demuestres tu capacidad o corrijas tu conducta, según el caso). El catálogo de faltas graves está en el artículo 25 de la LPCL. El derecho de defensa y el debido proceso se respaldan en el artículo 139 inciso 14 de la Constitución. La impugnación posterior del despido se tramita por la Nueva Ley Procesal del Trabajo (Ley 29497).
Qué datos y documentos necesitas
- Tus datos personales y los de la empresa, y el número y fecha de la carta de preaviso.
- La falta grave exacta que se te imputa, con el artículo de la LPCL invocado por el empleador.
- Las pruebas de tu versión: correos, mensajes, registros de marcación, certificados, testigos.
- Documentos para tachar las pruebas del empleador si son falsas, ilegales o mal obtenidas.
- El plazo que te otorgó la empresa, para responder dentro de él.
- Tu legajo personal o evaluaciones, si sirven para mostrar tu buen desempeño.
Cómo presentarlo paso a paso
- Lee con cuidado la carta de preaviso e identifica la falta imputada y el plazo otorgado.
- Redacta el descargo negando o explicando cada hecho de forma concreta, no con frases generales.
- Tacha las pruebas o testimonios viciados, indicando por qué carecen de validez o son parciales.
- Adjunta o menciona todas tus pruebas, e invoca la falta de proporcionalidad si la sanción es excesiva.
- Presenta el descargo por mesa de partes o un canal con cargo de recepción, dentro del plazo.
- Conserva una copia sellada; será tu prueba de que ejerciste tu defensa a tiempo.
Errores comunes a evitar
- Reconocer la falta para pedir disculpas: eso facilita el despido, defiende primero los hechos.
- Presentar el descargo sin cargo de recepción, lo que impide probar que respondiste a tiempo.
- Responder fuera del plazo otorgado, perdiendo la oportunidad de defensa formal.
- Mezclar reclamos ajenos (sueldos, vacaciones) que diluyen el descargo central.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para presentar el descargo?
El artículo 31 de la LPCL establece un plazo no menor de seis días naturales para descargos por falta grave. Si la causa es la capacidad o la conducta que admite corrección, el plazo es de treinta días naturales. Cuenta los días desde que recibiste la carta de preaviso.
¿Qué significa tachar una prueba?
Tachar es cuestionar formalmente la validez de una prueba o testimonio del empleador, por ejemplo si fue obtenido de forma ilegal, si el testigo es parcial o si el documento es falso. Dejar planteada la tacha en el descargo te permite reforzar el cuestionamiento si luego impugnas el despido ante el juez.
¿Sirve de algo si igual me van a despedir?
Sí, y mucho. Si el empleador no respeta el procedimiento del artículo 31 o no logra probar la falta, el despido puede ser declarado arbitrario por el juez, con derecho a indemnización (y reposición en ciertos casos). Tu descargo escrito es la base probatoria de esa impugnación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de tacha y descargo del trabajador en el procedimiento de despido por falta grave
¿El modelo de tacha y descargo del trabajador en el procedimiento de despido por falta grave es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/tacha-y-descargo-del-trabajador-en-el-procedimiento-de-despido-por-falta-grave/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de tacha y descargo del trabajador en el procedimiento de despido por falta grave sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Carta de Imputación de Cargos por Falta Grave
Modelo de carta de imputación de cargos (preaviso de despido) por falta grave, clara, concreta y precisa, conforme al Art. 31 del D.S. 003-97-TR (LPCL).
Demanda Laboral por Despido Arbitrario
Demanda de indemnización por despido arbitrario conforme al D.S. 003-97-TR y la Nueva Ley Procesal del Trabajo (Ley 29497).
Carta de Preaviso de Despido
Comunicación al trabajador otorgando 6 días para descargo antes del despido. Art. 31 D.S. 003-97-TR. Requisito obligatorio.
Demanda de Reposición por Despido Incausado
Demanda laboral de reposición por despido incausado o fraudulento. NLPT Ley 29497. Vía proceso ordinario o abreviado laboral.
Impugnación de Carta de Despido
Carta de impugnación del despido arbitrario ante el empleador, previo a la demanda judicial. Art. 31 del D.Leg. 728 (LPCL).
Solicitud de Licencia por Paternidad Trabajador Privado
Solicitud de licencia por paternidad para trabajadores del régimen privado (D.Leg. 728). 10 días calendario consecutivos por nacimiento, adopción o tenencia de hijo menor. Ley 30807 modificada por Ley 31155 y Ley 31480.
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