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Derecho Laboral

Cómo calcular tu CTS paso a paso (con fórmula y ejemplo) 2026

Publicado el 2026-06-06 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

Período mayo 2026Nov 2025 - Abr 2026 (6 meses)
Plazo de depósitoHasta el 15 de mayo
Fórmula(Rem. computable / 12) x meses
Sexto de gratificaciónGratificación diciembre / 6
NormaD.S. 001-97-TR (Ley CTS)
UIT 2026S/ 5,500
RMV 2026S/ 1,130
Cómo calcular tu CTS paso a paso (con fórmula y ejemplo) 2026 — guía legal laboral Perú 2026

Qué es la remuneración computable de la CTS

La CTS no se calcula sobre tu sueldo a secas, sino sobre la remuneración computable. Esta se forma con tres elementos vigentes al 30 de abril de 2026:

  • Tu remuneración mensual (sueldo básico).
  • Un sexto de la gratificación de diciembre 2025 (gratificación dividida entre 6).
  • La asignación familiar, si tienes hijos menores o que estudian (S/ 113 en 2026, el 10% de la RMV de S/ 1,130).

También entran los conceptos remunerativos regulares (comisiones, horas extra habituales) promediados. Lo regula el D.S. 001-97-TR, Ley de CTS. Con la remuneración computable clara, el resto es aritmética.

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La fórmula exacta de la CTS

La regla es simple: por cada mes completo trabajado en el semestre te corresponde un dozavo (1/12) de la remuneración computable, y por los días sueltos, la parte proporcional. La fórmula es:

  • Por meses completos: (Remuneración computable ÷ 12) × meses.
  • Por días sueltos: (Remuneración computable ÷ 12 ÷ 30) × días.

Si trabajaste el semestre completo (6 meses) recibes 6/12, es decir, aproximadamente medio sueldo computable. La CTS de mayo 2026 cubre el semestre de noviembre 2025 a abril 2026.

Ejemplo numérico completo paso a paso

María gana S/ 2,400, recibió S/ 2,400 de gratificación en diciembre 2025 y no cobra asignación familiar. Trabajó el semestre completo (nov 2025 a abr 2026).

ConceptoMonto
SueldoS/ 2,400
Sexto de gratificación (2,400 ÷ 6)S/ 400
Remuneración computableS/ 2,800
CTS por 6 meses (2,800 ÷ 12 × 6)S/ 1,400

Si trabajó 4 meses y 10 días: (2,800 ÷ 12 × 4) + (2,800 ÷ 12 ÷ 30 × 10) = S/ 933.33 + S/ 77.78 = S/ 1,011.11. Para verificarlo al instante, usa la calculadora de CTS.

Plazos de depósito y quién no recibe CTS

El empleador deposita la CTS en tu cuenta bancaria hasta el 15 de mayo (semestre nov-abr) y hasta el 15 de noviembre (semestre may-oct). No reciben CTS quienes trabajan menos de 4 horas diarias, los de microempresa inscrita en el REMYPE y los locadores de servicios (que no son trabajadores en planilla).

El depósito tardío genera intereses a favor del trabajador. Si te acercas al cese, tu CTS trunca se paga junto con la liquidación de beneficios sociales; puedes estimar el total con la calculadora de liquidación.

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Qué hacer si no te depositan o calculan mal la CTS

Primero exige tu hoja de liquidación al empleador para ver cómo calculó la remuneración computable. Si el cálculo está errado o no te depositan:

  1. Reclama por escrito al empleador adjuntando tu cálculo.
  2. Si no responde, denuncia ante SUNAFIL por incumplimiento de beneficios sociales.
  3. Al cese, reclama la CTS impaga en tu liquidación de beneficios sociales o por la vía judicial con una demanda laboral por CTS no pagada.

La CTS no pagada genera intereses y es deuda exigible judicialmente, sin importar cuánto tiempo pase.

Errores comunes al calcular la CTS

  • Olvidar el sexto de gratificación: es el error que más reduce tu CTS indebidamente.
  • Usar el sueldo neto en vez del bruto: la CTS se calcula sobre la remuneración computable bruta, sin descontar AFP/ONP ni quinta categoría.
  • No incluir la asignación familiar cuando corresponde.
  • Ignorar comisiones o horas extra habituales que deben promediarse.
  • Contar mal los días del semestre trabajado.

Para el panorama completo de tu cese, revisa cómo calcular tu liquidación o finiquito y qué descuentos aparecen en tu boleta.

Retiro, embargo y otras dudas sobre tu CTS

Más allá del cálculo, estas son las preguntas prácticas que más surgen sobre tu CTS depositada:

  • Retiro: las leyes de disponibilidad temporal se renuevan periódicamente. Tradicionalmente puedes retirar el excedente de cuatro remuneraciones brutas depositadas; verifica siempre la norma vigente al momento de retirar.
  • Intangibilidad: la CTS es, por regla, intangible mientras dura el vínculo laboral y solo se dispone al cese, salvo las ventanas de libre disponibilidad que autorice la ley.
  • Embargo: la CTS solo es embargable hasta el 50% por deudas de alimentos; para otras deudas está protegida.
  • Cambio de banco: puedes elegir y cambiar la entidad donde te depositan la CTS comunicándolo a tu empleador.

Un punto clave: la CTS que no se retira sigue generando intereses en tu cuenta, así que no es dinero inmovilizado sin rendir. Al cesar, cobras el saldo acumulado más la CTS trunca del último período incompleto. Si tienes dudas sobre montos o el empleador no deposita, exige tu hoja de cálculo y compárala con la calculadora; la diferencia suele estar en el sexto de gratificación olvidado o en la asignación familiar no computada.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto CTS me toca si trabajé el semestre completo?

Aproximadamente medio sueldo computable, es decir, 6/12 de tu remuneración computable (sueldo + sexto de gratificación + asignación familiar).

¿Qué es el sexto de la gratificación en la CTS?

Es un sexto (1/6) de la última gratificación recibida. Para la CTS de mayo 2026 se usa la gratificación de diciembre 2025 dividida entre 6.

¿La CTS se calcula sobre el sueldo bruto o neto?

Sobre la remuneración computable bruta, sin descontar AFP/ONP ni quinta categoría. Los descuentos no afectan la base de cálculo.

¿Hasta cuándo deben depositar mi CTS?

Hasta el 15 de mayo (período noviembre-abril) y el 15 de noviembre (período mayo-octubre). El depósito tardío genera intereses.

¿Puedo retirar el 100% de mi CTS en 2026?

Existen leyes de disponibilidad temporal que se renuevan. Verifica la norma vigente al momento del retiro; tradicionalmente puedes retirar el excedente de 4 sueldos brutos.

¿La asignación familiar entra en la CTS?

Sí, si la percibes (S/ 113 mensuales en 2026, equivalente al 10% de la RMV de S/ 1,130) forma parte de la remuneración computable.

¿La CTS de mayo 2026 usa la gratificación de julio o de diciembre?

Usa la gratificación de diciembre 2025, que es la última percibida antes del corte del 30 de abril de 2026. Se toma un sexto de esa gratificación. Para la CTS de noviembre se usa la gratificación de julio del mismo año.

¿Qué pasa con mi CTS si entré a trabajar a mitad del semestre?

Cobras la parte proporcional: se cuentan solo los meses y días efectivamente laborados dentro del semestre. Por ejemplo, si entraste en febrero, la CTS de mayo cubrirá febrero a abril, no el semestre completo. La fórmula por meses y días sueltos resuelve ese cálculo.

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