Garantías en Perú: fianza, hipoteca y garantía mobiliaria
Publicado el 2026-06-06 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Fianza | Garantía personal (Art. 1868 CC) |
| Hipoteca | Sobre inmueble (Art. 1097 CC) |
| Garantía mobiliaria | Sobre bienes muebles (Ley 28677) |
| Inscripción | Hipoteca y G. mobiliaria en SUNARP |

Por qué importan las garantías al prestar o cobrar
Una garantía es el respaldo que asegura el pago de una obligación. Sin garantía, si el deudor no paga, solo te queda perseguir su patrimonio general, que puede estar vacío o repartido entre otros acreedores. Con garantía, tienes un bien o un fiador específico al que dirigirte con prioridad.
Las garantías se dividen en personales (responde una persona, como la fianza) y reales (responde un bien, como la hipoteca y la garantía mobiliaria). Elegir bien la garantía es lo que separa una deuda cobrable de una incobrable. Veamos las tres más usadas y cuándo conviene cada una.
La fianza: una persona responde por la deuda
La fianza es una garantía personal: un tercero (el fiador) se obliga a pagar si el deudor no lo hace (Art. 1868 CC). Si la fianza es solidaria, puedes cobrarle directamente al fiador sin agotar primero al deudor; si es simple, el fiador puede exigir que primero vayas contra el deudor (beneficio de excusión).
Es flexible y barata de constituir, pero su valor depende de la solvencia del fiador: un fiador insolvente no garantiza nada. Usa el contrato de fianza solidaria para que el respaldo sea directo y exigible, y acompáñalo de un reconocimiento de deuda con garantía para dejar la obligación por escrito.
La hipoteca: afecta un inmueble inscrito
La hipoteca afecta un inmueble al pago de una deuda (Art. 1097 CC). Es una garantía real muy fuerte: se inscribe en SUNARP y, si el deudor no paga, puedes ejecutar el inmueble en remate judicial y cobrarte con el producto de la venta, con prioridad sobre otros acreedores no garantizados.
Requiere escritura pública e inscripción. Revisa la constitución de hipoteca (minuta) y la escritura de constitución de hipoteca. Cuando se paga la deuda, se levanta con la cancelación de hipoteca. Para el detalle completo, mira nuestra guía sobre cómo constituir y levantar una hipoteca.
La garantía mobiliaria: afecta bienes muebles
La garantía mobiliaria (Ley 28677) permite afectar bienes muebles (vehículos, maquinaria, inventario, cuentas por cobrar) al pago de una deuda, sin necesidad de entregar el bien. Se inscribe en el Registro Mobiliario de Contratos de SUNARP y el deudor puede seguir usando el bien mientras la garantía existe.
Es la opción ideal cuando el deudor no tiene inmuebles pero sí bienes muebles de valor. Al igual que la hipoteca, permite ejecutar el bien si el deudor incumple, con prioridad frente a otros acreedores.
Cuál garantía elegir según tu caso
| Garantía | Sobre qué | Inscripción | Fuerza |
|---|---|---|---|
| Fianza | Patrimonio del fiador | No | Depende del fiador |
| Hipoteca | Inmueble | SUNARP | Muy alta |
| Garantía mobiliaria | Bienes muebles | SUNARP | Alta |
Para préstamos personales pequeños, suele bastar la fianza o un pagaré junto a un contrato de préstamo (mutuo dinerario). Para montos altos, la hipoteca o la garantía mobiliaria dan mucha más seguridad porque afectan un bien concreto y ejecutable.
Errores comunes al garantizar una deuda
- Aceptar un fiador sin verificar su solvencia: una fianza vale lo que vale el patrimonio del fiador.
- No inscribir la hipoteca o la garantía mobiliaria: sin inscripción no hay prioridad frente a otros acreedores.
- No documentar la deuda por escrito: la garantía respalda una obligación que también debe estar clara.
- Confundir fianza simple con solidaria: cambia por completo a quién y cómo puedes cobrar.
- Olvidar levantar la hipoteca pagada: el gravamen sigue trabando el inmueble hasta que se cancela en SUNARP.
Cómo se ejecuta cada garantía cuando el deudor no paga
De nada sirve una garantía si no sabes cómo hacerla efectiva. Así funciona la ejecución de cada una:
- Fianza: si es solidaria, le cobras directamente al fiador como si fuera el deudor principal, sin agotar antes al deudor. Si el fiador tampoco paga, demandas su patrimonio como cualquier obligación.
- Hipoteca: se ejecuta mediante un proceso de ejecución de garantías. El juez ordena el remate del inmueble y con el producto de la venta te cobras, con prioridad sobre acreedores no garantizados.
- Garantía mobiliaria: la Ley 28677 permite una ejecución más ágil, incluso extrajudicial cuando se pactó, para vender el bien mueble afectado y cobrarte del precio.
La gran ventaja de las garantías reales inscritas (hipoteca y garantía mobiliaria) es la prioridad: quien inscribió primero cobra primero. Por eso inscribir a tiempo en SUNARP es tan importante como constituir la garantía. Un consejo práctico: siempre acompaña la garantía de un documento que reconozca la deuda con claridad (monto, plazo, intereses), porque la garantía asegura una obligación que también debe estar bien definida. Sin una obligación clara, la ejecución se complica aunque la garantía exista.
Preguntas frecuentes
¿Qué es mejor, fianza o hipoteca?
Depende del monto. La fianza es rápida y barata pero depende de la solvencia del fiador. La hipoteca es más fuerte porque afecta un inmueble inscrito, ideal para deudas grandes.
¿La garantía mobiliaria exige entregar el bien?
No. Bajo la Ley 28677, el deudor puede seguir usando el bien (por ejemplo, su vehículo o maquinaria) mientras la garantía está inscrita en SUNARP.
¿Qué pasa si el deudor no paga una deuda hipotecaria?
El acreedor puede ejecutar la hipoteca: demandar la ejecución de garantía y rematar el inmueble para cobrarse con el producto de la venta.
¿La fianza solidaria es distinta de la simple?
Sí. En la fianza solidaria puedes cobrarle directamente al fiador sin agotar primero los bienes del deudor; en la simple, el fiador puede exigir que primero vayas contra el deudor.
¿Cómo se levanta una hipoteca pagada?
Una vez pagada la deuda, se otorga la escritura de cancelación de hipoteca y se inscribe en SUNARP para liberar el inmueble del gravamen.
¿Puedo tener varias garantías sobre la misma deuda?
Sí. Nada impide combinar, por ejemplo, una hipoteca y una fianza para una misma obligación. Cuantas más garantías, más seguro está el acreedor. Lo importante es que cada garantía esté correctamente constituida e inscrita cuando la ley lo exige.
¿Qué pasa si el bien hipotecado no cubre toda la deuda?
Si el remate del inmueble no alcanza para cubrir el total, la garantía se agota, pero la deuda restante sigue viva: puedes perseguir el resto del patrimonio del deudor por la vía ordinaria. La hipoteca da prioridad sobre ese bien, no borra el saldo pendiente.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Contrato de Fianza Solidaria
Modelo de contrato de fianza solidaria regido por los Arts. 1868 y 1883 del Código Civil. El fiador garantiza el cumplimiento de la obligación del deudor renunciando al beneficio de excusión.
InmobiliarioConstitución de Hipoteca (Minuta)
Minuta para constituir garantía hipotecaria a favor de entidad financiera. Art. 1097-1122 CC. Para crédito MiVivienda o regular.
CivilEscritura de Constitución de Hipoteca
Minuta para escritura pública de constitución de hipoteca sobre bien inmueble. Art. 1097 al 1122 CC.
CivilReconocimiento de Deuda con Garantía
Documento por el que el deudor reconoce una obligación dineraria y la respalda con garantía mobiliaria o hipotecaria. Base legal: Art. 1205 y 1351 CC, Ley 28677 de Garantía Mobiliaria. Con firmas legalizadas adquiere mérito ejecutivo.