Denuncia ante INDECOPI contra el Banco por Operaciones No Reconocidas
Denuncia ante el Indecopi contra el banco o la financiera que no devolvió retiros, compras o transferencias que el cliente no hizo ni autorizó, para pedir que se evalúe la idoneidad del servicio y se ordene la devolución de los montos.
Edición registrada el 25 de octubre de 2026 · Licencia CC-BY-4.0 · Cómo revisamos los modelos
Archivo editable .docx, sin registro.
El archivo .docx se genera en tu propio navegador, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
DENUNCIA ANTE EL INDECOPI CONTRA EL BANCO POR OPERACIONES NO RECONOCIDAS [CIUDAD], [FECHA] Sumilla: Denuncio al banco por falta de idoneidad del servicio ante operaciones que no realicé ni autoricé, y solicito la devolución de los montos [DESTINATARIO_EN_EL_INDECOPI]: [NOMBRE_COMPLETO], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DOMICILIO] y correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], ante ustedes me presento y digo: I. DENUNCIADO [NOMBRE_DEL_BANCO_O_FINANCIERA], con RUC N.° [RUC_DEL_BANCO] y domicilio en [DOMICILIO_DEL_BANCO]. II. PETITORIO 1. Que se inicie procedimiento administrativo sancionador contra [NOMBRE_DEL_BANCO_O_FINANCIERA] por infracción a los artículos 18 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N.° 29571, al no haber prestado un servicio idóneo respecto de las operaciones que desconozco. 2. Que se ordene, como medida correctiva reparadora, la devolución de S/ [MONTO_TOTAL_DESCONOCIDO], que corresponde a esas operaciones, más los intereses correspondientes. 3. Que se ordene el pago de S/ [MONTO_DE_GASTOS_PARA_MITIGAR_EL_DANO] por los gastos en que incurrí para mitigar las consecuencias de las operaciones. 4. Que se ordene al denunciado el pago de las costas y costos del procedimiento. III. HECHOS 1. Soy cliente de [NOMBRE_DEL_BANCO_O_FINANCIERA] y titular de [PRODUCTO_AFECTADO] con número terminado en [ULTIMOS_CUATRO_DIGITOS]. 2. En mi estado de cuenta figuran las siguientes operaciones que desconozco: a) El [FECHA_OPERACION_1], [TIPO_OPERACION_1] por S/ [MONTO_OPERACION_1], realizada por [CANAL_OPERACION_1]. b) El [FECHA_OPERACION_2], [TIPO_OPERACION_2] por S/ [MONTO_OPERACION_2], realizada por [CANAL_OPERACION_2]. c) [OPERACIONES_ADICIONALES_SI_LAS_HUBO] 3. No realicé ni autoricé esas operaciones. Tomé conocimiento de ellas el [FECHA_DE_CONOCIMIENTO] por [FORMA_EN_QUE_TOME_CONOCIMIENTO]. 4. Antes de las operaciones ocurrió lo siguiente: [RELATO_DE_LO_OCURRIDO_ANTES_DE_LAS_OPERACIONES]. 5. El [FECHA_DEL_AVISO_AL_BANCO] comuniqué al banco, por [MEDIO_DE_AVISO_AL_BANCO], que desconocía las operaciones y solicité [SOLICITUD_HECHA_AL_BANCO]. 6. El [FECHA_DEL_RECLAMO] presenté el reclamo N.° [NUMERO_DEL_RECLAMO]. [RESPUESTA_DEL_BANCO_O_FALTA_DE_RESPUESTA]. 7. [DENUNCIA_POLICIAL_O_PENAL_SI_LA_HUBO] IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 105 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N.° 29571, establece que el Indecopi es la autoridad con competencia primaria y de alcance nacional para conocer las presuntas infracciones al Código y para imponer las sanciones y medidas correctivas. El artículo 107 permite que el procedimiento se inicie por denuncia del consumidor afectado. 2. El artículo 18 define la idoneidad como la correspondencia entre lo que el consumidor espera y lo que recibe, en función de lo ofrecido, la información transmitida y las condiciones de la transacción. El artículo 19 hace responder al proveedor por la idoneidad y calidad de los servicios ofrecidos. 3. El artículo 104 hace administrativamente responsable al proveedor por la falta de idoneidad o calidad en un servicio determinado. 4. El numeral 88.1 del artículo 88 reconoce que, sin perjuicio del plazo de 15 días hábiles que tienen las entidades del sistema financiero para resolver los reclamos, el consumidor puede recurrir directamente ante la Autoridad de Consumo. 5. El artículo 115 prevé como medidas correctivas reparadoras devolver pagos indebidos o en exceso con sus intereses, pagar los gastos incurridos por el consumidor para mitigar las consecuencias de la infracción y otras medidas reparadoras análogas de efectos equivalentes. 6. El artículo 125 determina la cuantía de la denuncia por el valor del servicio materia de controversia. El valor de las operaciones que denuncio es S/ [MONTO_TOTAL_DESCONOCIDO]. 7. Reservo mi derecho a solicitar la indemnización por daños y perjuicios en la vía judicial o arbitral correspondiente, conforme al numeral 115.7 del artículo 115. V. MEDIOS PROBATORIOS Adjunto: 1. Copia simple de mi DNI. 2. Estado de cuenta o historial de movimientos con las operaciones que desconozco. 3. Constancia del reclamo presentado ante el banco y su respuesta, de haberla. 4. Comunicaciones con el banco que acreditan el aviso de desconocimiento de las operaciones. 5. [CAPTURAS_DE_ALERTAS_O_MENSAJES_RECIBIDOS] 6. [DENUNCIA_POLICIAL_O_PENAL_SI_LA_HUBO] POR TANTO: Solicito al órgano resolutivo admitir a trámite la denuncia y resolverla conforme a ley. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_COMPLETO] DNI N.° [DNI]
Para qué sirve
En tu estado de cuenta aparecen retiros, compras o transferencias que no realizaste ni autorizaste. Esta denuncia ante el Indecopi permite pedir que se investigue la idoneidad del servicio del banco y, si se acredita la infracción, se ordenen medidas correctivas. La devolución dependerá de los hechos y las pruebas de tu caso.
Puedes acudir directamente a la autoridad de consumo. Si deseas reclamar primero al banco, usa el reclamo por operación fraudulenta en banca digital y conserva su constancia. Ese aviso ayuda a documentar cuándo detectaste el problema y qué respuesta recibiste.
Cuándo conviene usarlo
- El banco rechazó la devolución de operaciones que desconoces.
- No recibiste respuesta al reclamo dentro del plazo aplicable.
- Necesitas describir fallas de seguridad o de atención relacionadas con los movimientos.
- Tienes estados de cuenta, comunicaciones u otros documentos que permiten reconstruir lo sucedido.
Cómo llenarlo
- Al descargar en Word esta plantilla, completa tu identificación y la razón social, RUC y domicilio de la entidad financiera. Describe el producto afectado sin incluir claves, contraseñas ni códigos de seguridad.
- Lista cada operación con fecha, monto y canal. Explica cómo la descubriste, qué ocurrió antes y cuándo avisaste al banco. Diferencia los hechos que conoces de tus sospechas y conserva los mensajes originales.
- Determina el órgano competente según el artículo 125 del Código. El procedimiento sumarísimo comprende denuncias hasta 3 UIT, con las exclusiones legales, como servicios médicos, discriminación e intereses colectivos o difusos. La cuantía se determina por el valor del producto o servicio controvertido.
- Solicita la devolución que puedas sustentar. Elimina del petitorio los gastos que no efectuaste y adjunta comprobantes de los que reclames. Las medidas reparadoras se plantean como alternativas o subsidiarias, salvo los gastos para mitigar las consecuencias, que pueden acumularse.
- Adjunta los documentos con la denuncia y guarda el cargo. En el procedimiento sumarísimo se ofrecen pruebas documentales en las oportunidades del artículo 126. Revisa las observaciones y notificaciones posteriores.
Base legal
Los artículos 18 y 19 de la Ley N.° 29571 regulan la idoneidad del servicio. El artículo 104 contempla la responsabilidad del proveedor y las causas que pueden romper el nexo causal. La mera existencia de una operación desconocida no permite anticipar el resultado del procedimiento. Los artículos 105 y 107 regulan la competencia del Indecopi y el inicio por denuncia del consumidor.
El artículo 88 establece 15 días hábiles para resolver reclamos financieros, con la posibilidad excepcional de ampliación que establezca la SBS por complejidad y que debe informarse antes del vencimiento. Conserva esa comunicación si la recibes. El artículo 115 regula las medidas reparadoras, su prueba y su diferencia con la indemnización.
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado?
El artículo 106 no exige su intervención en estos procedimientos. Puedes presentar el escrito personalmente. Si el caso es complejo, busca orientación para evaluar las pruebas y el pedido.
¿Hasta cuándo puedo denunciar?
El artículo 121 fija una prescripción de 2 años desde la comisión de la infracción o desde su cese, si fue continuada. Determina la conducta denunciada y sus fechas, sin asumir que un reclamo previo reinicia el cómputo.
¿El Indecopi concede una indemnización?
Las medidas reparadoras atienden consecuencias patrimoniales directas e inmediatas. La indemnización por daños y perjuicios se solicita en la vía judicial o arbitral correspondiente. Puedes ampliar la preparación del caso con la guía sobre cobros no reconocidos en tarjeta.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia ante indecopi contra el banco por operaciones no reconocidas
¿El modelo de denuncia ante indecopi contra el banco por operaciones no reconocidas es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-ante-indecopi-contra-el-banco-por-operaciones-no-reconocidas/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de denuncia ante indecopi contra el banco por operaciones no reconocidas sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Denuncia ante INDECOPI contra Casa de Apuestas por Publicidad Engañosa de Bonos y Cuotas Mejoradas
Denuncia administrativa ante INDECOPI contra un operador de apuestas por publicidad enganosa de bonos gratis, apuestas sin riesgo y cuotas mejoradas con topes ocultos, con sustento en el Art. 8 del D.L. 1044 y la Ley 29571.
Denuncia ante INDECOPI - Protección al Consumidor
Denuncia formal por infracción a derechos del consumidor. Ley 29571 Código de Protección al Consumidor. Art. 106-107.
Denuncia ante INDECOPI por Producto Defectuoso
Denuncia por producto defectuoso o peligroso ante la Comisión de Protección al Consumidor de INDECOPI. Ley 29571 (CPC), Art. 101 y ss.
Denuncia ante INDECOPI por Publicidad Engañosa
Denuncia ante INDECOPI por publicidad engañosa o falsa que induce a error al consumidor, conforme al D.L. 1044 (competencia desleal) y la Ley 29571.
Denuncia ante INDECOPI por Método Abusivo de Cobranza
Denuncia ante INDECOPI contra un proveedor que usa métodos abusivos de cobranza (llamadas en horario prohibido, avisos a terceros, falsas notificaciones judiciales). Se sustenta en los Arts. 61 y 62 de la Ley 29571.
Denuncia ante INDECOPI por Cláusula Vejatoria en Contrato de Adhesión
Denuncia ante INDECOPI contra cláusulas vejatorias incorporadas en contratos de adhesión o formularios, que trasladan riesgos o limitan derechos del consumidor. Se sustenta en los Arts. 49, 50 y 51 de la Ley 29571.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras